PERRET/
Rol
V-300-2021
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-300-2021 CARATULADO : PERRET/ Santiago, veintis is de Abril de dos mil veintid sé ó Vistos. A folio 1 comparece debidamente representado don Raúl Bernardo Perret Pidal, chileno, casado, ingeniero químico, cédula nacional de identidad número 7.078.755-5, domiciliado para estos efectos en Camino Santa Marta Nº 900, comuna de Maipú, quien expone: Que a través de esta presentación solicita que se sirva autorizar para disponer, a título de donación, y por causa de mera liberalidad, del inmueble de su propiedad singularizado más adelante, transfiriendo su propiedad plena a doña Eliana Estela Llantén Zapata, Psicóloga, cédula identidad número 13.443.388-4, domiciliada en Los Ciruelos de San Luis, pasaje 16, casa 0724, comuna de Talagante. Que el inmueble respecto al cual solicito la autorización indicada corresponde, según sus títulos a la propiedad ubicada en calle Hamburgo Nº 75, Malloco, comuna de Peñaflor, Provincia de Talagante, que corresponde al lote número siete, del plano de subdivisión del inmueble denominado resto de la propiedad que corresponde a parte de la Hijuela “La Cuadra” o “El Quillay” del Fundo La Esperanza, hoy denominado La Ponderosa, archivado al final del Registro de Propiedad de 1997, bajo el Nº 223, y deslinda: AL NORTE, en quince metros ochenta centímetros con lotes ocho y nueve de la sucesión de don Enrique Haag Haag, hoy de don P. Zahlhaas; AL Foja: 1 SUR, en igual dimensión con calle Hamburgo, antes calle interior; AL ORIENTE, en veintiséis metros treinta y seis centímetros con lote cinco de la subdivisión; y AL PONIENTE, en veintiséis metros veintinueve centímetros con lote número nueve de la subdivisión. Que adquirió el inmueble anterior por medio de Escritura Pública de compraventa celebrada con fecha 21 de abril de 2021, otorgada ante Notario Público de Santiago de doña Nancy de la Fuente, siendo inscrito a fojas 1548, número 201
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Que el donante expresa su deseo de hacer la donación a título de mera liberalidad. Foja: 1 SEGUNDO. Que el donante ha rendido información sumaria de testigo que acredita que su situación patrimonial le permite efectuar la proyectada donación sin mayor compromiso social y el informe del Servicio de Impuestos Internos, que acredita el pago del impuesto correspondiente en arcas fiscales, antecedentes suficientes que permiten hacer lugar a la insinuación. TERCERO. Que con el mérito de los documentos aportados por la peticionaria en el sistema computacional de la oficina judicial virtual, los que se dan por reproducidos, los cuales acreditan su capacidad económica así como también el parentesco entre donante y donatario. Y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, 1401 del Código Civil y Ley N° 16.271,
Fallo
se resuelve: Que se autoriza a don Raúl Bernardo Perret Pidal, a efectuar la donación solicitada por mera liberalidad, a Eliana Estela Llantén Zapata, cédula identidad número 13.443.388-4 del inmueble ubicada en calle Hamburgo Nº 75, Malloco, comuna de Peñaflor, Provincia de Talagante, que corresponde al lote número siete, del plano de subdivisión del inmueble denominado resto de la propiedad que corresponde a parte de la Hijuela “La Cuadra” o “El Quillay” del Fundo La Esperanza, hoy denominado La Ponderosa, archivado al final del Registro de Propiedad de 1997, bajo el Nº 223, y deslinda: AL NORTE, en quince metros ochenta centímetros con lotes ocho y nueve de la sucesión de don Enrique Haag Haag, hoy de don P. Zahlhaas; AL SUR, en igual dimensión con calle Hamburgo, antes calle interior; AL ORIENTE, en veintiséis metros treinta y seis centímetros con lote cinco de la subdivisión; y AL PONIENTE, en veintiséis metros veintinueve centímetros con lote número nueve de la subdivisión. Foja: 1 Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. DICTADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Abril de dos mil veintid sé ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abri
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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-300-2021 CARATULADO : PERRET/ Santiago, veintis is de Abril de dos mil veintid sé ó Vistos. A folio 1 comparece debidamente representado don Raúl Bernardo Perret Pidal, chileno, casado, ingeniero químico, cédula nacional de identidad número 7.078.755-5, domiciliado para estos efectos en Ca
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