MANRÍQUEZ/SERVICIOS INTEGRALES BRHUFER LTDA
Rol
M-1867-2022
Fecha
24 de febrero de 2023
Materia
Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: a) Existencia de relación laboral entre el actor y la demandada principal, fecha de inicio, naturaleza jurídica de dicha relación laboral en relación a su duración b) Si la demandada puso fin a la relación laboral con fecha 31 de mayo de 2022, si remitió carta de aviso de despido, lugar al que la envió, época. c) Contenido de la carta de aviso de despido. d) Concurrencia de los hechos invocados en ella. e) Si la demandada pago el feriado proporcional. f) Valor de la última remuneración. g) Relación fáctica o jurídica existente entre las demandadas. h) Si el actor prestó servicios en dependencias o en beneficio directo de la demandada solidaria. i) Si la demandada solidaria ejerció derecho de información y o retención SEXTO: Que la parte demandante a fin de acreditar sus dichos rindió los siguientes medios de prueba, consistentes en: I.- Documental: Incorporó en la audiencia los siguientes documentos no objetados de contrario consistentes en: 1. Carta de término de contrato de fecha 31 de mayo de 2022. 2. Liquidación de remuneraciones correspondiente al mes de mayo de 2022. 3. Acta de comparendo conciliación de fecha 02 de agosto de 2022. II.- Confesional: La parte demandante solicitó absolviera posiciones el representante legal de la demandada, quien no compareció, por lo que pidió se hiciera efectivo el apercibimiento contemplado en el N° 3 del artículo 454 del Código del Trabajo, a lo que el tribunal accedió. III.- Exhibición de documentos: La parte demandante requirió se exhibieran los siguientes documentos: MULTIHASAR OPERACIONES SPA.: 1. Contratos de trabajo y anexos suscritos con Nicolás Mauricio Manríquez Queupil del periodo comprendido entre noviembre de 2021 a mayo de 2022 ambos meses incluidos. 2. Liquidaciones de remuneraciones debidamente suscritas por Nicolás Mauricio Manríquez Queupil, del periodo comprendido entre noviembre de 2021 a mayo de 2022, ambos meses incluidos. 3.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio NICOLÁS MANRÍQUEZ QUEUPIL, domiciliado en Lago Peñuelas N°860, depto. 104, Reñaca, comuna de Viña Del Mar quien interpone demanda en juicio laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de MULTIHASAR OPERACIONES SPA., representada legalmente por Fernando Rodríguez Cruzado, ambos domiciliados en Monseñor Sotero Sanz N°100, of 102, comuna de Providencia, como demandada principal y en contra de SODIMAC S.A., representada legalmente por Eduardo Mizón Friedemann, ambos domiciliados en Av. Eduardo Frei Montalva N°3092, comuna de Renca, como demandada solidaria, a fin de que se declare que su despido es injustificado y que se le deben pagar la indemnización por lucro cesante reconocido en la carta aviso de despido, diferencia de indemnización por lucro cesante no reconocido, indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios y feriado proporcional, todo con reajuste, intereses y costas. Señala que ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 15 de noviembre de 2021, desempeñándose como operario multifuncional zona viajera volante para la demandada solidaria y con una última remuneración de $585.750. Expone que su contrato era a plazo fijo con duración hasta el 31 de julio de 2022. Sostiene que fue despedido con fecha 31 de mayo de 2022, en virtud del N° 4 del artículo 159 del Código del Trabajo, esto es vencimiento del plazo convenido en el contrato de trabajo el cual se había pactado el 31 de julio de 2021, indicando la misiva que se le pagarían las remuneraciones hasta esa fecha, detallando que se pondría a disposición del trabajador la suma de $861.480 por concepto de remuneración hasta julio de 2022 y feriado proporcional por $197.238. Agrega que se piden las indemnizaciones conjuntamente y la indemnización sustitutiva del aviso de despido, en subsidio. Indica que se le debe el feriado proporcional. SEGUNDO: Que la demandada principal no compareció por lo que no evacuó el trámite de contestación de la demanda de autos. TERCERO: Que la demandada solidaria contestando la demanda solicito su rechazo, con costas, indicando en principio que niega todos los hechos. Añade que la demanda infringe el artículo 446 N° 4, a su respecto, por cuanto el demandante niega decir si se desempeñó para ella en forma exclusiva y permanente. Añade que además tampoco determina como se calcularon las prestaciones. Indica que lo anterior le impide ejercer una adecuada defensa. Expone que reconoce la existencia de un régimen de subcontratación, durante el tiempo de prestación de servicios del demandante, ejerciendo el derecho de información y retención. Expresa que en el mes de mayo de 2022, al desaparecer la demandada principal y no entregar el certificado de cumplimiento respectivo se ejerció el derecho de retención, pagándose las cotizaciones de seguridad social del mes de mayo de 2022. Agrega que en cuanto las restantes prestaciones las desconoce. Explica qu
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por NICOLÁS MANRÍQUEZ QUEUPIL en contra de MULTIHASAR OPERACIONES SPA. y en consecuencia: a) se declara injustificado el despido que fue objeto el actor. b) se declara que el término de los servicios del actor se produjo por necesidades de la empresa, con fecha 31 de mayo de 2022. c) la demandada deberá pagar la suma de $1.171.500 por concepto de lucro cesante. d) la demandada deberá pagar la suma de $197.238 por concepto de feriado proporcional. f) que las sumas señaladas deberán pagarse con los intereses y reajustes señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- La demandada SODIMAC S.A. es subsidiariamente responsable del pago del lucro cesante y feriado reclamado. III.- Que cada parte pagara sus costas. Una vez ejecutoriada la presente sentencia definitiva, devuélvanse los documentos guardados en custodia. Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas personalmente en esta audiencia. RIT: M-1867-2022 RUC: 22-4-0419920-3 Dictada por doña ANGELICA PEREZ CASTRO, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
RIT N° : M-1867-2022 RUC N° : 22-4-0419920-3 MATERIA : DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES DEMANDANTE : NICOLÁS MANRÍQUEZ QUEUPIL DEMANDADO : MULTIHASAR OPERACIONES SPA. DEMANDADO : SODIMAC S.A. ******************************************************************** Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio NICO
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