FISCO / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/
Rol
V-138-2021
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 14 de junio de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisco de Chile, ambos domiciliados en Arturo Prat Nº 847, oficina 202, de Temuco , quien señala que por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 253 de 6 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el día 1° de junio de 2021, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 5, Km. 642.241,50 al Km. 642.321,60, con una superficie de 1.215 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra Concesión Internacional Ruta 5, tramo Collipulli - Temuco. Sector: Calle De Servicio Lautaro Nor-Poniente. Km. 641.400,00 A Km. 643.900,00, que se encuentra ubicado en la Comuna de Lautaro y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 250- 270 de la comuna de Lautaro, siendo de acuerdo a éste su aparente propietaria Nelida Patricia Perez Mena. Agrega que en conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 212 de 27 de agosto de 2020, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 166 de 21 de abril de 2021, cuyas fotocopias autorizadas se acompañan, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de fecha 14 de octubre de 2020 que se acompaña, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $24.953.500, que dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisco y el expropiado respecto del monto de la indemnización, según lo establecido en el art. 17 inciso 1º del Decreto Ley 2186 antes citado, viene en consignar a la orden del Tribunal, mediante depósito en su cuenta
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 14 de junio de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisco de Chile, ambos domiciliados en Arturo Prat Nº 847, oficina 202, de Temuco, quien señala que por Decreto Supremo Exento del Ministerio de Obras Públicas Nº 253 de 6 de mayo de 2021, publicado en el Diario Oficial y en el Diario Austral de Temuco el día 1° de junio de 2021, el Fisco decretó la expropiación para sí del lote de terreno Nº 5, Km. 642.241,50 al Km. 642.321,60, con una superficie de 1.215 metros cuadrados, necesario para la ejecución de la obra Concesión Internacional Ruta 5, tramo Collipulli - Temuco. Sector: Calle De Servicio Lautaro Nor-Poniente. Km. 641.400,00 A Km. 643.900,00, que se encuentra ubicado en la Comuna de Lautaro y que se individualiza en los planos y cuadro de expropiaciones, elaborados por la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, que se aprueban en lo que respecta a dicho lote mediante el presente Decreto, teniendo el inmueble el rol de avalúo 250-270 de la comuna de Lautaro, siendo de acuerdo a éste su aparente propietaria Nelida Patricia Perez Mena. Agrega que en conformidad a lo dispuesto en el art. 4º del Decreto Ley 2186 de 1978, por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 212 de 27 de agosto de 2020, modificada por Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) Nº 166 de 21 de abril de 2021, cuyas fotocopias autorizadas se acompañan, se designó la Comisión de Peritos encargada de tasar el lote de terreno expropiado que, según consta del informe respectivo de fecha 14 de octubre de 2020 que se acompaña, fijó el monto provisional de la indemnización en la suma de $24.953.500, que dado que no se ha producido acuerdo entre el Fisco y el expropiado respecto del monto de la indemnización, según lo establecido en el art. 17 inciso 1º del Decreto Ley 2186 antes citado, viene en consignar a la orden del Tribunal, mediante depósito en su cuenta corriente, según consta del certificado de depósito que acompañará, la suma de $25.659.684, que corresponde al valor fijado por la Comisión de Peritos para el lote, más: a.- El reajuste contemplado en el art. 5 del Decreto Ley 2.186, esto es, la variación que experimentó el Índice de Precios al Consumidor entre el mes anterior al del informe y el mes RIT« » Foja: 1 anterior al del acto expropiatorio; y, b.- El reajuste del inciso final del art. 17º del mismo del Decreto Ley, esto es, en el porcentaje que haya aumentado el Índice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el mes anterior al del acto expropiatorio y el mes anterior al del momento de la consignación.
Fallo
Por tanto; solicita tener por consignada la suma de $25.659.684, correspondiente al monto de la indemnización provisional por la expropiación del inmueble citado, con sus respectivos reajustes, efectuada a nombre del expropiado. Con fecha 14 de junio 2021 la expropiante acompañó Decreto Supremo Exento mediante el cual se dispuso la expropiación de autos; Resolución Expropiaciones Fiscalía (Exenta) mediante la cual se designó la comisión de peritos encargada de tasar el inmueble; Informes de tasación del inmueble; Copia de la publicación, efectuada en el Diario Oficial, del Decreto Expropiatorio; Consulta de antecedentes de bien raíz del rol de avalúo del lote expropiado. Con fecha 05 de julio de 2021 la expropiante acompaña comprobante de depósito judicial N° 5000732229, por la suma de $25.659.684, efectuado en la cuenta corriente del tribunal. Con fecha 06 de agosto de 2021 rola certificación de haberse efectuado publicaciones en 02 de agosto de 2021. Con fecha 30 de septiembre de 2021 comparece el abogado don Felipe Andrés Molina Saavedra, en representación de los expropiados doña Nélida Patricia Pérez Mena, chilena, cédula nacional de identidad N°11.892.649-8, casada, educadora de párvulos, domiciliada en Longitudinal Sur Km. 642, Comuna de Lautaro, Región de La Araucanía, y de don Sergio Arturo Pérez Jara, chileno cédula nacional de identidad N° 5.689.614-7, divorciado, empresario, RIT« » Foja: 1 domiciliado en calle Peña Nº 935, Comuna de Curicó, Región del Maule, qu
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 52 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-138-2021 CARATULADO : FISCO / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/ Temuco, veintiuno de Abril de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 14 de junio de 2021 comparece don Álvaro Gastón Sáez Willer, abogado Procurador Fiscal de Temuco, del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisc
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