2º Juzgado Civil de Temuco

AGUAS BLANCAS S.A/

Rol

V-345-2021

Fecha

30 de abril de 2022

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, con fecha 05 de diciembre de 2021, a folio 1, comparece don Mauricio Alfredo Baeza Henriquez, abogado, C.I. 7.958.883-0, fono 974301628, en representaci nó de Aguas Blancas S.A, persona jur dica del giro sanitaria, R.U.T. 76.872.490-3,í representada por don William Robert Stanton Calburn, C.I. 5.657.540-5, empresario, todos con domicilio en Rancho Primavera, Vilc n, solicitando declarar el extrav o de laú í boleta de garant a que indica, para que el Banco Santander la deje sin efecto, y le hagaí restituci n a su mandante el valor de su importe, por las siguientes razones de hecho yó de derecho: Expone que con fecha 25 de enero de 2021, su mandante tom ante el Bancoó Santander-Chile, sucursal Temuco, la boleta de garant a N 0035-0017-005511616917,í º por un monto de 600 UF, en su equivalente en pesos, pagadera a la vista, con fecha de vencimiento al 25 de enero de 2023. Se estableci como beneficiario: Superintendenciaó de Servicios Sanitarios, R.U.T. 61.221.000-4. Los valores correspondientes a esta boleta de garant a fueron cargados en la cuenta corriente de su mandante N 0-000-7461345-4.í º La boleta de garant a anteriormente individualizada, fue entregada por suí mandante a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, para garantizar la seriedad de una oferta de servicios sanitarios en la localidad de General L pez, comuna de Vilc n.ó ú No obstante, el proyecto presentado por su mandante fue rechazado, procediendo la Superintendencia a devolver la boleta a trav s de Correos de Chile.é Se ala que, con fecha 23 de noviembre ltimo, la empresa de Correos de Chileñ ú comunic formalmente a su mandante que la carta certificada que conten a la boleta deó í garant a fue extraviada por ellos, de modo que no ha podido ser nunca recepcionada porí su mandante y mucho menos cobrada por su beneficiaria. Por tanto, con el m rito de lo expuesto, documentos acompa ados y lo queé ñ prescriben los art culos 88 y siguientes de la Ley 18.092, solicita

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el inciso segundo del art culo 1 de la Ley 18.552 dispone ení “ los casos de extrav o, p rdida o deterioro parcial de los t tulos de cr dito a que se refiereí é í é el inciso anterior, se proceder en la forma establecida en el p rrafo 9 del T tulo I de laá á ° í ley N 18.092 . Por su parte, el art culo 88 de la ley 18.092, dispone: ° …” í “El portador de una letra extraviada podr solicitar que se declare elá extrav o de sta y que se le autoriceí é para ejercer los derechos que le correspondan como portador del documento. Será tribunal competente para conocer de esta gesti n el Juez de Letras en lo Civil de turnoó del domicilio del peticionario .” SEGUNDO: Que, con fecha 14 de diciembre de 2021, consta la notificaci nó personal al agente del Banco Santander-Chile, sucursal de Temuco. Adem s, consta laá respectiva publicaci n en el Diario Oficial, transcurriendo el plazo sin que consteó oposici n alguna en autos.ó Con el m rito de lo expuesto, los documentos acompa ados y lo dispuesto en elé ñ art culo 1 de la ley 18.552 y art culos 88 y siguientes de la Ley 18.092, y 817 yí º í siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

Por tanto, con el m rito de lo expuesto, documentos acompa ados y lo queé ñ prescriben los art culos 88 y siguientes de la Ley 18.092, solicita tener por iniciada laí gesti n no contenciosa de extrav o de documentos, ordenar las publicaciones legales yó í notificaci n legal del Banco Santander Chile, RUT 96.036.000-K, a trav s de su agenteó é local don H ctor Eugenio Boeri Carvajalé , C.I. 12.181.852-3, ambos con domicilio en Arturo Prat 724, Temuco y, en definitiva, declarar el extrav o de la boleta de garant aí í indicada a fin que el Banco la deje sin efecto y, seguidamente, haga restituci n a suó mandante el valor de su importe, esto es el equivalente en moneda nacional a 600 UF. Junto con la solicitud de folio 1, se acompa aron los siguientes documentos: ñ 1) Escritura p blica en que consta mi personer a. 2) Comprobante de emisi n de la boletaú í ó de garant a indicada; y 2) Carta de correos mencionada en lo principal.í Con fecha 14 de diciembre de 2021, a folio 6, consta la notificaci n personal aló agente del Banco Santander-Chile de Temuco. Con fecha 08 de marzo de 2022, a folio 9, consta la actuaci n del Ministro de Feó del Tribunal, certificando que la publicaci n acompa ada a folio 7, corresponde a laó ñ publicaci n realizada en el Diario Oficial el d a 01 de Febrero de 2022.ó í RIT« » Foja: 1 Con fecha 15 de marzo de 2022, a folio 13, consta la actuaci n del Ministro deó Fe del Tribunal, certificando que no consta en autos el hecho de haberse presentado terceros

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-345-2021 CARATULADO : AGUAS BLANCAS S.A/ Temuco, treinta de Abril de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que, con fecha 05 de diciembre de 2021, a folio 1, comparece don Mauricio Alfredo Baeza Henriquez, abogado, C.I. 7.958.883-0, fono 974301628, en representaci nó de Aguas B

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica