1º Juzgado Civil de Valdivia

FISCO DE CHILE/MUNICIPALIDAD DE CORRAL Y OTROS

Rol

C-1098-2020

Fecha

3 de mayo de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, don Natalio Vodanovic Schnake, Abogado Procurador Fiscal de Valdivia, en representaci n del ó ESTADO DE CHILE, persona jur dica de derecho p blico, ambos domiciliados para estos efectos en laí ú ciudad de Valdivia, Independencia N 630 Of. 311deduce demanda enº juicio ordinario en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE CORRAL, persona jur dica de Derecho P blico, con domicilio en calle Esmeralda Ní ú º 145, Corral, representada por su Alcalde, don GAST N P REZÓ É GONZ LEZÁ , chileno, ignoro profesi n, del mismo domicilio; y en contraó de 1) ASOCIACI N DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DEÓ CORRAL, asociaci n gremial, representada por Claudio Berrocaló Sep lveda, ignoro profesi n; 2) ú ó LAUREANO SAMUEL AVILA NORAMBUENA, c dula nacional de identidad n mero 10.171.034-3,é ú ignoro profesi n; 3) ó JORGE LUIS BUSTOS MENDEZ c dula nacionalé de identidad n mero 10.420.935-1; 4) ú VERONICA ANDREA CARDENAS HAINOL, c dula nacional de identidad n mero 13.160.475-é ú 0; 5) CARLOS ROBERTO CARVALLO LANCAPICHUN, c dulaé nacional de identidad n mero 10.228.918-8; 6) ú WLADIMIRO ARIEL FILGUEIRA TOLEDO, c dula nacional de identidad n mero 7.242.573-é ú 8; 7) GUMERCINDO SEGUNDO GAETE VARGAS, c dula nacionalé de identidad n mero 4.167.621-3; 8) ú ERIC JOHNNY GARRIDO MIRANDA, c dula nacional de identidad n mero 14.083.225-1; 9)é ú MARIELA CECILIA GONZALEZ ARRIAZA, c dula nacional deé identidad n mero 10.852.551-7; 10) ú MARIA EUGENIA GLADYS HARDING QUILODRAN, c dula nacional de identidad n meroé ú 7.217.178-0; 11) RAUL HUMBERTO HERNANDEZ MELLA, c dulaé nacional de identidad n mero 5.553.231-1, domiciliado en Miraflores N 13,ú º Corral; 12) LUIS RAFAEL IGOR CARCAMO, c dula nacional deé identidad n mero 14.281.986-4; 13) ú CARLOS ALEJANDRO NU EZÑ NU EZÑ , c dula nacional de identidad n mero 12.200.067-2, domiciliadoé ú en calle Isla Guacamayo N 2435, Valdivia; 14) º MONICA ISOLINA OYARZUN MIRANDA, c dula nacional de identidad n mero 9.247.083-é ú 0; 15) LUIS ALBERTO PIZARRO MORALES

