23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/PERALTA

Rol

C-3401-2021

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Comparecieron Ra l Santiago L pez de Maturana Cabrera y Felipeú ó Andr s Flores Vega, ambos abogados, mandatarios judiciales de é Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros representada por suí gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancariaó del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerente generaló se or Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliadosñ para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088, comuna y ciudad de° Santiago, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de Jorge Mauricio Peralta Vargas, ignoran profesi n u oficio, ó con domicilio en calle La Gioconda N 4355, departamento N 22, comuna de Las Condes° ° de esta ciudad. A folio 6 se tuvo por interpuesta la demanda y se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 20 se tuvo por notificado al ejecutado de autos en virtud de su presentaci n de folio 18. ó Asimismo en dicha presentaci n el ejecutado opuso las excepcionesó contempladas en los numerales 9 y ° numeral 11 ,° ambos del art culo 464í del C digo de Procedimiento Civil.ó A folio 20 se tuvo por opuestas las excepciones y se confiri trasladoó de las mismas al ejecutante. JLZ C-3401-2021 Foja: 1 A folio 21 la parte ejecutante evacu el traslado conferido solicitandoó el rechazo de las excepciones opuestas. A folio 23 se tuvo por evacuado el traslado conferido respecto de las excepciones opuestas, se declararon admisibles aquellas y se recibi la causaó a prueba por el t rmino legal. é Resoluci n interlocutoria que constaó notificada a ambas partes a folios 24 y 25, respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226 se dispuso su reactivaci n añ í ° ° ó folio 27. A folio 29 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparecieron Ra l Santiago L pez de Maturanaú ó Cabrera y Felipe Andr s Flores Vega, ambos abogados, mandatariosé judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a tercerosí representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada a su vez poró ó su gerente general se or Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial,ñ todos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088,° comuna y ciudad de Santiago, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de Jorge Mauricio Peralta Vargas, ignoran profesi n u oficio,ó con domicilio en calle La Gioconda N 4355, departamento N 22, comuna° ° de Las Condes de esta ciudad, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $25.968.746.-, suma a la que hay queó agregar y calcular los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a nuestro representado, todo ello con costas. Indicaron que el demandante es due o y leg timo tenedor del pagarñ í é suscrito por el deudor con fecha 16 de junio de 2005 y por la suma de $25.968.746.-, con un inter s a raz n de la tasa base Banco de Chile de 30é ó d as, para colocaciones a un d a banca de personas recargada en 1,5 puntosí í sobre el saldo deudor diario de la cuenta corriente de cr dito en el mesé respectivo, y cuyo vencimiento es el d a 25 de noviembre de 2020.í JLZ C-3401-2021 Foja: 1 Se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago del capitaló de esta obligaci n, se devengar un inter s penal igual al m ximoó á é á convencional que la ley permite estipular, el que regir desde la mora oá simple retardo hasta el d a de su pago efectivo.í Este pagar no fue pagado a su vencimiento, adeudando ené consecuencia la cantidad de $25.968.746.-, a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados y los intereses penales hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a su representado, todo ello con costas. Por ltimo mencionaron que el suscriptor liber al Banco de laú ó obligaci n de protesto, y que habiendo sido autorizada por notario la firmaó del suscriptor, dicho instrumento tiene m rito ejecutivo y la obligaci n esé ó l quida, actualmente exigible y su acci n no se encuentra prescrita.í ó Segundo: Que el ejecutado fund la excepci n del numeral ó ó 9° se alando que el demandante ha omitido deliberadamente en su libelo deñ demanda los pagos que se han efectuado y recibido por la propia entidad comercial demandante desde el mes de Octubre 2020, es decir, desde mucho antes que se procediera a interponer la presente acci n en contra deló demandado, seg n se dar cuenta y se acompa ar n los comprobantes yú á ñ á recibos otorgados por la propia actora en la etapa procesal correspondiente. Respecto de la excepci n del numeral 11 mencion que haó ° ó sostenido en reiteradas ocasiones, que ha concurrido a las propias oficinas

Fallo

se declararon admisibles aquellas y se recibi la causaó a prueba por el t rmino legal. é Resoluci n interlocutoria que constaó notificada a ambas partes a folios 24 y 25, respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226 se dispuso su reactivaci n añ í ° ° ó folio 27. A folio 29 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que comparecieron Ra l Santiago L pez de Maturanaú ó Cabrera y Felipe Andr s Flores Vega, ambos abogados, mandatariosé judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a tercerosí representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada a su vez poró ó su gerente general se or Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial,ñ todos domiciliados para estos efectos en calle Santo Domingo N 1088,° comuna y ciudad de Santiago, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de Jorge Mauricio Peralta Vargas, ignoran profesi n u oficio,ó con domicilio en calle La Gioconda N 4355, departamento N 22, comuna° ° de Las Condes de esta ciudad, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $25.968.746.-, suma a la que hay queó agregar y calcular los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a nuestro representado, todo ello con costas. Indicaron que el demandante

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C-3401-2021 Foja: 1 FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3401-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/PERALTA Santiago, veintiocho de Abril de dos mil veintid s.ó Visto: Comparecieron Ra l Santiago L pez de Maturana Cabrera y Felipeú ó Andr s Flores Vega, ambos abogados, mandatarios judiciales de é Socofin S.A., persona jur dica del giro cobran

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