VALENZUELA/
Rol
V-245-2021
Fecha
3 de mayo de 2022
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don PEDRO ANTONIO VALENZUELA CARRASCO, chileno, casado, jubilado, Rut 4.904.900-5, domiciliado en 18 de Septiembre Nº 196, Santa Rosa de Chena, comuna de Padre Hurtado, quien expone: Que es dueño de un vale vista endosable, emitido por el Banco de Chile con fecha 16.03.2018, por la suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), mediante Operación N° 79426001000581420, el cual extravió, y se encuentra actualmente como saldo inmovilizado en la institución bancaria, siendo necesaria la emisión de un nuevo vale vista a su nombre, pero por ser el documento original endosable, debe acreditar judicialmente el extravío. Previas citas legales solicita se sirva tener por interpuesta solicitud de declaración de extravío de título de crédito en contra del Banco de Chile, acogerla a tramitación, y en definitiva declarar extraviado el título de crédito, vale vista endosable, emitido a su nombre, facultándose para ejercer todos los derechos legales que como dueño me corresponden. A folio 12 con fecha 21 de octubre de 2021, consta haberse notificado de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, por el ministro de fe don Patricio Pizarro Lara a don Eduardo Ebensperguer Orrego, en representación del Banco Chile. Foja: 1 A folio 16, consta haberse publicado la solicitud en el Diario Oficial con fecha 01 de diciembre de 2021. A folio 20, con fecha 11 de febrero de 2022, la Sra. Secretaria certificó que transcurridos los plazos legales, no consta oposición a la solicitud y que el plazo se encuentra vencido. A folio 22, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes y las constancias señaladas precedentemente, las que constan en el sistema computacional de la Oficina Judicial Virtual, y no habiendo comparecido terceros alegando derechos, se tiene por acreditado el extravío del documento mercantil que a continuación se individualiza: VALE A LA VISTA ENDOSABLE emitido por el Banco de Chile con fecha 16.03.2018, por la suma de $10.000.000 (diez millones de pesos), mediante Operación N° 79426001000581420, SUCURSAL 794 CASA MATRIZ Y visto además lo dispuesto en los artículos 817, 819, 826 del Código de Procedimiento civil y los artículos 88, 89, 90 y 92 de la Ley N° 18.092,
Fallo
se declara: Que se autoriza a PEDRO ANTONIO VALENZUELA CARRASCO, Rut 4.904.900-5; para que ejerza los derechos que como dueño del documento precedentemente individualizado le corresponden y para cuyo efecto se ordena dar copia autorizada de esta sentencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N° 18.092. Regístrese y archívese en su oportunidad. Foja: 1 DICTADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA ANA LORETO GREZ BECKER Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de Mayo de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-03T11:27:22-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-245-2021 CARATULADO : VALENZUELA/ Santiago, tres de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 comparece don PEDRO ANTONIO VALENZUELA CARRASCO, chileno, casado, jubilado, Rut 4.904.900-5, domiciliado en 18 de Septiembre Nº 196, Santa Rosa de Chena, comuna de Padre Hurtado, quien expone: Q
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