1º Juzgado Civil de Valdivia

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PÉREZ

Rol

C-1217-2020

Fecha

25 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Al folio 1, don BERNARDO ANDR S AEDO CERNAÉ , abogado, con domicilio en Calle Arauco n 163, II Piso, Oficina 24, Valdivia, enº representaci n del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ , Sociedad Bancaria, con domicilio en Calle Arauco N 101, Valdivia, deduce° demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do a é ñ KATHERINE ALEJANDRA P REZ RIFFOÉ , empleada particular, con domicilio en calle Santa Martina n 4056, Valdivia, por las razones que expone.° Se alan que su representado es due a de un pagar extendido por lañ ñ é suma de $5.285.651 pesos, asociado a la operaci n interna N 0-484-75-ó º 00309-0, y suscrito a su orden - con fecha 10 de Octubre de 2017, por– do a Katherine Alejandra P rez Riffo, ya individualizada. Su firma fueñ é autorizada ante Notario P blico.ú La deudora se comprometi a pagar la obligaci n, y el inter só ó é convenido del 1,3600% mensual vencido, en 84 cuotas, mensuales iguales y sucesivas de $109.589 pesos cada una, que incluyen el inter s mensualé pactado, con vencimiento los d as que se expresan en el pagar , a contar delí é 10 de Enero de 2018, con vencimiento la ltima de ellas al 10 de– ú – Diciembre de 2024. Se estipul que el no pago oportuno de una cualquiera de las cuotasó de capital y/o de intereses comprendidas en esta obligaci n, dar derecho aló á acreedor a hacer exigible de inmediato y anticipadamente el monto total del saldo insoluto adeudado a la fecha de incumplimiento, l que desde esaé misma fecha se considerar de plazo vencido y devengar en favor delá á acreedor el inter s m ximo convencional.é á La deudora no pag la cuota N 21 correspondiente al 10 deó º Septiembre de 2019, y siguientes, por lo se ha hecho exigible el total adeudado y que asciende a la suma de $4.027.136 pesos, m s el inter sá é penal pactado, y costas. Por estas consideraciones y disposiciones legales que se ala pide tenerñ por deducida demanda ejecutiva contra do a Katherine Alejandra P rezñ é Riffo, ya individualizada, acogerla a tramitaci n, des

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante pidi tener por deducidaó demanda ejecutiva en contra de do a Katherine Alejandra P rez Riffo, yañ é individualizada, acogerla a tramitaci n, despachar el mandamiento deó ejecuci n y embargo por la suma de $4.027.136 pesos, y seguidos losó tr mites de rigor, condenando al ejecutado, ordene proseguir la ejecuci ná ó hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, m sá intereses moratorios pactados en el propio pagar , y costas.é SEGUNDO: Consta en autos la custodia N 826-2020, del Pagar° é N 0-484-75-00309-0, firmada por la suscriptora, y ahora ejecutada,° autorizada por la Notario P blico Carmen Podlech Michaud, con fecha 10ú de octubre de 2017. TERCERO: Al folio 7, el ejecutado opuso la excepci n del N 7 deló º art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil; o sea, La falta de algunoí ó “ de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n alí ó demandado .” Funda esta excepci n en el hecho que la firma del suscriptor no haó sido autorizada ante Notario P blico de conformidad a la ley.ú Dispone el art culo 425 del C digo Org nico de Tribunales que losí ó á notarios podr n autorizar las firmas que estampen en documentos privados,á siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes y dejen constancia de la fecha en que firman. Es del caso se alar, que jam s concurri o compareci a estamparñ á ó ó ante Notario la firma puesta en el pagar en que se funda la ejecuci n.é ó Pues bien, conforme lo ha establecido la doctrina y la jurisprudencia de nuestros Tribunales Superiores, el derecho notarial es una disciplina que desde sus or genes y hasta nuestros d as, tiene como funci n la deí í ó solemnizar y dar fe de los m s variados acuerdos, contratos, y actos que soná fuente de derechos y obligaciones que los hombres puedan convenir en el desarrollo natural de su libertad contractual y m s en general, de suá autonom a de la voluntad. Un autor a se alado que "el notario desempe aí ñ ñ sus funciones con toda la jerarqu a de un servidor p blico, cuyo ministerioí ú es el m s alto concepto de la responsabilidad profesional. En sus manos seá encomienda la tuici n de intereses cuantiosos, como tambi n delicadasó é cuestiones patrimoniales y de familia. Por todo lo expuesto, el notario debe tener, como pocos, un sentido permanente de rectitud y escrupulosidad personal, para que el p blico respete su investidura y sea absolutoú merecedor de su confianza" ( tica. Moral Profesional. Deberes NotarialesÉ . Roque V. Pondal. Primer Congreso Internacional del Notariado Latino. 1988). Respecto a la funci n a que hace referencia el numeral 10 del art culoó í 401 del C digo Org nico de Tribunales, esto es, "autorizar las firmas que seó á estampen en documentos privados, sea en su presencia o cuya autenticidad les conste", es menester se alar que lo pretendido por el legislador al efecto,ñ al otorgar

Fallo

Por estas consideraciones y disposiciones legales que se ala pide tenerñ por deducida demanda ejecutiva contra do a Katherine Alejandra P rezñ é Riffo, ya individualizada, acogerla a tramitaci n, despachar el mandamientoó de ejecuci n y embargo por la suma de $4.027.136 pesos, y seguidos losó tr mites de rigor, condenando al ejecutado, ordene proseguir la ejecuci ná ó hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, m sá intereses moratorios pactados en el propio pagar , y costas.é Al folio 6 con fecha 24 de abril de 2020, se notific personalmente aó la demandada de la acci n ejecutiva deducida en su contra y se le requirió ó de pago. Al folio 7, el ejecutado opuso la excepci n del N 7 del art culo 464ó ° í del C digo de Procedimiento Civil.ó Al folio 10, el ejecutante evacu el traslado en tiempo y forma.ó Al folio 12, se declar admisible la excepci n opuesta y se recibi aó ó ó prueba. Al folio 27, se cit a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante pidi tener por deducidaó demanda ejecutiva en contra de do a Katherine Alejandra P rez Riffo, yañ é individualizada, acogerla a tramitaci n, despachar el mandamiento deó ejecuci n y embargo por la suma de $4.027.136 pesos, y seguidos losó tr mites de rigor, condenando al ejecutado, ordene proseguir la ejecuci ná ó hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado a su representada, m sá intereses moratorios pactados en el propio pagar , y costas.é SEGUNDO: Consta en autos la

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1217-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/P REZÉ É Valdivia, a veinticinco de abril del a o dos mil veintid s.ñ ó VISTOS Al folio 1, don BERNARDO ANDR S AEDO CERNAÉ , abogado, con domicilio en Calle Arauco n 163, II Piso, Oficina 24, Valdivia, enº representaci n del ó BANCO DE CR DITO E INVERSIONESÉ ,

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