SUÁREZ/INVERSIONES G & G LIMITADA
Rol
O-215-2023
Fecha
16 de febrero de 2023
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Atendida la rebeldía de la demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de la parte demandante: En base a lo anteriormente expuesto respecto a la incomparecencia de la demandada y en virtud del artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, la demandante solicita se dicte sentencia en esta audiencia. El tribunal resuelve: Atendidas las facultades establecidas en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, el tribunal omitirá la recepción de la causa a prueba y dictará sentencia en el acto. CONSTANCIA: Se deja constancia que el Tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA: Santiago, 16 de febrero del 2023 VISTOS, OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1, 5 y siguientes, 7 y siguientes, 63, 68 y siguientes, 73, 160, 162, 168, 171, 172, 173, 425 del Código del trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda promovida por la señora PAMELA ANDREA SUÁREZ SUÁREZ en contra la INVERSIONES G & G LIMITADA, declarándose que el auto despido de la actora se encuentra ajustado a derecho, debiendo la demandada pagar las siguientes prestaciones: a) $639.634, por indemnización sustitutiva de aviso previo; b) $7.035.964, por indemnización por años de servicios; c) $3.517.982, por el incremento legal contenido en el artículo 171 del Código del Trabajo; d) $361.921, por proporcional; e) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido indirecto hasta su convalidación mediante el pago de íntegro de sus cotizaciones de seguridad social. f) Cotizaciones de seguridad social en los términos indicados en los numerales Quinto y Sexto del Considerando Cuarto. II.- Que las prestaciones contenidas en los literales a), b) y c) del románico precedente se reajustarán y devengarán intereses según lo consigna el artículo 173 del Código del Trabajo. Por su parte, aquellas señaladas en las letras d y f) se reajustarán y devengarán intereses según lo señala el artículo 63 del mismo cuerpo legal. III.- Que cada parte pagará sus costas. IV.- Ejecutoriada que sea la p
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario (Audiencia Remota) FECHA 16/02/2023, Santiago RUC 23-4-0452402-K RIT O-215-2023 CARATULADO SUÁREZ/INVERSIONES G & G LIMITADA MAGISTRADO MAURICIO GUAJARDO ESPINOZA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vicente Hernández Labarca HORA DE INICIO 9:23 HORA DE TÉRMINO 9:45 SALA Sala 5.4 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340452402-K-1348 PARTE DEMANDANTE
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