1º Juzgado Civil de San Miguel

GONZÁLEZ/GUTIÉRREZ

Rol

C-3561-2021

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Juan Osvaldo Gonz lez Mu oz, á ñ jubilado, con domicilio en Le n Prado N 1034, comuna de San Miguel, quien interpone demanda de terminaci nó º ó de contrato de arrendamiento en contra de do a ñ ngela Irene Reyes Guti rrezÁ é , ignora profesi n u oficio, y en contra de do a ó ñ Mar a Olivia del Carmen Guti rrezí é Soto, ignora profesi n u oficio, ambas domiciliadas en Le n Prado N 1034, comuna deó ó º San Miguel. Se ala que tiene dada en arrendamiento la propiedad ubicada en Le n Prado Nñ ó º 1034, comuna de San Miguel, a do a ngela Irene Reyes Guti rrez y a do a Mar añ Á é ñ í Olivia del Carmen Guti rrez Soto por la renta mensual anticipada de $250.000, la queé se reajustar a una vez cumplido el a o en la suma acordada de $10.000, seg n consta delí ñ ú contrato celebrado el 26 de febrero de 2020. En dicho contrato, en el numeral 3 , se° se ala que este contrato comenzar a a regir a partir del 01 de enero del a o 2020 y queñ í ñ la renta deb a pagarse los cinco primeros d as de cada mes, mediante dep sito deí í ó transferencia bancaria a la cuenta Rut del mandatario don Ricardo Patricio Gonz lezá Gatica, c dula nacional de identidad N 8.738.878-6.é ° A ade que, se dej constancia en el contrato en la parte final del punto 3 , queñ ó º fue firmado en favor de do a Mar a Olivia del Carmen Guti rrez Soto, c dula deñ í é é identidad N 5.661.735-3 en los siguientes t rminos Se deja en acuerdo que el arriendoº é “ que se estipula en el presente documento es a favor de do a Mar a Olivia del Carmenñ í Guti rrez Soto, c dula de identidad N 5.661.735-3 nacional .é é º ” Agrega, que el contrato de arrendamiento comenz a regir a partir del 01 deó enero del a o 2020, y tendr a una duraci n de car cter de indefinido, seg n se estipulñ í ó á ú ó en la cl usula tercera del contrato de arrendamiento. Sin perjuicio de lo anterior, seá acord entre las partes la facultad para poner t rmino ipso facto al contrato deó é arrendamiento, seg n establece el art culo 1977

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Juan Osvaldo Gonz lez Mu ozá ñ , interpuso demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento en contra de do a ngela Irene Reyesó ñ Á Guti rrez y en contra de do a Mar a Olivia del Carmen Guti rrez Soto y solicit é ñ í é ó se condene a las demandadas al pago de las rentas adeudadas y las que se devenguen durante la tramitaci n del juicio hasta que se efect e la restituci n o el pago, m só ú ó á reajustes e intereses hasta la fecha de restituci n del inmueble, se condene al pago de lasó deudas por consumos b sicos hasta la fecha de restituci n y se condene a la restituci ná ó ó del inmueble libre de ocupantes y/o subarrendatarios, dentro de tercero d a desde que elí

Fallo

fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento coní fuerza p blica, o en el plazo que se estime conforme a derecho, con costas. ú En subsidio de lo anterior, demand el desahucio del contrato de arrendamientoó manifestando su intenci n de no perseverar en el mismo.ó A folio 7, se dio curso a la demanda y se cit a las partes a comparendo deó contestaci n, conciliaci n y prueba.ó ó A folio 11, se notific personalmente a la demandada Mar a Olivia del Carmenó í Guti rrez Soto, practic ndole la primera reconvenci n de pago.é á ó A folio 16, se rectific la demanda en el sentido de se alar que el inmuebleó ñ arrendado corresponde a un departamento interior de la calle Le n Prado N 1034 de laó º comuna de San Miguel. A folio 19, se notific en conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimientoó í ó Civil a do a ngela Irene Reyes Guti rrez, practic ndole la primera reconvenci n deñ Á é á ó pago. A folio 20, se notific personalmente a la demandada do a Mar a Olivia deló ñ í Carmen Guti rrez Soto de la rectificaci n de la demanda de folio 16. é ó A folio 23, se llev a efecto la audiencia de estilo v a telem tica, con la asistenciaó í á del apoderado de la parte demandante y en rebeld a de la parte demandada; se ratificí ó la demanda; se practic la segunda reconvenci n de pago, se tuvo por contestada laó ó demandada en rebeld a de la demandada y llamadas las partes a conciliaci n esta no seí ó RIT« » Foja: 1 produjo. A su vez, se recibi la causa a prueba fij ndose los hec

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3561-2021 CARATULADO : GONZ LEZ/GUTI RREZÁ É San Miguel, veintisiete de Abril de dos mil veintid só VISTOS: Comparece don Juan Osvaldo Gonz lez Mu oz, á ñ jubilado, con domicilio en Le n Prado N 1034, comuna de San Miguel, quien interpone demanda de terminaci nó º ó de contrato de a

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