PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/SANDOVAL
Rol
C-33604-2019
Fecha
5 de mayo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en el art culo 1681 yí 1698 del C digo Civil, 160, 170, 254, 464 y 471 del C digo deó ó Procedimiento Civil, ley 18092, se declara que; I- Se acoge la excepci n de prescripci n deducida con fecha 18 deó ó marzo de 2021. II- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol N C-33604-2019.° Dictada por don Luis Parra Aravena, Juez Suplente Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de Mayo de dos mil veintid só C-33604-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h o r a s . P a r a m á s i n f o r m a c i ó n c o n s u l t e http://www.horaoficial.cl 2022-05-05T10:00:18-0400
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 4 de abril de 2022, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í C-33604-2019 Foja: 1 Considerando. Primero: Que, don Gonzalo Salgado Barros, abogado, en representaci n de Promotora CMR Falabella S.A:, deduce demandaó ejecutiva en contra de do a Elvira Sandoval Hern ndez, yañ á individualizados. Argumenta que su representado es acreedora del pagar Né º 01698704, por la cantidad de $ 1.761.617.- pesos, con fecha de vencimiento el 11 de octubre de 2019, suscrito por Sociedad Servicios de Evaluaciones y Cobranza Sevalco limitada, representada indistintamente por don Sergio Daniel Ulloa Ojeda y do a Cassandra Loreto Millar Quezada, todos ellosñ domiciliados en Paseo Ahumada N 970, Santiago, en representaci n de la° ó demandada, seg n mandato que figura en la cl usula vig sima primera delú á é contrato de apertura de l nea de cr dito suscrito entre las partes yí é autorizado ante notario. Indica que, llegada la fecha de su vencimiento, el deudor no lo pag ,ó encontr ndose en mora desde dicho d a, adeud ndose en consecuencia laá í á cantidad de $ 1.761.617.- pesos, por concepto de capital, m s interesesá Se ala que se estableci que el no pago oportuno de la obligaci n, señ ó ó pagar a intereses del m ximo convencional a la fecha de suscripci n.í á ó Asimismo, la firma del suscriptor se encuentra autorizada ante Notario P blico, por lo que la obligaci
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C-33604-2019 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33604-2019 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/SANDOVAL Santiago, cinco de Mayo de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 4 de diciembre de 2019 comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949,’ º oficina 1901, comuna de Sa
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