Juzgado de Letras y Gar.de Nacimiento

PEÑA/ORTEGA

Rol

C-64-2020

Fecha

25 de abril de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE HACER, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y

Fundamentos

fundamentos de derecho en que se apoya, no se encuentran presente en esta acción ejecutiva, y es evidente, que de la sola lectura del libelo del ejecutante se advierten que hay defectos en la individualización de la parte ejecutada, y más aún en este caso se asumen obligaciones a nombre de representado, debería necesariamente haberse otorgado un poder especial notarial por escritura pública, lo cual no sucedió, más aun ni siquiera sale en la demanda ejecutiva quien suscribió dicho pagaré a nombre de su representado, domicilio, profesión u oficio del mismo, y más aún naturaleza de la representación que tiene este supuesto mandatario, todo lo cual configura que esta demanda ejecutiva sea ininteligible y le afecta esta excepción de ineptitud del libelo en el modo de proponer esta demanda ejecutiva. Así las cosas, expone en su libelo la parte ejecutante, que por sentencia definitiva, firme y ejecutoriada, dictada en proceso seguido ante el Juez de Letras En Lo Civil de Nacimiento, en causa ROL N° C- 496 -2015, caratuladas “Peña con Ortega”, de fecha 27 de Abril del año 2016", se condenó a don JOSE ANGEL MARIA ORTEGA ESPINOZA a dar cumplimiento al contrato de promesa de compraventa suscrito con don Celso Andrés Peña Burgos, con fecha 14 de Septiembre del año 2015 ante el Notario Público de Angol y Renaico, doña Esmirna Vidal Moraga, quedando firme y ejecutoriada el día 16 de Mayo de 2016 y sin embargo en este proceso judicial, se ha requerido a sus representadas doña CAMILA ISABEL ORTEGA ILLANES y a doña PAOLA ALEJANDRA para que dentro del plazo de 15 días proceda a cumplir con la obligación de a fin de que suscriban la venta definitiva sobre un inmueble rural ubicado en el Peral de la comuna de Los Sauces de la comuna de Malleco, de la Novena Región de una superficie de 57,53 hectáreas según plano 09206-19193-SR y cuyos deslindes especiales son LOTE A, de una superficie de 56,32 hectáreas y los siguientes deslindes: Norte, Luís Chacón Meza, en trazo AB, separado por cerco y camino público, de San Ramón a Los Sauces, en trazo CD; Este: Camino público de San Ramón a Los Sauces, en trazo BC y camino vecinal en trazo EF, que lo separa del lote B de la misma propiedad; Sur: camino vecinal en trazo DE, que lo separa del lote B de la misma propiedad y David Jara Osses, en trazo FG Inelda Gallegos Pereira, en trazo GH, en línea quebrada de dos parcialidades, ambos separado por cerco; Oeste: Omar Gutiérrez Cabeza, en trazo HI en 5 parcialidades y sucesión Concha Castillo, en trazo IA en tres parcialidades, ambos separados por cerco y LOTE B de 1,21 hectárea y los siguientes deslindes: Norte, camino vecinal en trazo ED que los separa del lote A de la misma propiedad; Este, camino público de San Ramón a Los Sauces; Sur: David Jara Osses, separado por cerco; Oeste: camino vecinal en trazo FE que los separa del lote A de la misma propiedad, Su rol de avalúo es el N° 219-20 de la ciudad de Los Sauces. Así esta ordenado en causa ROL C-496-2015 de este Tribunal, y

Fallo

Por tanto, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva de obligaciones de hacer en contra de CAMILA ISABEL ORTEGA ILLANES, y doña PAOLA ALEJANDRA ORTEGA CLOUET JOSE ANGEL MARIA ORTEGA ESPINOZA ya individualizadas, despachando mandamiento de ejecución en el que: (i) Se apremie a las ejecutadas a fin de que suscriban la venta definitiva sobre el predio indicado en lo principal de esta demanda vale decir: sobre un inmueble rural ubicado en el Peral de la comuna de Los Sauces de la comuna de Malleco, de la Novena Región de una superficie de 57,53 hectáreas según plano 09206- 19193- SR y cuyos deslindes especiales son: LOTE A, de una superficie de 56, 32 hectáreas y los siguientes deslindes: Norte, Luis Chacón Meza, en trazo AB, separado por cerco y camino público, de San Ramón a Los Sauces, en trazo CD; Este: Camino público de San ramón a los sauces, en Foja: 1 trazo BC y camino vecinal en trazo EF, que lo separa del lote B de la misma propiedad; Sur: camino vecinal en trazo DE, que lo separa del lote B de la misma propiedad y David Jara Osses, en trazo FG Inelda Gallegos Pereira, en trazo GH, en línea quebrada de dos parcialidades, ambos separado por cerco; Oeste: Omar Gutiérrez Cabeza, en trazo HI en 5 parcialidades y sucesión Concha Castillo, en trazo IA en tres parcialidades, ambos separados por cerco y LOTE B de 1, 21 hectárea y los siguientes deslindes: Norte: camino vecinal en trazo ED que los separa del lote A de la misma propiedad; Este, camino público de San Ramón a lo

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Nacimiento CAUSA ROL : C-64-2020 CARATULADO : PE A/ORTEGAÑ Nacimiento, veinticinco de abril de dos mil veintidós. 1°.- Que, el 19 de febrero de 2020, a folio 1, se presenta el abogado don HERNAN ALEJANDRO OSORIO OPAZO, Abogado, domiciliado en Calle Freire N° 399 de la ciudad de Nacimiento, en representación, en represent

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