Fundamentos

fundamentos: I. ANTECEDENTES. A. Los funcionarios y ex funcionarios municipales de la Municipalidad de Corral, demandados en estos autos, con fecha 4 de octubre de 2010 dedujeron ante el Primer Juzgado Civil de Valdivia demanda en juicio ordinario, Rol N C-2740-2010, solicitando: a) que se declare que todos losº funcionarios tiene derecho a percibir el incremento previsional del art culo 2í del Decreto Ley 3501, de 1980 respecto del total de sus remuneraciones, especialmente sobre la asignaci n municipal; b) que el monto de dichoó incremento se debe calcular conforme al factor previsional aplicado sobre el total de las remuneraciones de cada funcionario, de manera que todas ellas, incluida la asignaci n municipal, sean percibidas por su monto total l quido;ó í c) que la demandada pagar las diferencias que se hayan producidos ená todos aquellos per odos en que no se hubiesen pagados los incrementosí previsionales, de forma que el monto l quido a pagar del total de lasí remuneraciones no haya sufrido disminuci n alguna; d) que las sumas aó pagar devengan los reajustes e intereses contemplados en el art culo 63 delí C digo del Trabajo; e) que la demandada debe pagar las costas del juicio.ó B. La Municipalidad de Corral, con fecha 13 de noviembre de 2010, contest la demanda, solicitando su rechazo. Sostuvo que con fecha 22 deó febrero de 2008, la Contralor a General de la Rep blica emiti el dictamení ú ó N 8.466, referido al incremento de remuneraciones establecido por elº Decreto Ley N 3.501 del a o 1980, dictamen que se al que dichoº ñ ñ ó incremento deb a calcularse sobre el total de las remuneraciones que seí perciban como retribuci n del desempe o de un cargo p blico. Se ala queó ñ ú ñ la Contralor a aclar su dictamen N 8.466 de 2008, mediante el dictamení ó ° N 44.764 de 2009, instruyendo a todos los Municipios del pa s para que alº í momento de determinar las remuneraciones de los funcionarios rectifiquen el procedimiento, considerando s lo las remuneraciones que se encontrabanó afectas a cotizaciones previsionales al 28 de Febrero de 1981, poca deé entrada en vigencia del DL N 3501, y no a las creadas o establecidas conº posterioridad, las que no gozan del beneficio legal, toda vez que ste s loé ó tuvo como objeto evitar la disminuci n de las remuneraciones l quidas queó í los trabajadores ten an a esa fecha, al ser ahora de su cargo la totalidad deí las imposiciones. C. Con fecha 17 de octubre de 2011, las partes, en la causa ya referida, acompa aron una transacci n, otorgada por escritura p blica deñ ó ú 26 de septiembre de 2011, que fue aprobada por resoluci n judicial deó fecha 18 de octubre de 2011, por el Primer Juzgado Civil de Valdivia. D. En la referida escritura de transacci n, previamente aprobada poró el Concejo Municipal con fecha 11 de agosto de 2011, seg n consta deú Certificado N 136/2011, de Sesi n Ordinaria Concejo Municipal, la Ilustre° ó Municipalidad de Corral ofreci a los demandantes, con el solo nimo deó á poner t rm

Fallo

fallo de la Corte Suprema, de 30 de octubre de 2014, que en un caso id ntico al de Corral, mutatis mutandi, resolvi que laé ó transacci n celebrada entre la Municipalidad de Panguipulli y un grupo deó funcionarios municipales, adolec a precisamente de objeto il cito. En efecto,í í cita y transcribe en lo pertinente en el fallo dictado en causa rol 14.276- 2014, la Excma. Corte. En conclusi n, y resumiendo todo lo explicitado precedentemente, losó demandados han celebrado una transacci n que est viciada desde susó á or genes. Se trata de un acto contrario al derecho p blico chileno queí ú adolece, por consiguiente, de objeto il cito; que versa sobre derechosí inexistentes y en el cual est ausente un elemento esencial consistente en queá las partes deben otorgarse concesiones rec procas, razones por las cuales laí nulidad absoluta necesariamente debe ser declarada por el tribunal de SS. Por estas consideraciones y disposiciones legales que se ala, pide tenerñ por deducida demanda de nulidad absoluta en juicio ordinario en contra de la I. Municipalidad de Corral, representada por su Alcalde don Gast nó P rez Gonz lez, as como en contra de los funcionarios y ex funcionariosé á í municipales referidos en el cuerpo de este libelo, y de la Asociaci n deó Funcionarios Municipales de Corral, todos ya individualizados, y, en definitiva, hacer lugar a la presente demanda, declarando: 1. Nula, de nulidad absoluta, la transacci n celebrada por los aqu demandadosó í celebrada con fecha 2

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1098-2020 CARATULADO : FISCO DE CHILE/MUNICIPALIDAD DE CORRAL Y OTROS Valdivia, tres de mayo del a o dos mil veintid s.ñ ó VISTOS: Al folio 1, don Natalio Vodanovic Schnake, Abogado Procurador Fiscal de Valdivia, en representaci n del ó ESTADO DE CHILE, persona jur dica de derecho p blico, ambos domiciliados para

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