PALMA/
Rol
V-336-2021
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 13 de agosto de 2021, comparece doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, chilena, casada con separación total de bienes, empleada, cédula de identidad N°17.545.096- 3, domiciliada en calle Luis Matte Larraín N°315, departamento F122, comuna de Puente Alto, solicitando la modificación de su partida de nacimiento a fin de cambiar sus dos apellidos de Palma Ibarra a Urizar Acosta y haciendo extensiva dicha modificación a las partidas de nacimiento de sus hijos y su partida de matrimonio, conforme lo establecido en el artículo 1, letras a) y b) de la Ley 17.344. Señala que nació el 23 de julio del año 1990, y fue inscrita en la Oficina del Servicio de Registro Civil e identificación de la Circunscripción de Puente Alto, bajo el número 3.021, del año 1990, siendo su padre don Marco Aurelio Palma Gómez y su madre, doña Ana María Ibarra Alcaíno. Relata que desde antes de tener uso de razón fue abandonada por sus padres biológicos, quienes eran drogadictos y no la cuidaban, lo que la llevó a vivir en la calle y a sufrir abusos de todo tipo. Indica que a los 4 años, doña Rosa Ester Acosta Guzmán y don Jorge Roberto Urizar Muñoz, se hicieron cargo de ella, protegiéndola, alimentándola y salvándola de la vida que llevaba; que hicieron un esfuerzo por quedarse con ella formalmente, lo que derivó en que, cuando tenía aproximadamente 7 años, el Primer Juzgado de Menores de Puente Alto le otorgó su cuidado personal a doña Rosa Ester Acosta Guzmán quien, desde mucho antes de eso, ejercía el amoroso rol de su madre. Indica, que pese a no ser familia biológica de doña Rosa y de don Jorge, ellos siempre han sido su verdadera familia, cumpliendo los roles de padre y madre, tratándola como una hija más y generando un lazo afectivo infinitamente mayor que el que podría tener con sus padres biológicos, siendo este Foja: 1 lazo tan fuerte que el hecho que sus “hermanos” sean de apellido “Urizar Acosta”, la ha hecho presentarse en su círculo social, desde hace más de 15
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, solicitando la modificación de su partida de nacimiento a fin de cambiar sus dos apellidos de Palma Ibarra a Urizar Acosta y haciendo extensiva dicha modificación a las partidas de nacimiento de sus hijos y a su partida de matrimonio, por las razones de hecho referidas en lo expositivo y lo establecido en el artículo 1, letras a) y b) de la Ley 17.344. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de su solicitud, la compareciente acompaña los siguientes documentos: a) Certificado de nacimiento de la solicitante, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; b) Certificado de matrimonio de don Luis Aurelio Díaz Gatica y doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; c) Certificado de nacimiento de doña Isabella Pascale Díaz Herrera, del que se lee que sus padres Foja: 1 son don Luis Aurelio Díaz Gatica y doña Tamara Alejandra Ibarra Pozo, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; d) Certificado de nacimiento de Fernando León Díaz Palma, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, en el que figuran como sus padres don Luis Aurelio Díaz Gatica y doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra; e) Certificado de nacimiento de Francisco Mariano Díaz Palma, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y del que se lee que sus padres son don Luis Aurelio Díaz Gatica y doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra; f) Fotografía digital del Certificado de Tuición del Primer Juzgado de Letras de Menores de Puente Alto, de fecha 13 de febrero de 1997, en el que se confía la tuición de Lisbeth Macarena Palma Ibarra a doña Rosa Ester Acosta Guzmán; g) Captura de pantalla de la red social Facebook del perfil de Litha Urizar Acosta; h) Captura de pantalla de la red social Instagram del perfil de “lithaurizar”. TERCERO: Que, en la información sumaria de testigos comparecieron doña Jacqueline Esmeralda Pino Vidal y don Héctor Enrique Acosta Guzmán. La primera testigo señala que conoce a Lisbeth desde hace 29 años, momento en que llegó a la familia de su cuñada, como una hija más. Refiere estar enterada del malestar que le causan los apellidos Palma Ibarra, porque no tiene relación con esas personas, que dichos apellidos no la representan y sólo le traen malos recuerdos de quienes nunca fueron padres para ella; que para todo el mundo que la conoce sus padres son doña Rosa Acosta y don Jorge Urizar, motivo por el que siempre se presenta como “Lisbeth Macarena Urizar Acosta”, en todos lados y a todas las personas, desde hace por lo menos, 15 años. Afirma que sus hijos a donde vayan, también se presentan con el apellido Urizar. El segundo testigo señala que conoce a la solicitante desde hace 29 años, época en que su hermana Rosa Acosta la acogió como su hija, dadas las condiciones de abandono y riesgo que ella sufría con sus padres biológicos, y que nunca más se fue del lado de su familia. Añade que Lisbet
Fallo
se RESUELVE: I.- Que, se ACOGE la solicitud de doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, cédula de identidad N°17.545.096-3, y se ordena rectificar su partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Puente Alto, Nro. inscripción 3.021, registro, año 1999 para efectos de quedar en definitiva como Lisbeth Macarena Urizar Acosta. II- Que, se hace extensivo el cambio de nombre a los hijos de la solicitante: a) Fernando León Díaz Palma, cédula de identidad N° 24.850.077-8, y se ordena rectificar su partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de La Florida, N°40, registro del año 2015, para efectos de quedar en definitiva Foja: 1 como Fernando León Díaz Urizar, y b) Francisco Mariano Díaz Palma, cédula de identidad N°25.577.084-5, y se ordena rectificar su partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación de la circunscripción de La Florida, N°4.224, registro del año 2016, para efectos de quedar en definitiva como Francisco Mariano Díaz Urizar. III- Que, se hace extensivo el cambio de nombre a la partida de matrimonio de doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, y se ordena rectificar la partida de matrimonio de la Circunscripción de Puente Alto, número de inscripción 143, del Registro del año 2016, celebrado el 9 de febrero de 2016, para quedar en definitiva en él como Lisbeth Macarena Urizar Acosta. IV- Que, se ordena al señor Director Nacional del Servicio de Registro Civil
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-336-2021 CARATULADO : PALMA/ Puente Alto, once de Mayo de dos mil veintidós VISTOS: Que con fecha 13 de agosto de 2021, comparece doña Lisbeth Macarena Palma Ibarra, chilena, casada con separación total de bienes, empleada, cédula de identidad N°17.545.096- 3, domiciliada en calle Luis Ma
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