SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA HMC GOLD/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rol
C-2365-2021
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
SERVIDUMBRE MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 15 de octubre de 2021, comparece don Mirco Hilgers Gutschendies, abogado, en representación de Minera HMC S.A., persona jurídica del giro minero, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello N° 2457, piso 19, Providencia; e interpone demanda de servidumbre minera de ocupación, de tránsito y eléctrica en contra del Fisco de Chile, persona jurídica de Derecho Público, representada por el Consejo de Defensa del Estado, y este a su vez, representado por don Carlos Bonilla Lanas, en su calidad de abogado Procurador Fiscal, ambos domiciliados en la ciudad de Antofagasta, en calle Arturo Prat N° 482, oficina 301, fundado en los siguientes antecedentes de hecho y derecho. Señala que su representada, Minera HMC S.A., explora y explota diversas pertenencias mineras de su propiedad y beneficia minerales provenientes de las mismas en su planta de beneficio de minerales ubicada en la comuna de Mejillones, Provincia de Antofagasta, II Región, las aludidas concesiones mineras, se encuentran en terrenos cuyo dominio es del Fisco de Chile conforme también se señala más adelante. Código: MPTTZXCTTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2365-2021 Foja: 1 Expresa que dichas concesiones mineras de explotación constituidas, cuyas sentencias y actas de mensura se encuentran inscritas en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Antofagasta en las fojas, números y años siguientes: a.- Caupo III, 1 al 72, cuya acta de mensura y resolución aprobatoria corre inscrita a fojas 441, N° 133 del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 1989. Dicha concesión fue reinscrita a fojas 185, N° 56, del Conservador de Minas de Mejillones, correspondiente al año 2021, y el dominio de su representada consta de la inscripción de fojas 334 N° 87 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Mejillones, año 2021. b.- María Soledad 1, 1 al 963, cuya acta de mensura y resolución aprobatoria
Fundamentos
fundamentos de derecho, sostiene que los predios superficiales están sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de las concesiones mineras de acuerdo al artículo 19 N° 24 inciso 6° de la Constitución Política de 1980. Transcribe el artículo 8 de la Ley orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras y 120 del Código de Minería y expresa que de acuerdo a las normas citadas, solicita que una vez que se declaren constituidas las servidumbres mineras de tránsito, de ocupación y de tendido eléctrico, en razón del artículo 120 del Código de Minería, se fije por el tribunal el monto de la indemnización y sostiene que el artículo 234 del Código de Minería determina las materias que deben tramitarse de acuerdo al procedimiento sumarísimo establecido en el artículo 235 del mismo código, el que incluye las materias de servidumbre minera.
Fallo
Por lo expuesto, solicita tener por presentada demanda de constitución de servidumbres legales mineras referidas en el artículo 120, en sus tres numerandos, del Código de Minería, en contra de don Carlos Bonilla Lanas, en su calidad de abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado y representante del Fisco de Chile, ambos ya individualizados, a fin de que el tribunal, en juicio sumarísimo, declare constituidas las servidumbres Código: MPTTZXCTTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2365-2021 Foja: 1 solicitadas, determine la indemnización correspondiente y regule las condiciones de su ejercicio, todo con costas en caso de oposición infundada. Con fecha 7 diciembre de 2021, se llevó a efecto el comparendo de estilo, a través de video conferencia, ratificándose la demanda en todas sus partes por el actor. El Fisco de Chile, contesta mediante minuta escrita ingresada a la oficina judicial virtual con fecha 06 de diciembre de 2021, la que solicita se tenga como parte integrante del comparendo. En dicha presentación comparece don Carlos Bonilla Lanas, Abogado Procurador Fiscal de Antofagasta, por el Fisco de Chile, corporación de derecho público, ambos de este domicilio, calle Prat N° 482, oficina 301 y luego de relatar los fundamentos de la demanda, solicita su rechazo, y en subsidio se haga lugar a la demanda sólo en el evento que se cumplan determinadas exigencias. 1.- Las normas de la ordenanza
Texto Completo (Preview)
C-2365-2021 Foja: 1 FOJA: 73 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-2365-2021 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA HMC GOLD/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Antofagasta, diez de Mayo de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 15 de octubre de 2021, comparece don Mirco Hilgers Gutschendies, abogado, en representación de Minera HMC S.A.,
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