RIVAS/SAAVEDRA
Rol
C-171-2022
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y derecho que expone: Se ala que su representado tiene dado en arrendamiento el inmueble ubicado enñ calle Mejicana N 1104 de la ciudad de Punta Arenas, el que, a la fecha se utiliza comoº restaurante de comida colombiana. Expone que en el contrato de arrendamiento se pact que el canon deó arrendamiento ser a de $1.450.000 mensuales, los que nunca han sido reajustados, y losí que jam s se han pagado en su totalidad, por lo que la suma adeudada corresponde a lasá rentas de arrendamiento desde el mes de junio de 2019 hasta enero del a o 2022. ñ El detalle de los pagos en su totalidad y la deuda por concepto de rentas impagas y consumos b sicos, los expone en una planilla confeccionada por el propio actor,á se alando que en virtud de ello, se desprende que habiendo ocurrido 2 a os y 7 mesesñ ñ sin pagar el canon de arriendo en su totalidad, existen
Fundamentos
motivos suficientes para entablar demanda de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento por falta de pago deó rentas desde junio de 2019 hasta enero del a o 2022 y las rentas que se devenguenñ durante la tramitaci n del juicio, solicitando adem s se ordene la restituci n de laó á ó propiedad dentro de tercero d a de notificada la sentencia que cause ejecutoria o en elí plazo que el Tribunal determine, todo ello, con costas.
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento en contra de do a AIDA LUZ SAAVEDRA VILLEGAS yñ solidariamente, en contra de don BRIAN ANDRES SAAVEDRA VILLEGAS, ya individualizados, acogerla a tramitaci n y en definitiva DECLARAR QUE: ó I.- HA LUGAR A LA DEMANDA y, en consecuencia, se declara terminado, por no pago de rentas, el contrato de arrendamiento existente entre las partes sobre el inmueble ubicado en calle Mejicana N 1104 de la ciudad de Punta Arenas, debiendo laº demandada restituirlo dentro de tercero d a contado desde que cause ejecutoria estaí sentencia, con costas. II.- SE CONDENEN, adem s, a la arrendataria do a AIDA LUZ SAAVEDRAá ñ VILLEGAS y solidariamente en contra de don BRIAN ANDRES SAAVEDRA VILLEGAS, ya individualizados, a pagar a la actora las rentas de arrendamiento insolutas adeudadas a contar del mes de junio 2019 hasta la fecha, esto es la suma de $14.392.000, y m s las que se devenguen a raz n de $1.450.000 mensuales, hasta laá ó entrega material del inmueble, cuyo monto se determinar en la etapa de cumplimientoá incidental de esta sentencia. III.- Las sumas ordenadas a pagar ser n determinadas por liquidaci n que alá ó efecto practique el se or secretario del Tribunal o quien lo subrogue, de la manerañ establecida en el art culo 21 de la Ley 18.101.í Con fecha 07 de marzo de 2022, lo que consta a folios 10 y 11, se notificó personalmente la demanda, practic ndose la primera reconvenci n de pago, el q
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-171-2022 CARATULADO : RIVAS/SAAVEDRA Dbp. Punta Arenas, diez de mayo de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 28 de enero de 2022, folio 1, comparece don GUILLERMO JAVIER SOTO AGUILERA, Abogado, chileno, casado, domiciliado para estos efectos en calle Jorge Montt N 668, segundo piso, de esta ciudad, en re
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