23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/FERNÁNDEZ

Rol

C-2274-2021

Fecha

25 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Comparecieron Denisse Alejandra Barraza D az y Leonel Contrerasí Carrasco, abogados y mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente generalí se or Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representanteñ convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria del giro de suó denominaci n, representada por su gerente general se or Eduardoó ñ Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Compa a N 1390 piso 5, comuna y ciudad de Santiago,ñí ° quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Carlos Alberto Fern ndez Rivas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio Alonso deá ó Camargo N 8916, comuna de Las Condes de esta ciudad.° A folio 10 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 15 del cuaderno principal consta la notificaci n personaló subsidiaria al ejecutado. Asimismo a folio 3 del cuaderno de apremio consta haberse efectuado el requerimiento de pago. A folio 17 compareci el ejecutado, quien dentro de plazo opuso a laó ejecuci n la excepci n contenida en el numeral 14 , esto es, La nulidad deó ó ° “ la obligaci n ; ambos del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, yó ” í ó la del numeral 7 , esto es, Falta de alguno de los requisitos o condiciones° “ establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente sea en relaci n con el demandado .ó ” C-2274-2021 Foja: 1 A folio 19 se tuvo por opuestas las excepciones, confiri ndose trasladoé de ellas al ejecutante. A folio 20 el ejecutante evacu el traslado conferido solicitando eló rechazo de las excepciones, con costas. A folio 21 se tuvo por evacuado el traslado de la ejecutante. A su vez se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recae

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparecieron Denisse Alejandra Barraza D az yí Leonel Contreras Carrasco, abogados y mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por suí gerente general se or Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial,ñ representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancariaó del giro de su denominaci n, representada por su gerente general se oró ñ Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Compa a N 1390 piso 5, comuna y ciudad deñí ° Santiago, quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Carlos Alberto Fern ndez Rivas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio Alonsoá ó de Camargo N 8916, comuna de Las Condes de esta ciudad, solicitando se° despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $3.080.806.- por concepto de saldo de capital adeudado, m s losá intereses correspondientes, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Expusieron que su representada es due a del pagarñ é suscrito por Yenifer Suazo Suazo y por H ctor Moreno Flores, ambos en representaci né ó C-2274-2021 Foja: 1 del Banco de Chile y estos a su vez en representaci n del deudor, por unó capital original de $3.417.701.-, capital al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual de 1,51%, seg n se se ala en el mismo documento.é ú ñ El capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 60 cuotasó í de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 59 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $90.017.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 13 de septiembre del 2019 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada.- y unaá ltima cuota por el monto y vencimiento que se indica en el mismo t tuloú í que sirve de fundamento a esta demanda. Se hace presente que como se estipulo en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadasé incluye pago de capital e intereses. Se pact que el simple retardo y/o mora en el pago ntegro yó í oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chileí para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como de plazo vencidoá ó El deudor s lo pag hasta la cuota N 11 inclusive, con lo queó ó ° amortiz el capital hasta por la cantidad de $336.895.-, habiendo dejado deó pagar la cuota N 12 con vencimiento al 13 de agosto del 2020, restando en° consecuencia un saldo de capital adeudado de $3.080.806.-, a la que se deben adicionar los intereses penales correspondiente a la fecha de su pago efectivo. Por ltimo afirm que el deudor liber al Banco de la obligaci n deú ó ó ó Protesto, que la firma del suscriptor(a) fue autorizada por un notario, por lo que dicho documento tiene m rito ejecutivo y la obligaci n es l quida,é ó í actualmente exigible y su acci n no se encuentra prescrita.ó Segund

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recaer, rindi ndoseó é aquella que consta en autos. Resoluci n interlocutoria que constaó debidamente notificada a ambas partes a folios 23 y 24 respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226 se dispuso su reactivaci n añ í ° ° ó folio 28. A folio 33 se cit a las partes a o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que comparecieron Denisse Alejandra Barraza D az yí Leonel Contreras Carrasco, abogados y mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por suí gerente general se or Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial,ñ representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancariaó del giro de su denominaci n, representada por su gerente general se oró ñ Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Compa a N 1390 piso 5, comuna y ciudad deñí ° Santiago, quienes interpusieron demanda ejecutiva en contra de Carlos Alberto Fern ndez Rivas, ignoran profesi n u oficio, con domicilio Alonsoá ó de Camargo N 8916, comuna de Las Condes de esta ciudad, solicitando se° despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la sumaó de $3.080.806.- por concepto de saldo de capital

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C-2274-2021 Foja: 1 FOJA: 29 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2274-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/FERN NDEZÁ Santiago, veinticinco de Abril de dos mil veintid s.ó Visto: Comparecieron Denisse Alejandra Barraza D az y Leonel Contrerasí Carrasco, abogados y mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros,

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