1º Juzgado de Letras de Coquimbo

VÁSQUEZ/

Rol

V-32-2019

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 2, 28, 34, 35, 44, 48, 52, 59, 60, 71, 75, 78, 79, 81, 87, 90 y 232 del Código de Minería; 817, 818, 819, 820, 822, 824, 826, y 828 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: A.- Declárese constituida y otórguese a favor de Carlos Guillermo Vásquez Parker, la concesión de explotación o pertenencia denominada “CARLOS 2 DEL UNO AL VEINTE” con una superficie total de 100 hectáreas y cuyas coordenadas U.T.M. los vértices del perímetro son: Coordenadas U.T.M del punto de interés: Norte 6.638.500,000 metros, Este 261.500,000 metros. B.- Apruébese el plano y acta acompañados mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2021. C.- Publíquese en el Boletín Oficial de Minería de Elqui, un extracto de la presente sentencia, que deberá contener las menciones que señala el artículo 90 del Código de Minería. La publicación tendrá que hacerse el primer día hábil de cualquier mes, pero en todo caso, antes de COORDENADAS U.T.M. (m) VÉRTICE NORTE ESTE L1 6.639.000,000 261.000,000 L2 6.639.000,000 262.000,000 L3 6.638.000,00 262.000,000 L4 6.638.000,000 261.000,00 PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO requerirse la inscripción de esta sentencia en el Registro de Propiedad de Minas de Coquimbo, conforme se ordena en la letra siguiente. D.- Inscríbase íntegramente esta sentencia y acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Coquimbo, inscripción que deberá requerirse dentro del plazo de ciento veinte días, contados desde la fecha de esta sentencia y que se dejará constancia de la fecha en que se publicó el extracto a que se refiere la letra precedente; todo, bajo el apercibimiento que establece el inciso final del artículo 89 del Código de Minería. Al inscribirse esta sentencia, archívese en el mismo registro, en la forma dispuesta en el artículo 239 del Código de Minería, la otra copia del plano correspondiente. Regístrese, dése copia y notifíquese. Rol V-32-2019 Dictada por don Jorge Vera Garvizo, Juez Titular del Prim

Fallo

FALLO: 20 DE ABRIL DE 2022 Coquimbo, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Visto; Primero: Que el 14 de marzo de 2019, a las 10:02 horas, compareció ante el Tribunal, mediante la oficina judicial virtual, don Carlos Guillermo Vásquez Parker, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad N° 8.455.131-7, domiciliado en calle Atahualpa N° 333, comuna de La Florida, Santiago, presentando la concesión de explotación, cuyo punto de interés se localiza en la Región de Coquimbo, Provincia de Elqui, comuna de Coquimbo y las coordenadas U.T.M., están referidas a la elipsoide internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Huso U.T.M. diecinueve, y estas corresponden a NORTE: 6.638.500 metros, ESTE: 261.500 metros y corresponden a la intersección de las diagonales de un cuadrado de 1.000 metros con orientación U.T.M. Norte- Sur, por 1.000 metros con orientación U.T.M. Este-Oeste. La manifestación estará dividida en 20 pertenencias de 5 hectáreas cada una que se denominarán “CARLOS 2 DEL UNO AL VEINTE”. Segundo: Que consta en carpeta judicial virtual que con fecha 15 de marzo de 2019, el tribunal ordenó su inscripción y publicación. Tercero: Que el 16 de octubre de 2019, el manifestante en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59 del Código de Minería, solicita la mensura de la pertenencia, solicitud que cumple con todos las exigencias señaladas, habiéndose acompañado los siguientes documentos: a).- comprobante de pago de la tasa, formulario Nº 0007

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: VOLUNTARIO MATERIA: MANIFESTACIÓN MINERA (M01) CAUSA V-32-2019 SOLICITANTE: VÁSQUEZ PARKER, CARLOS AUTOS PARA FALLO: 20 DE ABRIL DE 2022 Coquimbo, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Visto; Primero: Que el 14 de marzo de 2019, a las 10:02 horas, compareció ante el Tribunal, mediante la oficina judicial virtual, don Carlos Guillermo Vásquez P

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