MORALES/COSNTRUCCIONES VILLAR SPA
Rol
O-3264-2022
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 183 y siguientes, 420 y siguientes, todos del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don JUAN ANTONIO MANCILLA CALFUNAO y de don JORGE ENRIQUE MORALES BUSTO, en contra de CONSTRUCCIONES VILLAR SPA, y se declara que existió una relación laboral entre las partes, en relación al Sr. Mancilla del 27 de agosto de 2021 al 7 de febrero de 2022, y en el caso de Sr. Morales del 14 de julio 2021 al 7 de febrero de 2022, fecha última en que aconteció un despido injustificado, sin causal legal, y por la tanto, se ordena el pago de las siguientes prestaciones: Respecto de don Juan Antonio Mancilla Calfunao: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $ 887.000.- b. Feriado proporcional por la suma de $ 258.708.- Respecto de don Jorge Enrique Morales Busto: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $ 887.000.- b. Feriado proporcional por $ 295.666.- c. Saldo de remuneraciones del mes de enero de 2022 por $540.000.- II. Las sumas ordenadas pagar serán con los reajustes e intereses establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. III. Que se acoge el incidente de exclusión documental de la demandada solidaria por los
Fundamentos
motivos ya expresados en la parte considerativa del fallo. IV. Que se rechaza la demanda entablada en contra de INMOBILIARIA ECASA CHILE S.A. por no haberse acreditado la existencia de un régimen de subcontratación. V. Que cada parte pagara sus costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia se ordena cumplir con ella dentro de 5º día, en caso contrario, iniciar la ejecución de acuerdo a lo que dispone el artículo 462 del Código del trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña IVETTE MOURGUET BESOAIN, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 183 y siguientes, 420 y siguientes, todos del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don JUAN ANTONIO MANCILLA CALFUNAO y de don JORGE ENRIQUE MORALES BUSTO, en contra de CONSTRUCCIONES VILLAR SPA, y se declara que existió una relación laboral entre las partes, en relación al Sr. Mancilla del 27 de agosto de 2021 al 7 de febrero de 2022, y en el caso de Sr. Morales del 14 de julio 2021 al 7 de febrero de 2022, fecha última en que aconteció un despido injustificado, sin causal legal, y por la tanto, se ordena el pago de las siguientes prestaciones: Respecto de don Juan Antonio Mancilla Calfunao: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $ 887.000.- b. Feriado proporcional por la suma de $ 258.708.- Respecto de don Jorge Enrique Morales Busto: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo por $ 887.000.- b. Feriado proporcional por $ 295.666.- c. Saldo de remuneraciones del mes de enero de 2022 por $540.000.- II. Las sumas ordenadas pagar serán con los reajustes e intereses establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del trabajo según corresponda. III. Que se acoge el incidente de exclusión documental de la demandada solidaria por los motivos ya expresados en la parte considerativa del fallo. IV. Que se rechaza la demanda entablada en contra de INMOBILIARIA ECASA CHILE S.A. por no haberse acredit
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 27 DE FEBRERO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 3 RUC 22-4-0404279-7 RIT O-3264-2022 MAGISTRADO IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIJAIL MELLA HORA DE INICIO 11:24 HORAS HORA DE TERMINO 12:40 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240404279-7-1349-230227-00 Nº CUSTODIA ASIGN
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