CEA/EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A
Rol
M-317-2023
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA x Escritos pendientes: Al escrito acompaña documento, presentado por la parte demandada, don Alfonso Bustamante Silva: A lo principal: Téngase presente patrocinio y poder; Al otrosí: Téngase por acompaña los documento. Al escrito acompaña medios de prueba, presentado por la parte demandada, doña María Sofía Jiménez: Téngase por acompañado documentos de prueba. Al escrito acompaña medios de prueba, presentado por la parte demandante, don Sebastián Osvaldo Troya: Téngase por acompañado documentos de prueba. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1. La existencia de la relación laboral iniciada con fecha 19 de junio del año 2017. 2. El hecho del despido el 14 de noviembre de 2022, por la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. 3. La remuneración del demandante de $788.343.- Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1. Hechos contenidos en la carta de despido y su efectividad. 2. Periodos y montos de feriados usados por el demandante durante el curso de la relación laboral y pendientes de pago a su término. 3. Montos descontados del pago de finiquito del demandante y procedencia de dichos descuentos. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de despido de fecha 14 de noviembre de 2022 firmada por el actor y aviso a la Dirección del Trabajo. 2. Finiquito de fecha 22 de noviembre de
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demandada interpuesta por don Luis Antonio Cea Aravena, en contra de la Empresa De Transporte De Pasajeros Metro S.A, ambos ya individualizados precedentemente, declarándose que el despido que afectado al demandante con fecha 14 de noviembre de 2022, resulta injustificado en razón de lo cual se condena a la demandad al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones. 1. La suma de $ 1.182.514.- por concepto de recargo legal de la indemnización por años de servicios. 2. La suma de $ 71.320.- por concepto de descuento de restitución de los descuentos, realizados por el empleador por aporte al seguro de cesantía. 3. La suma de $ 143.000.- por concepto de descuento realizado al finiquito del demandante, por concepto de anticipo de bono corporativo. 4. La suma de $ 462.000.- por concepto de descuento realizado indebidamente por el empleador, por anticipo de bono de vacaciones. 5. La suma de $ 293.226.- por concepto de restitución de los descuentos afectados por el empleador al finiquito del demandante, por concepto de anticipo de licencia médica. 6. La suma cuyo pago se ordena deberán hacerlo con reajuste e intereses conforme a lo que dispone de artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. II. Que en lo demás se rechaza la demanda. III. Que no habiendo sido totalmente vencida no se condena en costas a la demandada. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don FRANCISCO VEAS VERA, Juez Su
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 27 DE FEBRERO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 23-4-0455807-2 RIT M-317-2023 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARGARITA BRUAN DURÁN HORA DE INICIO 10:26 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:21 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340455807
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