SCOTIABANK CHILE S. A./URIBE
Rol
C-7950-2021
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1 del cuaderno principal, comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia, en representación convencional de SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaría del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general Diego Masola, contador, ambos domiciliados en calle Morandé N°226, comuna y ciudad de Santiago, quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo de cobro de pagaré, en contra de LEONEL ESTEBAN URIBE MANQUEO, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Cerrillos S/N y o Cerrillos, paradero 20 S/N, comuna de Doñihue, provincia de Cachapoal, a objeto de que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de 532,8624 Unidades de Fomento, equivalentes al 30 de agosto de 2021 a $15.947.181.- más intereses y costas. Funda su demanda en que su representada es dueña de tres pagarés a la orden suscritos con fecha 20 de agosto de 2021 por Banco Scotiabank Chile, en representación del ejecutado, en virtud del mandato conferido por este en las clausulas 15 y 16 del contrato de apertura línea de crédito para estudiantes de educación superior con Garantía Estatal Según Ley N°20.027, que pasa a detallar: 1.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 20 de agosto de 2021, por el monto de 457,9670 Unidades de Fomento, con vencimiento al 30 de agosto de 2021. 2.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 20 de agosto de 2021, por el monto de 24,0102 Unidades de Fomento, con vencimiento al 30 de agosto de 2021. 3.- Pagaré a la orden, suscrito con fecha 20 de agosto de 2021, por el monto de 50,8852 Unidades de Fomento, con vencimiento al 30 de agosto de 2021. Indica que los documentos previamente individualizados no fueron pagados al a fecha de su vencimiento, encontrándose en mora el deudor desde aquella C-7950-2021 Foja: 1 fecha, devengando intereses moratorios al a tasa máxima convencional. Asimismo deja constancia que dichos pagarés se encuentran gara
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, SCOTIABANK CHILE, acciona en procedimiento ejecutivo en contra de LEONEL ESTEBAN URIBE MANQUEO, según fuere anteriormente expuesto. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 4, 7, 11 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando sean acogidas, con costas. TERCERO: Que, la ejecutante evacuó el traslado dentro de plazo, según consta en autos, bajo los términos ya pormenorizados en la parte expositiva de esta sentencia. CUARTO: Que, el ejecutante para acreditar sus pretensiones y en lo que tiene relevancia para Litis, generó la siguiente prueba instrumental no objetada de contrario: En folio 3 del cuaderno principal: 1.- Pagaré Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantía del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), emitido en Santiago, el 20 de agosto de 2021 por la suma de 50,8852 U.F. que debían ser pagados al 30 de agosto de 2021, suscrito por Marjorie Arlette Leyton Morales en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de Leonel Esteban Uribe Manqueo. 2.- Pagaré Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantía del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), emitido en Santiago, el 20 de agosto de 2021 por la suma de 457,9670 U.F. que debían ser pagados al 30 de agosto de 2021, suscrito por Marjorie Arlette Leyton Morales en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de Leonel Esteban Uribe Manqueo. 3.- Pagaré Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantía del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), emitido en Santiago, el 20 de agosto de 2021 por la suma de 24,0102 U.F. que debían ser pagados al 30 de agosto de 2021, suscrito por Marjorie Arlette Leyton Morales en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de Leonel Esteban Uribe Manqueo. C-7950-2021 Foja: 1 4.- Contrato de apertura de línea de crédito para estudiantes de educación superior con garantía estatal, según Ley N°20.027, suscrito el 18 de julio de 2007, en Viña del Mar, por Leonel Esteban Uribe Manqueo, cuyas firmas aparecen autorizadas por el notario público de Viña del Mar Juan José Veloso Mora. QUINTO: Que no consta en estos autos que la ejecutada haya producido prueba alguna para acreditar los fundamentos de sus excepciones. SEXTO: Que, analizando las excepciones en el orden en que estas fueron opuestas por la ejecutada, procede primeramente pronunciarse sobre la excepción de concesión de esperas o prórroga del plazo, respecto a la cual no habiéndose acreditado por la parte ejecutada la concesión de esperas o modificación del plazo originalmente pactado para el cumplimiento de las obligaciones contraídas, será menester el rechazo de la misma. SÉPTIMO: Que, en cuanto a la excepción de falta de requisitos del título para tener fuerza ejecutiva, primeramente los pagarés de autos fueron suscritos por mandatarios del banco en representación del ejecutado según el mandato contenido en las cláusulas dé
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibió la causa, rindiéndose la que obra en autos En folio 37 del cuaderno principal, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, SCOTIABANK CHILE, acciona en procedimiento ejecutivo en contra de LEONEL ESTEBAN URIBE MANQUEO, según fuere anteriormente expuesto. SEGUNDO: Que, la parte ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 4, 7, 11 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando sean acogidas, con costas. TERCERO: Que, la ejecutante evacuó el traslado dentro de plazo, según consta en autos, bajo los términos ya pormenorizados en la parte expositiva de esta sentencia. CUARTO: Que, el ejecutante para acreditar sus pretensiones y en lo que tiene relevancia para Litis, generó la siguiente prueba instrumental no objetada de contrario: En folio 3 del cuaderno principal: 1.- Pagaré Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantía del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), emitido en Santiago, el 20 de agosto de 2021 por la suma de 50,8852 U.F. que debían ser pagados al 30 de agosto de 2021, suscrito por Marjorie Arlette Leyton Morales en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de Leonel Esteban Uribe Manqueo. 2.- Pagaré Financiamiento de Estudios de Educación Superior con Garantía del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), emitido en Santiago, el 20 de agosto de 2021 por la suma de 457,9670 U.F. que debían ser pagados al 30 de agosto de 2
Texto Completo (Preview)
C-7950-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 10 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7950-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./URIBE Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veintid só VISTOS: En folio 1 del cuaderno principal, comparece Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia, en representación convencional de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica