ZAMORANO/GALLARDO
Rol
C-13887-2020
Fecha
29 de abril de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 9 de septiembre de 2020, comparece Rubén Marcos Piñones Navarro, abogado, domiciliado en Ángel Pimentel N°289, comuna de Puente Alto, en representación de Rodrigo Andrés Zamorano Soto, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°15.603.049-K.-, domiciliado en Ángel Pimentel N°289, comuna de Puente Alto, y expone: Que viene en deducir demanda de precario en contra de Camila Valeska Gallardo Soto, domiciliada en el inmueble ubicado en Avenida Santa Raquel N°10.903, comuna de La Florida. Funda su demanda en que su representado, Rodrigo Andrés Zamorano Soto, es dueño del inmueble ubicado en Avenida Santa Raquel N°10.903.-, que corresponde al lote número 6, de la manzana 13, del plano de subdivisión respectivo, comuna de La Florida, que deslinda: Norte, pasaje Lago Chungará; Sur, lote cinco; Oriente, Avenida Santa Raquel; Poniente, área verde, según consta de inscripción de dominio de Fojas 50232, Numero 69934, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, el que actualmente por mera tolerancia de su legítimo dueño, desde antes que fuera adquirida por su representado y sin que haya mediado previo contrato de ninguna especie, es ocupado por la demandada. En cuanto a los
Fundamentos
fundamentos de derecho expresa que de acuerdo con lo dispuesto por artículo 2195 del Código Civil, se entiende precario cuando no se presta la cosa para un servicio particular ni se fija tiempo para su restitución. Constituye también precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
Fallo
Por lo expuesto y con el mérito de las disposiciones legales que invoca, pide se tenga por interpuesta demanda de precario en juicio sumario, en contra de Camila Valeska Gallardo Soto, ya individualizada, acogerla a tramitación, y declarar en definitiva que la demandada debe restituir al demandante el inmueble « C-13887-2020» materia de autos, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, o en el plazo que el Tribunal fije, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública, de cualquier ocupante de la propiedad, todo con expresa condena en costas. Con fecha 17 de junio de 2021, se llevó a efecto la audiencia de contestación y conciliación, con la asistencia del apoderado del demandante, y en rebeldía de la demandada. Con fecha 22 de junio de 2021, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos Con fecha 7 de abril de 2022, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que el 9 de septiembre de 2020, comparece el abogado Rubén Marcos Piñones Navarro, en representación de Rodrigo Andrés Zamorano Soto, quien deduce demanda de precario en contra de Camila Valeska Gallardo Soto, fundado en que su representado, Rodrigo Andrés Zamorano Soto, es dueño del inmueble ubicado en Avenida Santa Raquel N°10.903.-, que corresponde al lote número 6, de la manzana 13, del plano de subdivisión respectivo, comuna de La Florida, que deslinda: Norte, pasaje Lago Chungará; Sur, lote cinco; Oriente, Aven
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« C-13887-2020» FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13887-2020 CARATULADO : ZAMORANO/GALLARDO Santiago, veintinueve de Abril de dos mil veintid só VISTOS Con fecha 9 de septiembre de 2020, comparece Rubén Marcos Piñones Navarro, abogado, domiciliado en Ángel Pimentel N°289, comuna de Puente Alto, en representación de Rodrigo Andrés Z
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