C/ CESAR ALEXANDER BERMUDES QUIÑONEZ
Rol
O-1-2025
Fecha
31 de marzo de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 14, 15 N° 1, 25, 29, 30, 68, 69, 432, 436 inciso primero Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: I. Que se condena a CESAR ALEXANDER BERMUDES QUIÑONEZ ya individualizado a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación, perpetrado el día 31 de diciembre del año 2025, en perjuicio de la víctima de iniciales E.W.S.S. en la comuna de Estación Central. II. Que la pena privativa de libertad aplicada, se le sustituye por libertad vigilada intensiva debiendo quedar sujeto a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado dependiente de Gendarmería de Chile por el término de tres (3) años y un (1) día, y cumplir, además, con las condiciones establecidas en el artículo 17 de la ley 18.216 letras a) residir en un lugar determinado, b) Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el período fijado, y de la letra c) ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio lícito bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual y de las condiciones establecidas en el artículo 17 ter letras a) consistente en la prohibición de acercarse al lugar de los hechos, letra b) consistente en la prohibición absoluta de acercarse a la víctima o a su familia, a su domicilio, lugar de trabajo o estudios o donde sea que se encuentre y de la letra d) se deberán incorporar programas formativos, laborales y de reinserción social los cuales deberán ser incorporados expresamente en el plan de intervención que se aprobará en esta causa. Para el cumplimiento de esta pena sustitutiva el sentenciado deberá presentarse ante el Cent
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CESAR ALEXANDER BERMUDES QUIÑONEZ ya individualizado a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su participación en su calidad de autor de un delito de robo con intimidación, perpetrado el día 31 de diciembre del año 2025, en perjuicio de la víctima de iniciales E.W.S.S. en la comuna de Estación Central. II. Que la pena privativa de libertad aplicada, se le sustituye por libertad vigilada intensiva debiendo quedar sujeto a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado dependiente de Gendarmería de Chile por el término de tres (3) años y un (1) día, y cumplir, además, con las condiciones establecidas en el artículo 17 de la ley 18.216 letras a) residir en un lugar determinado, b) Sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el período fijado, y de la letra c) ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio lícito bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual y de las condiciones establecidas en el artículo 17 ter letras a) consistente en la prohibición de acercarse al lugar de los hechos, letra b) consistente en la prohibición absoluta de acercarse a la víctima o a su familia, a su domicilio, lugar de trabajo o estudios o donde sea que se e
Texto Completo (Preview)
Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago. Fecha de sentencia treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis Procedimiento Abreviado R.U.C. 2401618281-4 R.I.T. 1 - 2025 JUEZ MARÍA ANABEL CAMPO DIAZ FISCAL PIA LACROIX ARIAS DEFENSOR FELIPE IBAÑEZ SAN MARTIN IMPUTADO CESAR ALEX
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