14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN ALONSO ARANA RAMÍREZ

Rol

O-2521-2025

Fecha

16 de marzo de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 7 de mayo de 2025, aproximadamente a las 16.30 horas, en circunstancias que la víctima Jennifer Sandia Cárcamo se encontraba en el interior de un Bus del Transantiago, que se desplazaba por Avenida Vicuña Mackenna Poniente al llegar a la intersección con Avenida Departamental, en la comuna de La Florida; fue abordada por el imputado CRISTIAN ALONSO ARANA RAMÍREZ quien se abalanza sobre ella para sustraerle su teléfono celular IPhone, pero la víctima se resiste y el imputado la empuja, cayendo aquélla al suelo de cúbito abdominal lo que le causó diversas contusiones en su cuerpo, de carácter leve. Luego de ello, el imputado se baja del Bus con la especie en su poder. La víctima presentaba, además, 35 semanas y 3 días de embarazo, al momento del hecho.” SE RESUELVE: I. Que se CONDENA a CRISTIAN ALONSO ARANA RAMÍREZ, ya individualizado, en calidad de autor del delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero del Código Penal, en grado de consumado a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, ello en razón del hecho cometido el día 7 de mayo de 2025 en la Comuna de la Florida II. Que la pena impuesta debe ser cumplida de manera efectiva, atendida la imposibilidad de sanciones sustitutivas, sirviéndole abono el periodo que ha permanecido detenido y sujeto a prisión preventiva desde el 7 de mayo hasta el 11 de agosto de 2025 y desde el 29 de agosto de 2025 hasta la fecha, haciendo presente que entre el 12 y el 28 de agosto de 2025 cumplió pena de 21 días por causa Rit 10003-2015 del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. III. Que se dispone la toma de muestra genética para ser incorporada al registro respectivo de conformidad al artículo 17 de la ley 19.970. IV. Que se exime de las costas al imputado en atención a su aceptación

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se CONDENA a CRISTIAN ALONSO ARANA RAMÍREZ, ya individualizado, en calidad de autor del delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero del Código Penal, en grado de consumado a sufrir la pena de tres años y un día de presidio menor en grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, ello en razón del hecho cometido el día 7 de mayo de 2025 en la Comuna de la Florida II. Que la pena impuesta debe ser cumplida de manera efectiva, atendida la imposibilidad de sanciones sustitutivas, sirviéndole abono el periodo que ha permanecido detenido y sujeto a prisión preventiva desde el 7 de mayo hasta el 11 de agosto de 2025 y desde el 29 de agosto de 2025 hasta la fecha, haciendo presente que entre el 12 y el 28 de agosto de 2025 cumplió pena de 21 días por causa Rit 10003-2015 del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. III. Que se dispone la toma de muestra genética para ser incorporada al registro respectivo de conformidad al artículo 17 de la ley 19.970. IV. Que se exime de las costas al imputado en atención a su aceptación de abreviado. Ejecutoriada cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. LAS DEFENSA NO RENUNCIA A LOS PLAZOS. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro ofici

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL :14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2500630225-7 RIT : 2521 - 2025 IMPUTADO : CRISTIAN ALONSO ARANA RAMÍREZ Cédula de Identidad : 18.279.498-8 Fecha de nacimiento : 12/05/1993 Domicilio : Pasaje Estación Chirre Nº 343, Puente Alto. PROCEDIMIENTO : Abreviado Fecha de sentencia : Dieciséis de marzo de dos mil veintiséis. JUEZ : VERÓNICA TOLEDO LÓPEZ Hechos “El día 7 de mayo de 2025

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