CDE-FISCO/
Rol
V-260-2020
Fecha
3 de mayo de 2022
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 17, comparece ANDRES EDUARDO CARRASCO FIGUEROA, Abogado, domiciliado en Temuco, calle Antonio Varas Nº 854, oficina 902, 9º piso, cédula de identidad N° 12.195.504-0, en representación del Solicitante don JOSE GABRIEL TRONCOSO NAVARRETE, Agricultor, domiciliado en el sector Quesqueschan, Kilómetro 738, de la comuna de Gorbea, cédula de identidad N° 12.744.780-2, y para estos afectos de su mismo domicilio, solicitando se decrete el giro de cheque pertinente, correspondiente a la expropiación del Lote Nº 2, con una superficie de 3.119 metros cuadrados., Rol de Avalúo N°445-133, de la ciudad de Gorbea, que afectó al predio, con inscripción de dominio vigente a nombre de su representado a de fojas 883 con el N° 986 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquen, correspondiente al año 2012. La petición se funda en el hecho de que su representado es dueño del Lote expropiado, según cuenta el Certificado de Dominio vigente que se acompaña.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 21 consta certificación de fecha 22 de febrero de 2022, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. Asimismo se certificó que existe consignación por la suma de $37.917.415, según boleta N° 5000677103 del 28 de Diciembre de 2020. SEGUNDO: Que a folio 30 se agrega de informe del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén en el que se adjunta copia autorizada de inscripción de dominio vigente respecto del inmueble expropiado, inscrito de fojas 883 con el N° 986 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, correspondiente al año 2012i, dando de ese modo cumplimiento a lo dispuesto en el Acta 87- 2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque en procedimientos de expropiación. En mérito de lo precedentemente expuesto consta que el solicitante es dueño de la propiedad expropiada. TERCERO: Que a folio 19 rola Certificado del Servicio de Tesorería, en el que consta que el bien raíz rol de avalúo N°445-133 no registra deuda. CUARTO: Que, a folio 28 rola mandato vigente otorgado por el solicitante al abogado que comparece actuando en su nombre. QUINTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario y expropiado de la indemnización provisional consignada en esta causa, como se dirá.
Fallo
En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del Folio 17, y en consecuencia GÍRESE CHEQUE a nombre de don JOSE GABRIEL TRONCOSO NAVARRETE, Run N° 12.744.780-2, por la suma de $37.917.415, con cargo a la boleta N°5000677103 del 28 de Diciembre de 2020. De conformidad con el Acta n° 87-2014 de la Excelentísima Corte Suprema sobre instrucciones para el giro de cheque deberá concurrir el beneficiario con su abogado o apoderado, al retiro del documento. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado.- Rol V – 260-2020 Dictada por Natalia Estefany Ferrada Retamal, Jueza Suplente del Primer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, tres de Mayo de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-03T21:31:05-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-260-2020 CARATULADO : CDE-FISCO/ Temuco, tres de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: A folio 17, comparece ANDRES EDUARDO CARRASCO FIGUEROA, Abogado, domiciliado en Temuco, calle Antonio Varas Nº 854, oficina 902, 9º piso, cédula de identidad N° 12.195.504-0, en representación del Solicitante don JOSE GABRIEL TRONCOS
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