VICTOR HUGO ROMALDINI E.I.R.L./IBÁÑEZ
Rol
C-620-2022
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 346 N° 3, y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1545, 1698 y 1977 del Código Civil; y Ley N° 18.101 y sus modificaciones de la Ley N° 19.866; más demás disposiciones que resulten aplicables; SE RESUELVE: I.- Que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de folio 1, en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, respecto del departamento 906, ubicado en Avenida Apoquindo N° 7910, comuna de Las Condes. II.- Que se acoge la acción de cobro de rentas en la forma dispuesta en el
Fundamentos
considerando quinto de esta sentencia. III.- Que se ordena a la demandada restituir el inmueble singularizado en el punto uno precedente, completamente desocupado, dentro de décimo día, contado desde que la presente sentencia cause ejecutoria, con el pago al día y hasta la restitución efectiva, de la renta y de los consumos por servicios básicos domiciliarios que correspondan, de conformidad a lo estipulado por las partes en la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento y lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 18.101. IV.- Que se omite pronunciamiento sobre la acción subsidiaria de desahucio. V.- Que se condena en costas a las demandadas. Regístrese y notifíquese Pronunciada por Luis Eduardo Quezada Fonseca, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-27T10:52:48-0400
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 346 N° 3, y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1545, 1698 y 1977 del Código Civil; y Ley N° 18.101 y sus modificaciones de la Ley N° 19.866; más demás disposiciones que resulten aplicables; SE RESUELVE: I.- Que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de folio 1, en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, respecto del departamento 906, ubicado en Avenida Apoquindo N° 7910, comuna de Las Condes. II.- Que se acoge la acción de cobro de rentas en la forma dispuesta en el considerando quinto de esta sentencia. III.- Que se ordena a la demandada restituir el inmueble singularizado en el punto uno precedente, completamente desocupado, dentro de décimo día, contado desde que la presente sentencia cause ejecutoria, con el pago al día y hasta la restitución efectiva, de la renta y de los consumos por servicios básicos domiciliarios que correspondan, de conformidad a lo estipulado por las partes en la cláusula cuarta del contrato de arrendamiento y lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 18.101. IV.- Que se omite pronunciamiento sobre la acción subsidiaria de desahucio. V.- Que se condena en costas a las demandadas. Regístrese y notifíquese Pronunciada por Luis Eduardo Quezada Fonseca, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-620-2022 CARATULADO : VICTOR HUGO ROMALDINI E.I.R.L./IBÁÑEZ Santiago, veintisiete de Abril de dos mil veintidós VISTO. A folio 1, comparece el abogado Hugo Almandoz Flores, en representación convencional de la empresa Víctor Hugo Romaldini EIRL, persona jurídica de derecho privado, repr
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