FISCO DE CHILE/G Y G COM. DE PROD. ALIM. LOS ANTONIOS LTDA
Rol
C-17976-2019
Fecha
29 de abril de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En el folio 1, compareció doña Ruth Israel López, abogada procuradora fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado, en representación legal de FISCO DE CHILE, corporación de derecho público, ambos con domicilio en calle Agustinas Nº 1687, Santiago, quien, asumiendo la representación de la SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA, órgano de la administración centralizada del Estado que carece de personalidad jurídica propia, interpuso demanda ejecutiva en contra de G Y G COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LTDA., representada legalmente por don Misaldo González Fuentes, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Los Tres Antonios Nº 2084, Ñuñoa. Fundó su demanda en la sentencia Nº 4388, de fecha 19 de junio de 2017, pronunciada por don Carlos Aranda Puigpinos, Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, en la cual se aplicó a G Y G COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LTDA., una multa de 150 UTM (ciento cincuenta unidades tributarias mensuales). C-17976-2019 Dicha sentencia sanitaria se encuentra ejecutoriada, según consta en certificado de 24 de agosto de 2018, emanado de don Gabriel Antivilo Bruna, quien fue designado como Ministro de Fe del Departamento Jurídico de la Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, según Resolución Exenta Nº 486, de 20 de abril de 2016. Adujo que, de lo anteriormente expuesto, se desprende que G Y G COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LTDA. adeuda al Fisco de Chile la suma de 150 UTM. En virtud de lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, solicitó tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de G Y G COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LTDA., representada legalmente por don Misaldo González Fuentes, ya individualizados; y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma 150 UTM, equivalentes a la fecha de interposición de esta dema
Fundamentos
considerando aún más la actual situación del país. Concluyó solicitando, de acuerdo con las disposiciones referidas y normas legales que cita, tener por formulada la excepción a la ejecución, declararla admisible; acogerla a tramitación y con el mérito de la prueba que se rendirá en la causa, rechazar en todas sus partes la demanda ejecutiva presentada por FISCO DE CHILE, en contra de GYG COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LIMITADA, ya individualizada, con costas. En el folio 9, el ejecutante evacuó su traslado, solicitando el rechazo de la excepción opuesta, con costas, señalando, que, no resulta efectivo que su parte carece de personería para asumir la representación del FISCO DE CHILE, en atención a que la defensa judicial de los intereses fiscales le corresponde al Consejo de Defensa del Estado. La representación del FISCO DE CHILE, por el Consejo de Defensa del Estado y en particular por el abogado procurador fiscal en su respectivo territorio se encuentra debidamente amparada en las normas legales que regulan las funciones del Consejo de Defensa del Estado, y de los abogados procuradores fiscales, siendo improcedente e impertinente ordenar que acrediten esta representación por otros medios distintos a lo ya presentados en estos autos. C-17976-2019 En el folio 10,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba, sin aportarse nuevos antecedentes. En el folio 21, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, FISCO DE CHILE, representado por el Consejo de Defensa del Estado, asumiendo la representación de la SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA interpuso demanda ejecutiva en contra de G Y G COMPAÑÍA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LOS ANTONIOS LTDA., todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, en los términos ya descritos en lo expositivo de este fallo, que se dan por reproducidos. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada, opuso a la ejecución la excepción del número 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; y la parte ejecutante evacuó su traslado, solicitando su rechazo, conforme a los fundamentos referidos precedentemente. TERCERO: Que, para acreditar sus aseveraciones el actor acompañó, entre otros documentos, la resolución exenta Nº 4388, de fecha 19 de junio de 2017 (sentencia), pronunciada por don Carlos Aranda Puigpinos, Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, donde se condena al ejecutado a una multa y su certificado respectivo de ejecutoria; y una copia de la Resolución TRA 45/142/2017 de fecha 28 de agosto de 2017, donde consta el nombramiento de la abogada procuradora fiscal, doña Ruth Israel López. C-17976-2019 Por su parte, la ejecutada no
Texto Completo (Preview)
C-17976-2019 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17976-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE/G Y G COM. DE PROD. ALIM. LOS ANTONIOS LTDA Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veintid só VISTOS: En el folio 1, compareció doña Ruth Israel López, abogada procuradora fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado, en representación
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica