BANCO DE CHILE/ARDILES
Rol
C-1845-2018
Fecha
29 de abril de 2022
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1 del cuaderno principal comparece don lvaro Preller Pinochet, en representaci n de Á ó BANCO DE CHILE, Instituto Bancario del giro de su denominaci nó , quien deduce demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de do a ñ MONICA GUILLERMINA ARDILES ORTEGA, cuya profesi n u oficio ignora,ó con domicilio en Pasaje Los Coigues N 0274, Conjunto Habitacional Villa° El Bosque, Villa Alemana, de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho que expone: I.- GESTION PREPARATORIA AFINADA. Expone que, estos autos, tuvieron como antecedente la gesti nó preparatoria de desposeimiento, que le fuera personalmente notificada a do a M nica Guillermina Ardiles Ortega,ñ ó con fecha 31 de agosto de 2018, gesti n preparatoria que culmin con el transcurso del plazo de 10 d as queó ó í contempla el Art culo 758 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Manifiesta que, asimismo, consta de dicha gesti n preparatoria que laó referida tercera poseedora no pag la deuda ni hizo abandono de laó propiedad dentro del plazo de 10 d as que la ley otorga, en los t rminos delí é art culo 758 del C digo de Procedimiento Civil. í ó 1 C-1845-2018 A ade que, todo lo anterior, fue debidamente certificado por lañ secretaria del Tribunal, encontr ndonos en consecuencia, frente a unaá gesti n preparatoria terminada y afinada. “ ó ” II.- DEL INMUEBLE HIPOTECADO. Hace presente que, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que indicara m s adelante, el deudor personal constituy ená ó favor del Banco de Chile, hipoteca para caucionar toda clase de obligaciones que el deudor adeude o le adeudare al Banco en el futuro directa o indirectamente, en moneda nacional o extranjera, conjunta o separadamente, por cualquier clase o naturaleza de obligaciones, sea como deudor principal o en cualquier calidad y cualquier t tulo, sobre el inmuebleí ubicado en Conjunto Habitacional Villa El Bosque, Pasaje Los Coigues Nº 0274, lote 45 de la manzana C, individualizado en el plano archivado bajo el N 1226 en el Registro de Documentos del a o 2002, inscrito a fojasº ñ 1441 N 2353 del Registro de Propiedad del a o 2015, del Conservador deº ñ Bienes Ra ces de Villa Alemana. Agrega que, la hipoteca a favor de Bancoí de Chile se encuentra inscrita a fojas 1365 vta. N 1946 del Registro deº Hipotecas del a o 2004 del Conservador de Bienes Ra ces de villa alemana.ñ í III.- DE LAS OBLIGACIONES EN MORA. Sostiene que la parte deudora, no cumpli con las obligacionesó contra das, que constan en los documentos que pasa a se alar: í ñ 1) Pagar signado con el N 994132770701387, suscrito por do aé ° ñ Priscila Errea Barrera y por do a Marcia Fuentealba Chapa ambos enñ representaci n de Banco de Chile y estos a su vez en representaci n de donó ó Sergio Roberto Romero Hurtado, en calidad de deudor. Menciona que, dicho pagar fue suscrito por la cantidad de $9.572.624.-, por concepto deé capital. Se pact que el simple retardo y/o mora en el pago ntegro yó í oportuno de todo o p
Fallo
Por lo expuesto y previa menci n de normas legales solicita se tengaó por interpuesta demanda de desposeimiento, en contra de do a M nicañ ó 4 C-1845-2018 Guillermina Ardiles Ortega, en su calidad de tercer poseedor del inmueble hipotecado; despachar mandamiento de desposeimiento en su contra por la suma total de $22.359.839.- por concepto de capital, m s intereses pactadosá y costas respecto de las obligaciones singularizadas en su presentaci n, todasó obligaciones correspondientes a las deudas contra das por el deudorí personal, don Sergio Roberto Romero Hurtado; y, ordenar se siga adelante la ejecuci n con el objeto de proceder a desposeerla del dominio sobre eló inmueble hipotecado y su posterior ejecuci n, a fin de que con su producidoó se paguen las deudas contra das por el deudor personal.í Segundo: Que, a folio 43 del cuaderno principal, comparece do añ M nica Ardiles Ortega, domiciliada en calle Hu rfanos N 1373, Oficinaó é ° 1209, Santiago, quien opone las excepciones establecidas en el art culo 464í N 7, y N 14 del C digo de Procedimiento Civil.° ° ó En cuanto a la excepci n de ó falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerzaí ejecutiva, sea absolutamente sea en relaci n con el demandadoó , refiere en primer lugar, que los pagar s materia de autos no son v lidos y adolecené á por completo de m rito ejecutivo, toda vez que don Sergio Robertoé Romero Hurtado, jam s concurri a una Notar a ni mucho menos a las
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C-1845-2018 FOLIO: 83.- Ochenta y tres.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villa Alemana CAUSA ROL : C-1845-2018 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ARDILES Villa Alemana, veintinueve de abril de dos mil veintid só Vistos y considerando: Primero: Que, a folio 1 del cuaderno principal comparece don lvaro Preller Pinochet, en representaci n de Á ó BANCO DE CHILE, Instituto Banca
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