BANCO DE ESTADO DE CHILE/NAVARRETE
Rol
C-409-2021
Fecha
25 de abril de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1, con fecha 26 de febrero de 2021, comparece don Maximiliano S nchezá Derio, abogado, mandatario judicial en representaci n convencional del Banco deló Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado, domiciliado en Avda.ó é Libertador Bernardo O Higgins N 1111, piso 8 , Comuna de Santiago, por el´ º º ejecutante; interponiendo demandada de cobro de pagar , en contra de don é Fabi ná Mauricio Navarrete Molina, ignora profesi n u oficio, con domicilio en ó Los Fresnos 436, Villa Ed n, San Clemente, se alando al efecto que su representado es due o del pagaré ñ ñ é suscrito por el ejecutado en su calidad de deudor principal, por la suma de $4.804.102, por concepto de capital, que el deudor se oblig a pagar en ó 36 cuotas mensuales, por las sumas que indica, venciendo la primera de ellas el d a í 05 octubre 2020. Refiere que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al 05 Noviembre 2020, inclusive, y todas las posteriores, por lo que el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $4.697.712 m s los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta elá completo pago de la deuda, m s las costas de esta causa, solicitando, en definitiva, que seá tenga por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, admitirla a tramitaci nó y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la referidaó suma, m s intereses pactados y costas y disponer se siga adelante esta ejecuci n hastaá ó que a su representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. A folio 10, con fecha 16 de marzo de 2021, comparece don Fabi n Mauricioá Navarrete Molina, dependiente, domiciliado para estos efectos en calle 1 Poniente 1258 Oficina 1211, Edificio Plaza Poniente, Talca, oponiendo la excepci n contenida en el ó Nº 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, solicitando que se declareí ó admisible, sea acogida y ni
Fundamentos
considerando: En cuanto a la objeci n de documentos.ó Primero: Que el ejecutado, al segundo otros del Folio 10, objet el pagarí ó é acompa ado por la ejecutante, que es el t tulo fundante de la ejecuci n de acuerdo a loñ í ó dispuesto en el art culo 346 n 3 del C digo de Procedimiento Civil, pues no consta suí º ó autenticidad ni integridad y la firma del suscriptor fue autorizada por notario p blico, sinú se alar el medio por el cual le consta la identidad del suscriptor, conforme lo expresadoñ al oponer sus excepciones. Segundo: Que, el actor evacu el traslado conferido en relaci n a la objeci n yaó ó ó referida, se alando que el pagar de autos goza de total fuerza ejecutiva y que cumpleñ é cabalmente lo establecido por Ley para su firma e integridad, solicitando que se rechace la objeci n planteada por la contraparte, con expresa condenaci n en costas.ó ó Tercero: Que, en cuanto a la objeci n de documentos en estudio, sta seró é á rechazada, por cuanto los motivos en que se apoya, son los mismos planteados en la discusi n de fondo, y que escapan de los fundamentos propios de la objeci nó ó propiamente tal, diciendo relaci n precisamente con la oposici n de excepciones, lo queó ó resulta inadmisible; por lo dem s, de la revisi n del documento, consta que ste seá ó é encuentra ntegro y que ninguna pieza le falta, por lo que no tiene asidero la alegaci ní ó de falta de integridad as como tampoco la de carencia de autenticidad.í En cuanto al fondo: Cuarto: Que, a folio 1, con fecha 26 de febrero de 2021, comparece Maximiliano S nchez Derioá , abogado, mandatario judicial en representaci nó convencional del Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado,ó é domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1111, piso 8 ,´ º º Comuna de Santiago, interponiendo demanda de cobro de pagar en contra de don Fé abi n Mauricioá Navarrete Molina, ignora profesi n u oficio, con domicilio en ó Los Fresnos 436, Villa Ed n, San Clemente, se alando al efecto que su ré ñ epresentado es due o del pagar que señ é acompa a en la demanda, que fue suscrito por ejecutado en su calidad de deudorñ principal. Indica que dicho pagar fue suscrito por la suma de é $4.804.102, por concepto de capital, m s un inter s del á é 0,79% mensual, que el deudor se oblig a pagar en ó 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $154.463 cada una, salvo la ltima que ser a deú í $154.472, venciendo la primera de ellas el d a í 05 octubre 2020. Precisa que se estableci en el pagar que en caso de no pago oportuno de una oó é m s cuotas de la obligaci n, el deudor est obligado a pagar, desde el incumplimiento, elá ó á inter s m ximo convencional que rija a la fecha de suscripci n del mismo, y sin perjuicioé á ó de los dem s derechos del acreedor el Banco del Estado de Chile podr a hacer exigibleá í la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido. Se ala que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento ñ el 05 noviembre 2020, inclusive, y toda
Fallo
se declara admisible la excepci n y seó recibe la causa a prueba. A folio 36, con fecha 20 de abril de 2022, se cita a las partes a o r sentencia.í Foja: 1 Y considerando: En cuanto a la objeci n de documentos.ó Primero: Que el ejecutado, al segundo otros del Folio 10, objet el pagarí ó é acompa ado por la ejecutante, que es el t tulo fundante de la ejecuci n de acuerdo a loñ í ó dispuesto en el art culo 346 n 3 del C digo de Procedimiento Civil, pues no consta suí º ó autenticidad ni integridad y la firma del suscriptor fue autorizada por notario p blico, sinú se alar el medio por el cual le consta la identidad del suscriptor, conforme lo expresadoñ al oponer sus excepciones. Segundo: Que, el actor evacu el traslado conferido en relaci n a la objeci n yaó ó ó referida, se alando que el pagar de autos goza de total fuerza ejecutiva y que cumpleñ é cabalmente lo establecido por Ley para su firma e integridad, solicitando que se rechace la objeci n planteada por la contraparte, con expresa condenaci n en costas.ó ó Tercero: Que, en cuanto a la objeci n de documentos en estudio, sta seró é á rechazada, por cuanto los motivos en que se apoya, son los mismos planteados en la discusi n de fondo, y que escapan de los fundamentos propios de la objeci nó ó propiamente tal, diciendo relaci n precisamente con la oposici n de excepciones, lo queó ó resulta inadmisible; por lo dem s, de la revisi n del documento, consta que ste seá ó é encuentra ntegro y que ninguna pieza le falta, por
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Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-409-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/NAVARRETE Talca, veinticinco de Abril de dos mil veintid s.ó Visto: A folio 1, con fecha 26 de febrero de 2021, comparece don Maximiliano S nchezá Derio, abogado, mandatario judicial en representaci n convencional del Banco deló Estado de Chile
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