2º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/DISTRIBUIDORA DE GAS LICUADO KA SPA

Rol

C-858-2022

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 02 de febrero de 2022, comparece do a ñ Paula Arancibia Rodr guezí , abogada, mandataria judicial en representaci n convencional del ó BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria; cuyo gerente general es don Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero comercial; todos domiciliados en Ahumada 251, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, qui n demanda en juicio sumario de t rmino deó é é contrato de arrendamiento de bienes muebles con opci n de compra, por no pago deó rentas, a la sociedad DISTRIBUIDORA DE GAS LICUADO KA SpA, del giro de su denominaci n, la que act a representada por don ó ú Rub n Arnaldo Vicencioé Fuenzalida, empresario, ambos domiciliados en calle El Convento Almendral N 2711,° San Felipe, en su calidad de deudor principal, y en contra de don RUB NÉ ARNALDO VICENCIO FUENZALIDA, ya individualizado, en su calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad nombrada. Expone que por escritura p blica otorgada con fecha 29 de marzo de 2021 en laú Notar a de San Felipe de don Jaime Polloni Contardo, las partes celebraron un contratoí de arrendamiento de bienes muebles con opci n de compra, mediante el cual suó representada entreg al demandado el siguiente bien mueble en arriendo: ó Una camioneta marca Nissan, modelo New Navara XE DC 2.3 MT 4x2, mec nicaá diesel, a o 2021, placa patente PYLK.81-3.ñ Agrega que las partes estipularon en el referido contrato de arrendamiento, que ste tendr a un plazo de duraci n hasta el 25 de abril de 2025, y que las rentas ser ané í ó í pagadas de la siguiente manera: a) Una renta equivalente a $1.549.130.- que se pag enó el mismo acto y a entera satisfacci n del arrendador; ó b) 45 rentas de arrendamiento, iguales, mensuales y sucesivas por un monto cada una de ellas de $444.089.-, m s IVAá , que deber an pagarse a partir del 25 de julio de 2021.í Sostiene que en el referido instrumento se pact que cualquier pago que la parteó arrendataria realizara con posterioridad a la fecha pactada en el contrato, dar a

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece do a ñ Paula Arancibia Rodr guezí , abogada, en representaci n del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, representada poró ó don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, demandando en juicio sumario de t rmino de contrato de arrendamiento de bienes muebles, a la sociedadé DISTRIBUIDORA DE GAS LICUADO KA SpA, en su calidad de deudor principal, y a su representante legal don RUB N ARNALDO VICENCIO FUENZALIDA, É en su calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad nombrada, ya individualizados, todo seg n los antecedentes transcritos en la parte expositiva del fallo, que se dan porú reproducidos. SEGUNDO: Que, legalmente emplazada, la parte demandada se mantuvo ausente durante toda la tramitaci n de la presente causa.ó Atendido lo anterior, cabe estimar controvertidos todos y cada uno de los hechos aseverados en la demanda, siendo carga de la actora acreditarlos por medio de prueba legal, en conformidad con lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil.í ó TERCERO: Que, para acreditar sus asertos, el demandante acompa en autos,ñó en forma legal, sin objeci n de la contraria, los siguientes documentos: ó a) copia del contrato de arrendamiento sobre bienes muebles con opci n deó compra, celebrado entre el Banco de Chile y la sociedad Distribuidora de Gas Licuado KA SpA, de fecha 29 de marzo de 2021, en la Notar a de San Felipe de don Jaimeí Polloni Contardo, sobre el bien se alado en el libelo; ñ b) Copias autorizadas del acta de entrega N 144207 y factura N 648674 del bien° ° mueble ya individualizado; c) Copia de certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del Registro deó Veh culos Motorizados del autom vil placa nica í ó ú PYLK.81-3. CUARTO: Que, al tenor de los documentos acompa ados por la demandante,ñ enunciados en el considerando precedente, en especial del contrato de arrendamiento con opci n de compra, se tendr como debidamente acreditado:ó á a) Que entre el Banco de Chile y la Distribuidora de Gas Licuado KA SpA, se celebr un contrato de arrendamiento sobre el siguiente bien mueble, nuevo y sin uso:ó Una camioneta marca Nissan, modelo New Navara XE DC 2.3 MT 4x2, mec nicaá diesel, a o 2021, placa patente PYLK.81-3;ñ b) Que dicho contrato se celebr con fecha 29 de marzo de 2021, entrando enó rigor en la fecha de su suscripci n y durar a hasta el 25 de abril de 2025; ó í c) Que se pact en su cl usula cuarta que se pagar a una primera renta de unó á í valor de $1.549.130, que se pag en el mismo acto y a entera satisfacci n deló ó arrendador; m s 45 rentas mensuales, iguales y sucesivas de un valor de á $444.089 cada una de ellas, m s el impuesto al valor agregado, a contar del d a 25 de julio de 2021; á í d) Que en la cl usula d cimo tercera del contrato, las partes convinieron que elá é arrendatario incurrir a en incumplimiento de sus obligaciones, en los siguientes casos: i)í Si no pagaba oportunamente una cualquiera de las rentas o no efectuaba oportunamente cualquier otro

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 1535, 1537, 1542, 1545, 1546, 1698, 1700, 1702, 1915, 1942 y 1945 delí C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 346 N 3, 607 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta con fecha 02 de febrero de 2022 por do a ñ Paula Arancibia Rodr guezí , en representaci n del BANCO DE CHILE, dirigidaó en contra de la sociedad DISTRIBUIDORA DE GAS LICUADO KA SpA, en su calidad de deudor principal, y en contra de don RUB N ARNALDO VICENCIOÉ FUENZALIDA, en su calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad nombrada, declar ndose terminado el contrato de arrendamiento con opci n de compra suscritoá ó entre las partes con fecha 29 de marzo de 2021, por no pago de rentas, orden ndose laá restituci n del bien mueble objeto del contrato, ó consistente en la camioneta marca Nissan, modelo New Navara XE DC 2.3 MT 4x2, mec nicaá diesel, a o 2021,ñ placa patente PYLK.81-3, dentro del plazo de diez d as h biles contados desde que elí á presente fallo sea notificado, bajo apercibimiento de retiro, con auxilio de la fuerza p blica en caso de oposici n.ú ó II.- Que, se condena a los demandados solidariamente a pagar a la demandante las siguientes sumas, por los conceptos que se indican: a) Las rentas vencidas desde el incumplimiento y hasta la fecha de notificaci n deó la demanda, lo que asciende a la suma de $2.664.534.- (dos millones seiscientos sesenta y cuatro mi

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-858-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/DISTRIBUIDORA DE GAS LICUADO KA SPA Santiago, cuatro de Mayo de dos mil veintid s.ó VISTO: Con fecha 02 de febrero de 2022, comparece do a ñ Paula Arancibia Rodr guezí , abogada, mandataria judicial en representaci n convencional del ó BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria;

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