PÉREZ/CARLOS ERIC PÉREZ RIVERA PINTURAS Y DECORACIONES DE INTERIORES Y EXTERIORES EIRL
Rol
M-346-2022
Fecha
22 de febrero de 2023
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DE LA DEMANDA CONTESTACION DE LA DEMANDA · El Tribunal tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada principal Carlos Eric Pérez Rivera Pinturas y Decoraciones de Interiores y Exteriores EIRL. EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA La demandada Constructora de Vicente S.A opone excepción de legitimación pasiva; y en subsidio, contesta la demanda (
Fundamentos
fundamentos en audio). Traslado Se produce traslado por la parte demandante, la cual se desiste de la demanda en contra de la demandada solidaria Constructora de Vicente S.A., empresa que acepta el desistimiento de forma pura y simple. El Tribunal resuelve: En cuanto a la excepción de falta de legitimación pasiva argumentada por la demandada Vicente y Construcciones S.A., estese a lo que resolverá a continuación. Atendido al mérito del procedimiento y lo manifestado por la parte demandante y la demandada solidaria/subsidiaria, en este acto se tiene por desistido la demanda de don Luis Mauricio Pérez Albornoz en contra de Vicente y Construcciones S.A. de forma pura y simple para todos los efectos legales CONCILIACION El Tribunal llama a las parte a conciliación y proponiendo bases concretas, se da por frustrada la conciliación en razón de la rebeldía del demandado principal. Observaciones Al no haber hechos sustenciales, pertinentes ni controvertidos en la causa, acorde al art. 453 N° 3 del C. del Trabajo, se omite la recepción de la causa a prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato. SENTENCIA Tribunal dicta sentencia en el acto, la cual se adjunta a continuación. Se transcribe la parte resolutiva del fallo. Observaciones: La demandante solicita, atendida la rebeldía del demandado principal y que no ha contestado la demanda, que se haga uso de la facultad contemplada en el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo y solicita que el Tribunal dicte sentencia de inmediato. SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: MONITORIO. MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES. DEMANDANTE: LUIS MAURICIO PÉREZ ALBORNOZ. DEMANDADAS: CARLOS ERIC PEREZ RIVERA PINTURAS Y DECORACIONES DE INTERIORES Y EXTERIORES EIRL. Y CONSTRUCTORA DE VICENTE S.A. RIT M- 346-2022 RUC N° 22-4-0437719-5 Talca, a veintiuno de febrero del año dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que son partes en la presente causa RIT M-346-2022 seguidos antes este Tribunal, el demandante don Luis Mauricio Pérez Albornoz, cedula de identidad N° 10.505.274-K, trabajador de la construcción, con domicilio en 18 oriente con 2 ½ norte N°55, comuna de Talca y como demandado Carlos Eric Perez Rivera Pinturas y Decoraciones de Interiores y Exteriores EIRL, Rut: 77.058.481-7, representada legalmente por don Carlos Eric Perez Rivera, se ignora profesión y oficio, ambos con domicilio en calle Calle Huerfanos oficina 503 Nº 1055, Santiago. (Los restantes considerandos de la sentencia constan integramente en el registro de audio del juicio realizado).
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 41, 63, 73, 173, 432 inciso 2°, 446, 496 y siguientes del Código del Trabajo se declara que: En cuanto al incidente pendiente de resolver I.- Que se hace lugar a la petición de la parte demandante de ser afectivo del apercibimiento legal del articulo 453 N° 1 inciso 1° del Código del Trabajo en contra de la parte demandada Carlos Eric Perez Rivera Pinturas y Decoraciones de Interiores y Exteriores EIRL. En cuanto al fondo II.- Que se acoge la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por don Luis Mauricio Pérez Albornoz en contra de Carlos Eric Perez Rivera Pinturas y Decoraciones de Interiores y Exteriores EIRL representada legalmente por don Carlos Eric Perez Rivera, todos ya individualización y en virtud de lo anterior se declara: a) Que la relación laboral entre las partes concluye por un despido que resuelto ser injustificado. b) Que en razón de lo anterior se condena a la empresa demandada al pago a favor del demandante de la suma de $500.000.- (quinientos mil pesos) por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. c) Que se condena a la empresa demanda a favor del demandante al pago de las remuneraciones adeudas en la suma de $84.000.- (ochenta y cuatro mil pesos). d) Que se condena a la empresa demanda a favor del demandante verificar el pago de la suma de $66.000.- (sesenta y seis mil pesos), por concepto de feriado proporcional adeudado. e)
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Talca, veintuno de febrero de dos mil veintitrés. RUC 22-4-0437719-5 RIT M-346-2022 MAGISTRADO Carlos Andrés Gajardo Ortiz ACTA Sebastián Gallegos SALA 4 HORA DE INICIO 12:37 horas HORA DE TERMINO 13:14 horas. Nº REGISTRO DE AUDIO 2240437719-5-1341 PARTE DEMANDANTE presente Luis Mauricio Pérez A
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