PASTOR/
Rol
V-55-2022
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 22-03-2022, comparece debidamente representado PEDRO JOSE SEGUNDO PASTOR ARAYA, médico pediatra, cédula nacional de identidad N°1.809.522-K, domiciliado en Temuco, calle Almirante Lynch Nº780, departamento 801 y solicita autorización para enajenar los inmuebles que detalla en atención a que contrajó matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal y su mujer Clotilde Arroyo Kuhn, cedula nacional de identidad Nº2.323.927-2, no está en condiciones de autorizar la venta por ser portadora de Degenerativa mixta tipo Alzheimer. Funda su solicitud indicando que es dueño de los siguientes inmuebles colindantes: i) Sitio número seis de la manzana número cuarenta y uno de ochocientos doce metros cincuenta centímetros cuadrados, ubicado en la Población de Lican Ray, de la actual comuna de Villarrica. El titulo rola inscrito a mi nombre a fs. 631 vuelta Nº6047 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año mil novecientos setenta y ocho. Para los efectos del pago de las contribuciones territoriales el inmueble se encuentra enrolado bajo el Nº449-6 de la Comuna de Villarrica, y tiene un avalúo fiscal de $135.168.991. ii) Lote “B” de los lotes en que subdividió el sitio Numero ocho de la manzana numero cuarenta y uno, de una superficie de quinientos sesenta y dos metros cincuenta centímetros cuadrados, ubicado en Lican Ray de la comuna de Villarrica. El titulo rola inscrito a fs. 46 Nº39 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año 1979. Para los efectos del pago de las contribuciones territoriales el inmueble se encuentra enrolado bajo el Nº449-8 de la Comuna de Villarrica, y tiene un avalúo fiscal de $112.352.467. Agrega que desde ya hace mucho tiempo ha tenido en venta los inmuebles antes singularizados, y recién en el mes de Febrero de 2022, se ha presentado la sociedad “INVERSIONES CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SEPULVEDA Y REYES LIMITADA”, Rut. 76.986.658-2, como interesada
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don PEDRO JOSE SEGUNDO PASTOR ARAYA y solicita autorización para enajenar los inmuebles inscritos a su nombre a fs. 631 vuelta Nº6047 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año mil novecientos setenta y ocho y a fs. 46 Nº39 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año 1979, adquiridos bajo el régimen de sociedad conyugal y perteneciente al haber social, atendido que su cónyuge Clotilde Arroyo Kuhn, no se encuentra en condiciones de prestar su consentimiento por padecer de demencia, para efectuar la venta a INVERSIONES CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SEPULVEDA Y REYES LIMITADA, Rut. 76.986.658-2, representada por don MIGUEL IGNACIO REYES SEPULVEDA, por la suma de $425.000.000 a razón de $212.500.000 por cada uno. Funda su petición en las consideraciones de hecho y de derecho indicados en lo expositivo de este
Fallo
fallo y que se dan por reproducidos y pide autorización para suscribir el contrato de compraventa de los inmuebles singularizados en el cuerpo de esta presentación, en los términos allí detallados, previo informe de la señora defensora pública SEGUNDO: Que en apoyo a la solicitud de autos, se acompañaron los siguientes documentos: 1.- Certificado emitido por el Medico Neurólogo don Roberto Watkins C., con fecha 10 de marzo de 2022, que acredita que el suscrito se encuentra con sus facultades mentales conservadas, sin deterioro cognitivo. 2.- Informe médico emitido por el mismo profesional antes nombrado, que da cuenta del deterioro mental que afecta a mi cónyuge doña Clotilde Arroyo Kuhn, emitido con fecha 10 de marzo de 2022. 3.- Certificado de matrimonio entre el suscrito y doña Clotilde Arroyo Kuhn, emitido con fecha 2 de marzo de 2022, que acredita que estamos casados y que el régimen patrimonial de nuestro matrimonio es la sociedad conyugal.- 4.- Copia de la Credencial de Discapacidad de doña Clotilde Arroyo Kuhn, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 9 de marzo de 2022, que da cuenta que mi cónyuge se encuentra afectada por un Grado Global de Discapacidad profundo de un 100%, que tiene su origen en causas mentales, y en forma secundaria físicas y auditivas. 5.- Certificado de Discapacidad emitido con fecha 9 de marzo de 2020 por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que da cuenta que mi cónyuge doña Clotilde Arroyo Kuhn, cedu
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-55-2022 CARATULADO : PASTOR/ Temuco, cinco de Mayo de dos mil veintid só VISTO: 1.- A folio 1, con fecha 22-03-2022, comparece debidamente representado PEDRO JOSE SEGUNDO PASTOR ARAYA, médico pediatra, cédula nacional de identidad N°1.809.522-K, domiciliado en Temuco, calle Almirante Lynch Nº780, departamento 801 y
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