VILLARROEL/FISCO-CDE
Rol
C-518-2020
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, en el folio 1, se presenta la abogado do a Claudia Andrea Rojas Cabrera,ñ con domicilio en calle Caupolic n 567, oficina 706, edificio La Hechicera, Concepci n,á ó obrando en representaci n convencional de donó LUIS ROLANDO VILLARROEL MONTECINOS, pensionado, con domicilio en calle Cerro Parra S/N, comuna de Yumbel, quien interpone demanda de indemnizaci n de perjuicios en contra del ó FISCO DE CHILE, persona jur dica de Derecho P blico, representada para estosí ú efectos por el Consejo de Defensa del Estado, ste, a su vez, representado poré don GEORGY SCHUBERT STUDER, abogado, Procurador Fiscal de Concepci n,ó ambos domiciliados en Diagonal Pedro Aguirre Cerda N 1129, piso 4,° Concepci n, o poró quien le subrogue o reemplace legalmente, para que el tribunal reconozca y declare la responsabilidad del Estado por diversos actos de tortura ejecutados por agentes del Estado de Chile, a los cuales su representado se vio sometido durante el R gimené Militar, como asimismo el haber tenido prohibici n de ingreso al pa s sin motivo legal yó í la consiguiente indemnizaci n de perjuicios para su persona.ó Funda su demanda en que, con fecha 11 de septiembre de 1973, su representado fue a laborar como de costumbre en la empresa Canteras Lonco, como administrativo. Agrega que, adem s, l era el presidente del Consejo de Administraci n de la empresa yá é ó Comisionado Local de Scouts de Concepci n. A ade que ese d a en horas de la tarde seó ñ í realiz un operativo militar en la empresa deteniendo y subiendo en un cami n a unaó ó gran cantidad de trabajadores. Luego, narra su primera detenci n, indicando queó con fecha 12 de octubre de 1973, nuevamente se desarrolla un operativo militar conjuntamente con Carabineros en la empresa Canteras Lonco, siendo su representado detenido conjuntamente con trabajadores de la empresa, a punta de culatazos, patadas, pu etazos y bastonazos, losñ obligaron a subir a un cami n militar traslad ndolos a la Comisar a de Carabineros deó á í
Fundamentos
fundamentos de Derecho, refiri ndose a la responsabilidad delé Estado en la Constituci n Pol tica de la Rep blica, a la existencia del da o moral,ó í ú ñ se alando que lo aval a en la suma de $400.000.000, teniendo en consideraci nñ ú ó especialmente las secuelas ps quicas producto de los apremios y torturas sufridos en elí referido per odo.í Concluye refiri ndose a la tortura en el derecho interno e internacional, a laé procedencia de su reparaci n y a la imprescriptibilidad de la acci n.ó ó Por lo que en m rito de lo expuesto y normas legales que cita, solicita tener poré interpuesta demanda de indemnizaci n de perjuicios por responsabilidad del Estado, enó contra del FISCO DE CHILE, y en definitiva acogerla declarando al efecto: 1.- Que se condene al Fisco de Chile a pagar la suma de $400.000.000 por concepto de da o moral, m sñ á reajustes e intereses desde la notificaci n de laó demanda y hasta el pago efectivo y total de las mismas, o la suma que el tribunal estime ajustada a derecho, a la equidad y al m rito de autos.é 2.- Que, se condene al demandado al pago de las costas de la causa. En el folio 7, el demandado contest la demanda solicitando su rechazo, conó costas. Opone, primeramente, excepci n de reparaci n satisfactiva, haciendo presente lasó ó negociaciones entre el Estado y las v ctimas y la reparaci n de los da os sufridos, adem sí ó ñ á de programas de reparaci nó propuestos por las Comisiones de Verdad y Reconciliaci n,ó los que incluyen beneficios educacionales, de salud, gestos simb licos u otras medidasó an logas diversas a la simple entrega de una cantidad de dinero, mencionando al efectoá la Ley 19.123 que cre la Corporaci n Nacional de Reparaci n y Reconciliaci n oó ó ó ó tambi n llamada Comisi n Rettig, que en su informe propuso una serie de propuestasé ó “ de reparaci n entre las cuales se encontraba una pensi n nica y algunasó ” ó ú prestaciones de salud, mensaje que fue claro al expresar que por l se buscaba, en t rminos generales,é é reparar precisamente el da o moral y patrimonial que ha afectado a los familiaresñ directos de las v ctimas.í Se ala que la compensaci n de da os morales y mejora patrimonial son clarosñ ó ñ objetivos de estas normas reparatorias, y que las Leyes 19.123 y 19.992 -referida a las v ctimas de tortura- han establecido los distintos mecanismos mediante los cuales se haí concretado tal compensaci n, y que son de tres tipos: ó a) reparaciones mediante transferencias directas de dinero, caso en el cual el actor ha recibido beneficios pecuniarios como los son una pensi n anual de reparaci n,ó ó adem s de otros beneficios, se alando para los menores de 70 a os una pensi n deá ñ ñ ó $1.353.798; b) reparaciones mediante la asignaci n de derechos sobre prestaciones estatalesó espec ficas, y en este sentido, indica, se concedi a los beneficiarios tanto de la Leyí ó 19.234 como de la Ley 19.992, el derecho a gratuidad en las prestaciones m dicasé otorgadas por el Programa de Reparaci n y Atenci n Inte
Fallo
por tantos culatazos recibidos,ñ p rdida de la memoria por tantos golpes en laé cabeza) y sobre todo afecciones psicol gicas ó en forma recurrente, que hasta el d a de hoyí se mantienen (insomnio, pesadillas, cambios bruscos en la personalidad, temor al caminar, etc.). Hace presente que por el hecho de haber sido torturado en condici n deó prisionero pol tico durante la dictadura, í fue incluido en el Informe Valech I, bajo el n meroú 26.533. Luego, invoca los fundamentos de Derecho, refiri ndose a la responsabilidad delé Estado en la Constituci n Pol tica de la Rep blica, a la existencia del da o moral,ó í ú ñ se alando que lo aval a en la suma de $400.000.000, teniendo en consideraci nñ ú ó especialmente las secuelas ps quicas producto de los apremios y torturas sufridos en elí referido per odo.í Concluye refiri ndose a la tortura en el derecho interno e internacional, a laé procedencia de su reparaci n y a la imprescriptibilidad de la acci n.ó ó Por lo que en m rito de lo expuesto y normas legales que cita, solicita tener poré interpuesta demanda de indemnizaci n de perjuicios por responsabilidad del Estado, enó contra del FISCO DE CHILE, y en definitiva acogerla declarando al efecto: 1.- Que se condene al Fisco de Chile a pagar la suma de $400.000.000 por concepto de da o moral, m sñ á reajustes e intereses desde la notificaci n de laó demanda y hasta el pago efectivo y total de las mismas, o la suma que el tribunal estime ajustada a derecho, a la equidad y al m rito de
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FOJA: 32 .- treinta y dos .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-518-2020 CARATULADO : VILLARROEL/FISCO-CDE Concepci nó , trece de mayo de dos mil veintid só VISTO: Que, en el folio 1, se presenta la abogado do a Claudia Andrea Rojas Cabrera,ñ con domicilio en calle Caupolic n 567, oficina 706, edificio La Hechicera, Concepci n,á ó obrando en re
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