BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA MC ROBERTS LIMITADA
Rol
C-33444-2019
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
MUTUO DE DINERO, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha 02 de diciembre de 2019, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, con domicilio en Compañía N° 1390, oficina N° 2403, comuna de Santiago, en representación judicial de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representado por su gerente general Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, piso 8, comuna de Santiago, deduciendo demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de SOCIEDAD COMERCIALIZADORA MC ROBERTS LIMITADA, del giro de su denominación, como deudor principal, representada por ROBERTO ORLANDO MORAGA MOLINA, y en contra de éste último, del cual ignora profesión u oficio, en calidad de avalista y codeudor solidario, ambos con domicilio en Madrid N° 1119, comuna de Santiago y en Trinidad Ramírez N° 0252, comuna de La Cisterna, con la finalidad que sean condenados a pagar la suma de $6.109.269.-, más los intereses correspondientes y costas. Funda su pretensión en que el demandante otorgó un mutuo en pesos a la demandada principal, con fecha 15 de noviembre C-33444-2019 Foja: 1 de 2006, por la suma de $6.09.269.- constituyéndose un avalista y codeudor solidario para garantizar el pago. Agrega que esta obligación devengaría un interés del 1,1% mensual vencido, durante todo el plazo pactado, Como
Fundamentos
fundamentos de derecho, cita los artículos 3 Y 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1545 y siguientes, 2196 y siguientes del Código Civil; 795 y siguientes del Código de Comercio, 2, 11, 12 y 14 de la Ley 18.010. A folios 16 y 17, constan las notificaciones de la demanda, efectuadas el 20 de enero de 2020. A folio 24, con fecha 17 de junio de 2020, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de los demandados. A folio 28, consta el acta de la audiencia de conciliación de fecha 08 de julio de 2020, la que no prosperó debido a la incomparecencia de la parte demandada. A folio 41, con fecha 23 de julio de 2020, se recibió la causa a prueba. A folio 61, con fecha 22 de febrero de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, mandatario judicial de BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES, deduciendo demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de SOCIEDAD COMERCIALIZADORA MC ROBERTS LIMITADA, como deudor principal, representada por ROBERTO ORLANDO MORAGA MOLINA, y C-33444-2019 Foja: 1 en contra de éste último, en calidad de avalista y codeudor solidario, con la finalidad que sea condenado a pagar la suma de $6.109.269.- más los intereses correspondientes y costas, por los fundamentos de hecho y consideraciones de derecho reseñadas en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, habiéndose tenido por contestada la demanda en rebeldía de los demandados, ello implica la negación tácita de las afirmaciones del actor, por lo que resulta menester que éste acredite la celebración del contrato que originó la obligación cuya existencia solicita sea declarada para que su demanda sea acogida. TERCERO: Que, con el objeto de justificar sus dichos, la demandante aparejo como medio de prueba, el Pagaré Línea de Sobregiro en Cuenta Corriente (Sin Protesto) N° de Operación D04591717501, el que se encuentra guardado en la custodia de la Secretaría del Tribunal con el Nº 9682 – 2019, y digitalizado en el sistema informático de tramitación de causas civiles –SITCI-, suscrito a la orden de Banco de Crédito e Inversiones, con fecha 15 de noviembre de 2006, por Roberto Orlando Moraga Molina, por sí, en calidad de avalista y codeudor solidario, y en representación de Sociedad Comercializadora MC Roberts Limitada, por la cantidad de $6.109.269.-, que declara haber recibido en préstamo en moneda legal chilena, a través de una Línea de Sobregiro en Cuenta Corriente. La tasa de interés que regirá para cada día de vigencia de cada crédito, será el que resulte de agregar a la tasa base del Banco de Crédito e Inversiones n diferencial o C-33444-2019 Foja: 1 spread de 1,1%. Consta que la firma de del suscriptor ha sido autorizada ante Notario Público con fecha 15 de noviembre de 2006. CUARTO: Que, la parte demandada no rindió prueba alguna en el juicio. QUINTO: Que, el artículo 1698 del Código Civil prescribe, a la letra: “Incumbe probar las
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 254, y 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1437, 1445, 1546, 1551, 1698, y 2515 del Código Civil, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda de folio 1 en todas sus partes, conforme lo señalado en el octavo considerando. II. Que, se condena en costas a la parte vencida. Rol Nº 33.444 – 2019 REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE DICTADA POR WILSON EDUARDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JUEZ SUPLENTE DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. //aepr// Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veintid só C-33444-2019 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-27T14:59:18-0400
Texto Completo (Preview)
C-33444-2019 Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33444-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/SociedadÉ Comercializadora MC Roberts Limitada Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, con fecha 02 de diciembre de 2019, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, con domicilio en Co
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