14º Juzgado Civil de Santiago

RAMÍREZ/IUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-7579-2021

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece doña JANETT ARINDA RAMÍREZ ACEVEDO, Independiente, con domicilio en Alaska N° 1398, Comuna de Maipú, quien deduce demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, persona jurídica de Derecho Pública, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en Avda. Cinco de abril 260, Maipú, Santiago, en base a los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho, que expone. En cuanto a los hechos: Señala ser residente y dueña del inmueble ubicado en Alaska #1398,Comuna de Maipú, lo cual acredita mediante inscripción de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y certificado de residencia que acompaña en un otrosí de su presentación. Respecto de esta propiedad, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de Abril de 1998 al 30 de Noviembre del 2020, según consta en documento denominado “Informe de Deuda Derechos de Aseo”, que acompaña en un otrosí de su presentación. En dicho documento, consta que existe un período de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de Abril del 1998 al 30 de Junio del 2008, respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se ROL C-7579-2021 Fojas 2 declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. II) En cuanto al derecho: Expresa que la acción judicial interpuesta, corresponde a aquella que emana de los artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil. Esta acción tiene por objeto, obtener una sentencia declarativa, mediante la cual se determine dos cosas: - En primer lugar, declarar la inactividad del acreedor, en este caso, la Ilustre Municipalidad de Maipú, la cual no ha procedido a efectuar el cobro de la obligación consistente en el pago de los derechos de aseo municipal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 2514 del Código Civil, el cual dispone que “La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”. - En segundo lugar, que se declare que ha transcurrido un plazo superior a los cinco años, que la ley prescribe para ejercer, en este caso, la acción de cobro de derechos de aseo municipal. Al respecto, el artículo 2515 de este mismo cuerpo legal, señala que “Este tiempo es en general de tres años para la acción ejecutiva y de cinco para las ordinarias. La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres años, y convertida en ordinaria durará solamente otros dos”. En virtud de los antecedentes señalados, es procedente, que se declare la prescripción extintiva de la acción de cobro de los derechos de aseo municipal, comprendidos entre el 30 de abril del 1998 al 30 de junio del 2008 ascendentes a la suma de $1.660.975.- En conformidad a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil y artículo 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicita tener por entablada demanda en procedimiento ordinario, por declaración de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada ROL C-7579-2021 Fojas 3 legalmente por su Alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, ambos ya individualizados en lo principal, y

Fallo

En mérito de lo expuesto y en virtud de lo establecido en los artículos 2.521 y demás pertinentes del Código Civil; artículos 309 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; y en las demás normas que sean procedentes, solicita tener por contestada la demanda interpuesta en contra de su representada, por doña Janett Arinda Ramírez Acevedo, y tener a su parte por allanada a la demanda contraria por los derechos de aseo domiciliario y sólo por el período indicado, solicitando que al resolver la misma se exima a su representada de condena para el pago de costas, pues se colaboró para evitar dilaciones y, con todo, se tuvo motivo plausible para litigar. ROL C-7579-2021 Fojas 5 A folio 10, resolución de 11 de enero de 2022, se tiene por notificada expresamente a la parte demandada con la fecha de la resolución. Se tiene por contestada la demanda, y por allanada a la demandada, otorga traslado para la réplica. A folio 11, la parte demandante evacua réplica, reiterando lo expuesto en su demanda y aceptando el allanamiento de la demandada. A folio 13, resolución de 10 de febrero de 2022, el tribunal tiene por evacuada la réplica, otorgando traslado para la dúplica, la que consta evacuada por la parte demandada a folio 14.- A folio 15, resolución de 09 de marzo de 2022, el tribunal tiene por evacuada la dúplica de la demandada. Cita a las partes al respectivo comparendo de contestación, via Zoom, el que sin embargo no se diligencia. A folio 20, resolución de 26 de abril de 2020

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ROL C-7579-2021 Fojas 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-7579-2021 CARATULADO : RAMÍREZ / I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ En Santiago, a veintiocho días del mes de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: Comparece doña JANETT ARINDA RAMÍREZ ACEVEDO, Independiente, con domicilio en Alaska N° 1398, Comuna de Maipú, quien deduce demanda de prescripción ext

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