2º Juzgado de Letras de Quillota

OLIVARES/

Rol

V-99-2021

Fecha

22 de abril de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: PRIMERO. Con fecha 11 de diciembre de 2021, comparece doña Maria Angélica Alviña Sánchez, chilena, casada, Abogada, cédula nacional de identidad N°9.218.526-5.-, domiciliada en calle O’Higgins 345, ciudad y comuna de Quillota, Región de Valparaíso, quien actúa como mandataria judicial de don CARLOS MARCIAL OLIVARES QUIROZ, chileno, casado, agricultor, cédula nacional de identidad N°3.716.717-7, domiciliado en Augusto Best, Parcela 10, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso y solicita autorización judicial a don CARLOS MARCIAL OLIVARES QUIROZ, supletoriamente de la voluntad de su cónyuge, la autorización exigida por el artículo 1749 inciso 3° del Código Civil, para vender, ceder y transferir el inmueble individualizado en lo principal, por una suma total no inferior a $70.000.000.- Funda su petición señalando que don Carlos Marcial Olivares Quiroz es casado bajo régimen de sociedad conyugal con doña María Inés Olave Quiroz, chilena, labores de casa, cédula nacional de identidad N°4.297.587-77.-, domiciliada en Augusto Best, Parcela 10, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso. Señala que la sociedad conyugal que representa don Carlos Marcial Olivares Quiroz es dueña del Lote N°13 de la subdivisión de la Parcela N°8 de la subdivisión del Fundo Santa Rosa, ubicado en la comuna de La Cruz, que conforme al plano archivado bajo el N°718 del Registro de Documento s del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Quillota, tiene los siguientes deslindes particulares: al Norte, en 83,66 metros con Lote N°12 de la misma subdivisión; al Sur, en 82,34 metros con otros propietarios, zanjón de por medio; al Oriente, en 66,65 metros con propiedad del señor Alejandro Mendoza y, al Poniente, 63,09 metros con Lote N°1 del plano, servidumbre de por medio, encerrando una superficie aproximada de 0,538 metros cuadrados, inscrita a fojas 169 N°209 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Quillota del año 2016. El Rol de Avalúo de la propiedad es el N°113-12

Fallo

se resuelve: Que, se niega lugar a la solicitud de lo principal de la presentación de 11 de diciembre de 2021. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez titular. RIT« » Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, veintid s de Abril de dos mil veintid s.ó ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-22T13:24:17-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : V-99-2021 CARATULADO : OLIVARES/ Quillota, veintid s de Abril de dos mil veintid s.ó ó Vistos: PRIMERO. Con fecha 11 de diciembre de 2021, comparece doña Maria Angélica Alviña Sánchez, chilena, casada, Abogada, cédula nacional de identidad N°9.218.526-5.-, domiciliada en calle O’Higgins 345, ciuda

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