MIRANDA GONZALEZ HERNAN ORIEL
Rol
V-307-2020
Fecha
9 de mayo de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 24 de julio de 2020, compareció don HERNAN ORIEL MIRANDA GONZALEZ, chileno, soltero, minero, cédula nacional de identidad N° 8.320.531-8, domiciliado en sector el Trapicha S/N, comuna de La Higuera, solicitando la concesión de explotación denominada “MILLARAY 1 AL 20”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en comuna de Vallenar, Provincia del Huasco, Región de Atacama.- SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó el día 10 de agosto de 2020, en el Diario Oficial de la Republica de Chile edición N° 42.727, Boletín Oficial de Minería N° CVE 1796322 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 29 de julio de 2020, a fojas 989 Nº 524 año 2020.- TERCERO: Que en el folio 4; y con fecha 25 de febrero de 2021, se solicitó la mensura por 20 pertenencias de 5 hectáreas cada una, con una superficie total de 100 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el día 17 de marzo de 2021, en el Diario Oficial de la República de Chile edición 42.907, Boletín Oficial de Minería CVE 1910418.- CUARTO: Que la superficie mensurada comprende 20 pertenencias, con superficie total de 100 hectáreas, con el nombre “MILLARAY 1 AL 20” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: LINDERO NORTE (metros) ESTE (metros) L 1 6.832.240,00 357.480,00 L 2 6.832.240,00 358.480,00 L 3 6.831.240,00 358.480,00 L 4 6.831.240,00 357.480,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.831.740,00 metros Norte con la abscisa 357.980,00 metros Este.- QUINTO: Que en folio 14, 21, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, institución que mediante ordinario N° 6928; 153; de fechas 09 de noviembre de 2021, 07 de enero de 2022, informó con objeciones y observaciones de la operación de mensura de las pertenencias de autos, ordenándose poner en conocimiento del interesado para los tramites de rigor.- SEXTO: Que puesto en conocimiento del interesado las observaciones objeciones señaladas, en el motivo anterior, se hizo presente al Tribunal, y dentro de plazo contemplado en el artículo 82 del Código de Minería, el haber solucionado las mismas.- SEPTIMO: Que en folio 28, se agregó ordinario Nº 1949 de fecha 12 de abril de 2022, El Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, emite su informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. OCTAVO: Que en folio 8, se encuentra con fecha 26 de abril de 2021, la certificación que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas y el plazo para hacerlo vencido.- NOVENO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada.- DECIMO: Que en el folio 32, con fec
Fallo
Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85, 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “MILLARAY 1 AL 20”, Rol Nacional Nº 03301-6050-0, con una superficie total de 100 hectáreas, a favor de don HERNAN ORIEL MIRANDA GONZALEZ, ya individualizado.- II.- Apruébense su plano y acta de mensura.- III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese.- Inscríbase junto con el acta de mensura.- Archívense los planos.- Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad.- ROL Nº V-307-2020.- Dictada por don DIEGO ANDRES JORQUERA MORALES, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar.- Certifico que con fecha nueve de mayo del año dos mil veintidós, notifique por el estado diario la sentencia que antecede.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-09T13:54:00-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-307-2020.- CARATULADO : HERNAN ORIEL MIRANDA GONZALEZ.- Vallenar, a nueve de mayo del año dos mil veintidós.- VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 24 de julio de 2020, compareció don HERNAN ORIEL MIRANDA GONZALEZ, chileno, soltero, minero, cédula nacional de identidad N° 8.320.531-8, domiciliado en sec
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