Juzgado de Letras de Parral

GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA/

Rol

V-124-2020

Fecha

6 de mayo de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 23 de octubre de 2020, el abogado Pablo Andr sé Abell Mena, C dula de Identidad 16.212.174-K, en representaci n de é ó GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA., Persona jur dica del giro de desarrollo deí parques fotovoltaicos, Rut N 76.257.813-1, ambos domiciliados para estos efectos en° calle Enrique Foster 21, oficina 801 B, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, present pedimento minero.ó Se ala que desea constituir para su representada una concesi n de exploraci n lañ ó ó cual tendr por objeto establecer la existencia de minerales de libre adquisici n ená ó terrenos ubicados en la comuna de Parral, provincia de Linares, Regi n del Maule,ó sobre una superficie de 100 hect reas, la que denominar TAMANGO 2.á é El Punto Medio de la cara superior del terreno pedido, queda determinado por las siguientes coordenadas UTM: Norte 6.009.330,00 metros y Este 236.930,00 metros, referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Zona o Huso UTM 19. El terreno pedido corresponde a la intersecci n de las diagonales de un cuadrado,ó dos de los lados de la configuraci n, estar n orientados Norte-Sur UTM midiendo 1.000ó á metros cada uno, y cuyos lados orientados Este-Oeste UTM medir n 1.000 metros cadaá uno, encerrando una superficie total de 100 hect reas.á SEGUNDO: Que el pedimento minero fue inscrito el 02 de noviembre de 2020, a fojas 83 N 39 en el Registro de Descubrimientos de Minas del Conservador de Minas° de Parral del a o 2020.ñ TERCERO: Que la inscripci n de pedimento minero se public el 16 deó ó noviembre de 2020 en el Bolet n Oficial de Miner a del Diario Oficial, ejemplar Ní í º 42.806, VII Secci n.ó CUARTO: Que mediante oficio N 448 de 19 de julio de 2021, el Servicioº Nacional de Geolog a y Miner a VII Regi n, se registr la solicitud en dicho servicioí í ó ó bajo el N 1126 de fecha 01 de junio de 2021, emiti el correspondiente informe,° ó consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y plano de la

Fallo

fallo : 03 de marzo de 2020 °°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°° Parral, seis de mayo de dos mil veintid s.ó VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 23 de octubre de 2020, el abogado Pablo Andr sé Abell Mena, C dula de Identidad 16.212.174-K, en representaci n de é ó GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA., Persona jur dica del giro de desarrollo deí parques fotovoltaicos, Rut N 76.257.813-1, ambos domiciliados para estos efectos en° calle Enrique Foster 21, oficina 801 B, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, present pedimento minero.ó Se ala que desea constituir para su representada una concesi n de exploraci n lañ ó ó cual tendr por objeto establecer la existencia de minerales de libre adquisici n ená ó terrenos ubicados en la comuna de Parral, provincia de Linares, Regi n del Maule,ó sobre una superficie de 100 hect reas, la que denominar TAMANGO 2.á é El Punto Medio de la cara superior del terreno pedido, queda determinado por las siguientes coordenadas UTM: Norte 6.009.330,00 metros y Este 236.930,00 metros, referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Zona o Huso UTM 19. El terreno pedido corresponde a la intersecci n de las diagonales de un cuadrado,ó dos de los lados de la configuraci n, estar n orientados Norte-Sur UTM midiendo 1.000ó á metros cada uno, y cuyos lados orientados Este-Oeste UTM medir n 1.000 metros cadaá uno, encerrando una superficie total de 100 hect reas.á SEGUNDO: Que el pediment

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Parral CAUSA ROL : V-124-2020 CARATULADO : GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA/ Causa rol : 124-2020-V Materia : Pedimento Minero Solicitante : GRENERGY RENOVABLES PACIFIC LIMITADA Rut : 76.257.813-1 Fecha de ingreso : 23 de octubre de 2020 Autos para fallo : 03 de marzo de 2020 °°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°°

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