4º Juzgado Civil de San Miguel

FUENTES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN

Rol

C-278-2022

Fecha

16 de mayo de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece YOLANDA ENCARNACIÓN FUENTES ESPINOZA, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad 6.378.622-5, domiciliado en Sierra Bella 2368, comuna de San Joaquín; quien interpone demanda de prescripción extintiva respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, del giro de su denominación, RUT Nº 69.354.600-8, representada legalmente por don CRISTÓBAL LABRA BASSA, chileno, profesor, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, cédula nacional de identidad Nº 14.146.684-4, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Santa Rosa Nº 2606, comuna de San Joaquín, Santiago, Región Metropolitana, con la finalidad de que el Tribunal se sirva declarar prescrita la acción de cobro de los derechos de aseo municipales correspondientes al periodo que va de MAYO DEL 2013 a NOVIEMBRE DE 2018, con sus reajustes e intereses. Señala, que con fecha 21 de octubre del año 2021 se emitió por el Departamento de Rentas y Finanzas de la Municipalidad demandada un documento que da cuenta de un estado de deuda, dicho estado existente corresponde según la Municipalidad al no pago de una serie de cuotas vencidas correspondientes a derechos de aseo domiciliarios que gravan el inmueble de su propiedad, la cual está ubicada en Sierra Bella 2368, comuna de San Joaquín. RIT« » Foja: 1 En dicho estado de deuda, que se acompaña, se señala una deuda total ascendente a $639.736.- (seiscientos treinta y nueve mil setecientos treinta y seis pesos) que incluye cuotas, reajustes e intereses, periodos pagados correspondientes a los periodos de julio 1999 a diciembre del 2004, periodos exentos de cobro correspondiente a los períodos del año 2008 al 2012 y periodos adeudados desde mayo del 2013 hasta noviembre del año 2021. En base a los periodos indicados en dicho documento, se encuentran prescriptos los períodos que se extienden desde el 31 de mayo del 2013 hasta el 30 de Noviembre de 2018, los cuales

Fundamentos

Considerando: Primero: A folio 1, comparece doña YOLANDA ENCARNACIÓN FUENTES ESPINOZA, domiciliada en Sierra Bella 2368, comuna de San Joaquín, quien interpone demanda de prescripción extintiva; respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, persona jurídica de derecho público del giro de su denominación, representada legalmente por su alcalde CRISTÓBAL LABRA BASSA, chileno, profesor, en su RIT« » Foja: 1 calidad de alcalde Municipal, ambos domiciliados en Avenida Santa Rosa Nº 2606, comuna de San Joaquín; todos ya individualizados, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la sección expositiva de esta sentencia, los que se omitirán por razones de economía procesal. Segundo: Que mediante escrito de folio 15, la demandada se allana parcialmente a la demanda, respecto de las deudas correspondiente al periodo comprendido entre el mes de mayo de 2013 a enero de 2017 inclusive, en razón de los argumentos expuestos en la sección expositiva de este fallo, y que se tuvo como parte integrante de la audiencia de folio 21. Tercero: Que según lo dispone, el artículo 1.698 del Código Civil, “Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta”. Conforme a lo anterior, la carga procesal de acreditar la extinción de la obligación cuya prescripción se solicita declarar, corresponde al demandante. Cuarto: Que para acreditar su aserto, la demandante acompañó a folio 1, y 3 en forma legal y sin objeción de la contraría, los siguientes documentos: 1. Copia del estado de deuda de derechos de aseo municipales emitido por la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, de fecha 21 de octubre del 2021 2. Copia de dominio vigente inscrito a fojas 3974 vta, N° 5101, del año 1996 3. Certificado de residencia de doña YOLANDA ENCARNACIÓN FUENTES ESPINOZA 4. Certificado de práctica de postulante de la Corporación de Asistencia Judicial de San Joaquín, Soledad de Lourdes Cárdenas Abarca, cédula de identidad N° 19.672.937-2. 5. Copia cédula de identidad de la postulante Soledad de Lourdes Cárdenas Abarca, cédula de identidad N° 19.672.937-2. 6. Cédula de identidad de Yolanda Fuentes Espinoza. 7. Cédula de la abogada patrocinante de la Corporación de Asistencia Judicial, doña Marcela Figueroa Cea. 8. Cédula de la abogada patrocinante de la Corporación de Asistencia Judicial, doña Ingrid Garrido Cabello. Quinto: Que por su parte, la demandada acompañó a folio 15, en forma legal y sin objeción de la contraria, la siguiente documental: RIT« » Foja: 1 1. Decreto Alcaldicio N°262 de fecha 11 de marzo de 2005 2. Decreto Alcaldicio N°291 de fecha 29 de junio de 2021. 3. Decreto Alcaldicio N° 2207 de 26 de agosto 2019. 4. Decreto Alcaldicio N°2580 de fecha 29 de octubre 2021. Sexto: Que para resolver la contienda sometida a conocimiento de esta sentenciadora, se hace necesario precisar que la naturaleza jurídica de los derechos de aseo municipal, los que corresponden

Fallo

fallo de la ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel, Rol ingreso 794-2018, y 568- 2019, y fallo de la Excelentísima Corte Suprema ROL 24633-2018 Añade, que En este caso tratándose de un derecho y no de un impuesto las municipalidades pueden ejercer las acciones que corresponden para su cobro en el plazo de 5 años, operando en este caso la prescripción ordinaria. Manifiesta, que atendido el allanamiento efectuado respecto de los periodos prescritos, solicito a se le exima del pago de las costas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. Termina solicitando, tener por contestada la demanda, en el sentido de tener por allanada parcialmente a esta parte y eximirla del pago de costas. El Tribunal, tiene por contestada la demanda, y por allanado parcialmente a la misma. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. La parte demandante solicita que atendido el mérito de la presente causa, se cite a las partes a oír sentencia. El demandado señala no oponerse. A folio 26, se citó a las partes para oír sentencia. Considerando: Primero: A folio 1, comparece doña YOLANDA ENCARNACIÓN FUENTES ESPINOZA, domiciliada en Sierra Bella 2368, comuna de San Joaquín, quien interpone demanda de prescripción extintiva; respecto de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaquín, persona jurídica de derecho público del giro de su denominación, representada legalmente por su alcalde

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-278-2022 CARATULADO : FUENTES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN San Miguel, dieciseis de Mayo de dos mil veintid só Vistos: A folio 1, comparece YOLANDA ENCARNACIÓN FUENTES ESPINOZA, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad 6.378.622-5, domiciliado en Sierra Bella 2368,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica