MINISTERIO PÚBLICO C/ NN
Rol
O-1729-2024
Fecha
23 de marzo de 2026
Materia
LESIONES GRAVES, SECUESTRO POR MÁS DE 24 HRS O CON RESCATE. ART. 141 INC. 3
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ante la policía de investigaciones de Pitrufquen con fecha 22 de julio de 2024. En este contexto, Villagrán leal y su hijo Matías Villagrán determinaron que las personas que lo habrían estafado con 60 millones de pesos eran Manuel quinteros Ibarra y diego Caniullán paredes. Por lo anterior, el día 13 de agosto de 2024, alrededor de las 12.15 horas, en las cercanías del colegio las américas de la comuna de Pitrufquen, un grupo de sujetos entre ellos bernardo Ismael Paillalef ovando y Yair Andrés cabello reyes, actuando bajo las órdenes de Andrés Villagrán leal, premunidos de elementos contundentes y que impresionaban a armas de fuego abordaron a Manuel quinteros Ibarra y a diego Caniullán paredes, logrando huir del lugar quinteros Ibarra mientras Caniullán paredes fue intensamente golpeado por estos sujetos en distintas partes del cuerpo con golpes de pies, puños y con los elementos contundentes, señalándole los agresores que lo hacían por encargo de Villagrán. A raíz de la agresión diego Caniullán sufrió poli contusión, 4 lesiones Código: DZQFBZKXJWL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cortantes en la cabeza de 8; 5; 3 y 3 centímetros de longitud y fractura nasal, lesiones que tardaran en sanar más de 30 días. Posteriormente, en horas de la tarde del miércoles 14 de agosto de 2024 mientras la víctima de iniciales f.e.c.p se encontraba en la feria de ganado de la ciudad de freire fue abordado por Edgardo Villagrán leal, y su hijo Matías Villagrán, quienes, en contra de la voluntad, previa intimidación, lo obligaron subirse a la camioneta marca Chevrolet, modelo silverado, blanca, en la que se trasladaban los imputados. Para tales efectos el imputado Matías Villagrán al momento de abordar a la víctima le exhibió un arma aparentemente de fuego que portaba al cinto, mientras que Andrés lo tomó de la chaqueta, subiéndolo a la parte trasera del vehículo. Con la víctima en su poder los imputados s
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11, 15, 30, 50, 70, y demás pertinentes del Código Penal; SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a BERNARDO ISMAEL PAILLALEF OVANDO, ya individualizado como autor del delito consumado de secuestro del artículo 141 inc. 3° en relación al artículo 142 bis del Código Penal, a la pena de 290 días de presidio menor en su grado mínimo y suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por los
Texto Completo (Preview)
RIT: 1729-2024 RUC: 2400959848-7 TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Pitrufquén IMPUTADO: BERNARDO ISMAEL PAILLALEF OVANDO CÉDULA DE IDENTIDAD: 0021271826-2 DOMICILIO: Calle Aníbal Pinto Nº 778, Gorbea IMPUTADO: YAHIR ANDRÉS CABELLO REYES CÉDULA DE IDENTIDAD: 0021719954-9 DOMICILIO: Calle Aníbal Pinto Nº 778, Gorbea PROCEDIMIENTO: Abreviado DELITO: Secuestro y lesiones graves ATENUANTES: 11 N° 9 Códi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica