14º Juzgado de Garantía de Santiago

LIDER C/ DAYVID SEBASTIÁN GARRIDO FAÚNDEZ

Rol

O-1124-2026

Fecha

16 de abril de 2026

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día de ayer 25 de febrero de 2026 a las 19:00 horas aproximadamente don Dayvid Garrido Faúndez se encontraba al interior del supermercado Líder ubicado en Froilán Roa 7107 comuna de La Florida portando una bolsa reutilizable la cual utiliza para sustraer artículos del supermercado, específicamente lo siguiente: cuatro pares de calcetines, cuatro desodorantes gel, tres desodorantes Gillette, ocho desodorantes pack deo, cinco OS2 PC, otros dos OS 2 PC y dos packs de desodorantes. En total 29 artículos que están valorados en la suma de $149,350 pesos que luego que ya están dentro de la bolsa traspasa las cajas registradoras sin pagar el valor de artículos que llevaba ocultos intentando salir con los mismos del establecimiento, siendo detenido a la salida por los por los guardias de seguridad”. Delito y grado de desarrollo A juicio de la Fiscalía, los hechos antes referidos, configuran el delito de hurto simple del artículo 446 número 3 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes Artículo 11 N°9 del Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes Artículo 12 N°16 del Código Penal. SE RESUELVE: Código: LRWCCCKURMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 4, 6, 36, 45, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16,15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 3, 4, 5, 8 y 35 de la Ley N° 182.216, se declara: I.- Que se condena a DAYVID SEBASTIAN GARRIDO FAUNDEZ, Rut 21.914.403-2 ya individualizado, a la pena de CINCUENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de una Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito frustrado d

Fallo

SE RESUELVE: Código: LRWCCCKURMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 4, 6, 36, 45, 97, 340, 341, 342, 346, 388, 389, 393 y 395 del Código Procesal Penal; artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 12 N° 16,15 Nº 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 70 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 1, 3, 4, 5, 8 y 35 de la Ley N° 182.216, se declara: I.- Que se condena a DAYVID SEBASTIAN GARRIDO FAUNDEZ, Rut 21.914.403-2 ya individualizado, a la pena de CINCUENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de UN TERCIO de una Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito frustrado de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 25 de febrero de 2026. II.- Que la pena de multa precedentemente impuesta en el numeral I.- se le tiene por cumplida con el día que se encontró privado de libertad en la presente causa, correspondiente al 26 de febrero de 2026. III.- Que la pena corporal impuesta se le sustituye por reclusión parcial domiciliaria nocturna con monitoreo telemático, la cual debe cumplir en su domicilio ubicado en calle Bicentenario 2, Block 1307, departamento 406, Constitución, recluyéndose diariamente por el término de la condena, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2600295386-1 RIT : 1124 - 2026 IMPUTADO : DAYVID SEBASTIÁN GARRIDO FAÚNDEZ Cédula de Identidad : 21.914.403-2 Fecha de nacimiento : 17-08-2005 Domicilio : Calle Bicentenario 2 Block 1307 Depto Nº 406, Constitución. PROCEDIMIENTO : Simplificado Fecha de sentencia : dieciséis de abril de dos mil veintiséis JUEZ : MAURICIO IVÁN PONTINO CORTÉS Hech

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