11º Juzgado Civil de Santiago

DAIKIN AIRCONDITIONING CHILE S.A./INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CLIMAWEST LIMITADA

Rol

C-3333-2021

Fecha

22 de abril de 2022

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparecen don Carlos Bravo Illanes, factor de comercio, y doña Nicole Figueroa Jara, factor de comercio, ambos actuando en representación convencional de Daikin Airconditioning Chile S.A., del giro de su denominación, todos domiciliados en Av. Del Valle Sur N° 577, oficina 603, comuna de Huechuraba e interponen demanda ejecutiva de cobro de factura en contra de Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, sociedad del giro comercial, representada por don Alejandro Fritis Ferrera, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle San Ignacio de Loyola N° 1250, Santiago, y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 46.788.953 por concepto de capital con costas. Señala que su representada emitió la factura de venta de mercadería a Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, en la cual consta que dicha sociedad adeuda a su mandante la cantidad de $ 46.788.953 en capital por el siguiente concepto: Factura N° 7164, ascendente a la suma de $ 94.235.261, por la venta de mercaderías indicadas en dicho documento, emitida el 30 de abril de 2020 con vencimiento al 30 de mayo de 2020. La deudor efecto un abono de $ 47.447.308 por lo que adeuda un saldo de $ 46.788.953 por concepto de capital. Precisa que la factura electrónica no fue pagada en su respectiva fecha de vencimiento. LJB C-3333-2021 Foja: 1 Con el objeto de preparar la vía ejecutiva en contra de la deudora, de conformidad a los artículos 5 y 9 de la Ley 19983 sobre merito ejecutivo de la copia de la factura y 434 N° 7 del Código de Procedimiento Civil solicita se notifique la copia de la factura electrónica a la demandada en su calidad de obligada al pago bajo apercibimiento legal, con costas. Mediante escrito de 5 de julio de 2021, comparece doña Odette Meneses Fritis, abogada, en representación del ejecutado Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, quien se opuso a la ejecución y deduce la excepción de pago de la deuda fundada en que la ejecutante reconoc

Fundamentos

considerando: Primero: Comparecen don Carlos Bravo Illanes, factor de comercio, y doña Nicole Figueroa Jara, factor de comercio, ambos actuando en representación convencional de Daikin Airconditioning Chile S.A., del giro de su denominación, e interponen demanda ejecutiva de cobro de factura en contra de Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, sociedad del giro comercial, representada por don Alejandro Fritis Ferrera, y solicitan se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 46.788.953 por concepto de capital con costas. Fundan la acción en los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho referidos en la parte expositiva de la sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que emplazada legalmente la parte demandada deduce la excepción de pago de la deuda contemplada en el numeral 9° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundado en los antecedentes de hecho y de derecho que se dan por íntegramente reproducidos. Tercero: El ejecutante evacuo el traslado, solicitando que dicha excepción sea rechazada parcialmente con costas. Cuarto: Que, la excepción de pago de la deuda se recibió a prueba fijándose como punto sustancial, pertinente y controvertido: 1.- Si la deuda se encuentra pagada, sea total o parcialmente. LJB C-3333-2021 Foja: 1 Quinto: Que, para acreditar los fundamentos de su pretensión, la demandante produjo instrumental, consistente en: 1.- Factura electrónica N° 7164, emitida el 30 de abril de 2020 por la suma de $ 94.235.261, emitida por Daikin Airconditioning Chile S.A., a nombre de Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, junto con el pertinente Registro de Aceptación o reclamos del documento Tributario Electrónico. Sexto: La demandada, por su parte en su escrito de oposición a la ejecución y a fin de acreditar sus alegaciones produjo la instrumental, consistente en comprobantes de depósitos del Banco de Chile de fecha 7 de agosto de 2020, la suma de $ 40.000.000; de fecha 3 de septiembre de 2020, por la suma de $ 20.000.000; de fecha 4 de noviembre de 2020, por la suma de $ 5.000.000; de fecha 30 de diciembre de 2020, por la suma de $ 5.000.000 y de fecha 6 de abril de 2021, por la suma de $ 10.000.000. Séptimo: Respecto de la alegación formulada por el ejecutado cabe consignar que el pago en un modo de extinguir las obligaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1567 del Código Civil. El pago como modo de extinguir las obligaciones, es decir, como “solución o pago efectivo” está definido en el artículo 1568 del mismo cuerpo legal, como la prestación de lo que se debe, por ende, servirá para extinguir cualquier tipo de obligaciones, siempre y cuando éstas existan civil o naturalmente. Octavo: Que, cabe consignar que la documental acompañada por el ejecutado solo permiten concluir las fechas, montos y titular de la cuenta del Banco de Chile que efectuó los depósitos en favor del ejecutante, no aportando prueba adicional, todo lo cual no permite ten

Fallo

por lo expuesto, cabe concluir que en lo respecta a factura electrónica N° 7164, ascendente a la suma de $ 94.235.261, la deudora efectuó un abono de & 62.446.307, por lo que se adeuda un saldo de $ 31.788.954 por concepto de capital.- Atendido lo expuesto, dicha excepción debe ser rechazada parcialmente, con costas, en el sentido de que el saldo adeudado asciende a la cantidad de $ 31.788.954 por concepto de capital.- LJB C-3333-2021 Foja: 1 Por resolución de 12 de julio de 2021, se tuvo por evacuado el traslado de la excepción y se recibió a prueba la excepción de pago y finalmente se citó a las partes a oír sentencia. Con lo relacionado y considerando: Primero: Comparecen don Carlos Bravo Illanes, factor de comercio, y doña Nicole Figueroa Jara, factor de comercio, ambos actuando en representación convencional de Daikin Airconditioning Chile S.A., del giro de su denominación, e interponen demanda ejecutiva de cobro de factura en contra de Ingeniería y Construcciones Climawest Limitada, sociedad del giro comercial, representada por don Alejandro Fritis Ferrera, y solicitan se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $ 46.788.953 por concepto de capital con costas. Fundan la acción en los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho referidos en la parte expositiva de la sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que emplazada legalmente la parte demandada deduce la excepción de pago de la deuda contemplada en el numeral 9° del art

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C-3333-2021 Foja: 1 FOJA: 31 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3333-2021 CARATULADO : DAIKIN AIRCONDITIONING CHILE S.A./INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CLIMAWEST LIMITADA Santiago, veintid s de Abril de dos mil veintid só ó Vistos: Comparecen don Carlos Bravo Illanes, factor de comercio, y doña Nicole Figueroa Jara, factor de comercio, ambos actua

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