VIÑA FARIÑA S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO LIMARI - OVALLE
Rol
I-6-2022
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Visto las reclamaciones, oído a las partes y
Fundamentos
considerando: Hecho conforme a lo establecido en el inciso final del artículo 501 del Código del Trabajo. Visto las reclamaciones, oído a las partes y considerando entonces: PRIMERO: Que, comparece ante este tribunal, Don Omar Carlos Jesús Vargas Páez, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N°13.021.546-7, en representación judicial de VIÑA FALERNIA S.A., persona jurídica de derecho privado del giro cultivo de uva para vinos-agroindustria, de Rol Único Tributario N°96.877.530-8, representada legalmente por don Giorgio Flessati, italiano, casado, enólogo, cédula de identidad para extranjeros N°21.700.793-3, todos con domicilio en Ruta D-41, Kilometro 52, sector El Monte, comuna de Vicuña, Provincia del Elqui, Región de Coquimbo; interponiendo reclamación judicial en procedimiento de reclamación de multas y demás resoluciones administrativas, que se rigió en este caso de acuerdo al procedimiento monitorio, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 3° y 4° del artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo, comuna de Vicuña, Rol Único Tributario N°61.502.000-1, representada legalmente por su Inspector Jefe del Trabajo de Vicuña, doña Patricia Alejandra Rodríguez Parra, chilena, casada, funcionario público, cédula de identidad N° 13.224.154-6, domiciliado para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins N° 573, comuna de Vicuña, solicitando se dejara sin efecto la Resolución N° 406-4539/2022 de fecha 14 de septiembre 2022, la que resolvió rechazar sustitución de resolución de multa por la incorporación a un programa de asistencia al cumplimiento, interpuesta por dicha parte con fecha 29 de agosto año 2022. SEGUNDO: Que, la demandada contestó la demanda o la reclamación en esta audiencia única y luego de lo anterior, se llamó a las partes a conciliación la que se tuvo por frustrada, por lo tanto se fijaron hechos no controvertidos y el hecho sobre el cual debía recaer la prueba en este juicio, consistente en la efectividad de que la Resolución Exenta N° 406-4539/2022 de fecha 14 de septiembre 2022 haya sido pronunciada con una errónea apreciación de los hechos y del derecho. Hechos y circunstancias que así lo acrediten y, a continuación de aquello, las partes señalaron sus medios de prueba, los que fueron incorporados en este audiencia única los días 10 y 17 de febrero de este año 2023 y, que una vez incorporadas las pruebas de las partes en esta audiencia, se formularon las respectivas observaciones a la prueba. TERCERO: Que, resulta útil recordar que nuestro legislador laboral estableció dos procedimientos de reclamo judicial diversos para las fiscalizaciones administrativas y sus sanciones, el primero dispuesto en el inciso tercero del artículo 503 del Código del Trabajo, que se tuvo para reclamar de la multa administrativa impuesta por el Inspector del trabajo, mientras que el segundo señalado en el artículo 512 del mismo cuerpo legal, tiene por objeto reclamar en contra de la resolución emitida por
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que, se rechaza la reclamación judicial interpuesta por don Omar Carlos Jesús Vargas Páez, abogado, en representación judicial de VIÑA FALERNIA S.A., persona jurídica de derecho privado, representada legalmente por don Giorgio Flessati, todos con domicilio en Ruta D-41, Kilometro 52, sector El Monte, comuna de Vicuña, Provincia del Elqui, Región de Coquimbo; en contra de la Inspección Provincial del Trabajo, comuna de Vicuña, representada legalmente por su Inspector Jefe del Trabajo de Vicuña, doña Patricia Alejandra Rodríguez Parra, domiciliado para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins N° 573, comuna de Vicuña, que solicitaba dejar sin efecto la Resolución N° 406-4539/2022 de fecha 14 de septiembre 2022, que rechazó la sustitución de resolución de multa por la incorporación a un programa de asistencia al cumplimiento, interpuesta por dicha parte con fecha 29 de agosto año 2022. II.- Que, no se condena en costas a la reclamante por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese vía correo electrónico y archívese si no se apelare. Los intervinientes no se pronuncian respecto a la renuncia a los plazos legales para recurrir la presente sentencia. Se tiene por notificada a las partes de lo resuelto por encontrarse presentes en esta audiencia mediante sus respectivos abogados. RIT: I-6-2022 Dirigió la audiencia y resolvió, don ANDRÉS EDUARDO PEREIRA LOBOS Juez del Juzgado de Letras y Familia de Vicuña. Se deja constancia que e
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO RECLAMO MULTA ADMINISTRATIVA FECHA Vicuña, diecisiete de febrero de dos mil veintitrés. RUC 22-4-0432776-7 RIT I-6-2022 MAGISTRADO ANDRÉS EDUARDO PEREIRA LOBOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Beatriz Gálvez Macaya SALA 1 HORA DE INICIO 09:40 HORA DE TERMINO 10:42 RECLAMANTE Viña Falernia S.A, RUT N°96.877.530-8, representada leg
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica