2° Juzgado de Letras de San Antonio

RICHARD/SOCIEDAD DE SERVICIOS VETERINARIOS Y OTROS MATPET SPA.

Rol

M-2-2023

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

Feriado legal, Feriado proporcional, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONFORMES X RECEPCION CAUSA A PRUEBA X PRUEBA DEMANDANTE X PRUEBA DEMANDADO X PRUEBA DE OFICIO X OBSERVACIONES A LA PRUEBA X SENTENCIA X Se da inicio a la audiencia con la asistencia de la parte demandante, asistida por su apoderado don Esteban Bahamondes Valencia, y en rebeldía de la demandada. El Tribunal deja constancia que la demandada se encuentra notificada de la demanda y su proveído (Personalmente, a través del receptor de turno), no obstante lo cual no ha comparecido, ni tampoco ha justificado su inasistencia a la presente audiencia. El tribunal otorga la palabra al demandante, quien solicita que, atendida la rebeldía del demandado y su falta de contestación, se haga aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo y se dicte fallo sin más trámite. El tribunal resuelve: Atendida la rebeldía del demandado, téngase por frustrada la conciliación. Además, se hace lugar a lo solicitado por el demandante y se ordena tener como tácitamente admitidos los hechos al tenor de la demanda, se omite la recepción de la causa a prueba y se procederá a la dictación de la sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo. Se pone término a la audiencia, ordenando levantar acta de todo lo obrado. Téngase por notificada a las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. El Tribunal procede a la dictación y notificación de la sentencia: San Antonio, a quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante el Segundo Juzgado del Trabajo de San Antonio comparece DELIL RICHARD, auxiliar, haitiano, domiciliado en Luis Lazzarini N° 7939, Cerro Navia, quien deduce demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de su ex-empleador SOCIEDAD DE SERVICIOS VETERINARIOS Y OTROS (MAPET), del giro de su denominación, representada legalmente por MARCELA ALEJANDRA WERNER WILLER, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos Las Ventiscas S/N, El Turco, Cartagena. Justificándose señala que con fecha 01 de octubre de 2019 comenzó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada de autos, en informalidad laboral. Con posterioridad, se escrituró el contrato de trabajo pero sin reconocer su antigüedad laboral, indicando como fecha de ingreso el día 09 de octubre de 2020, contrato que firmó por temor a perder su trabajo. Sus funciones eran como "AUXILIAR DE REFUGIO". La jornada de trabajo pactada era de 45 horas semanales, distribuidas en turnos rotativos, de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas, no obstante lo cual, debía estar disponible en cualquier momento para su ex empleador, por si ocurría alguna emergencia. Afirma que desde el mes de enero de 2021 y previo acuerdo con su ex empleador, su jornada cambió a sólo los días sábado y domingo de 09:00 a 18:00 horas. Además, señala que su remuneración mensual para efectos del Art. 172 del Código del Trabajo, era de $560.000 mensuales, compuesta de sueldo base por la suma de $500.000 y asignación de alimentación, por la suma de $60.000. Hace presente que esta remuneración se mantuvo hasta el mes de diciembre de 2020 inclusive y de acuerdo a lo pactado con su ex empleadora, a contar del mes de enero de 2021, su remuneración mensual era de $120.000 semanales, dando un total de $480.000 (cuatrocientos ochenta mil pesos). Su contrato, era de carácter indefinido. Respecto al término de la relación laboral indica que el 04 de julio de 2021, su ex empleadora lo despide de manera verbal, indicando solo que no tiene más dinero para pagar su remuneración mensual. Afirma que al término de la relación laboral, su ex empleador le adeuda feriado legal, proporcional, cotizaciones del periodo trabajado y diferencia de remuneraciones, según el siguiente detalle: Junio de 2020: $309.000; Julio de 2020: $560.000; Octubre de 2020: $560.000; Noviembre de 2020: $60.000; Diciembre de 2020: $109.000; Enero de 2021: $ 455.000; Febrero de 2021: $480.000; Marzo de 2021: $426.000; Junio de 2021: $330.000; Julio de 2021: $120.000; lo que conforma un Total de $ 3.409.000. Indica que los hechos descritos lo llevaron a interponer reclamo administrativo ante la Inspección Provincial del Trabajo de San Antonio el día 25 de agosto de 2021, en contra de su ex empleador. Fueron citados a comparendo de conciliación para el día 06 de septiembre de 2021 al cual su contraria no compareció pese a estar citada. Señalar que por desconocimiento, en el reclamo,

Fallo

fallo sin más trámite. El tribunal resuelve: Atendida la rebeldía del demandado, téngase por frustrada la conciliación. Además, se hace lugar a lo solicitado por el demandante y se ordena tener como tácitamente admitidos los hechos al tenor de la demanda, se omite la recepción de la causa a prueba y se procederá a la dictación de la sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo. Se pone término a la audiencia, ordenando levantar acta de todo lo obrado. Téngase por notificada a las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. El Tribunal procede a la dictación y notificación de la sentencia: San Antonio, a quince de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante el Segundo Juzgado del Trabajo de San Antonio comparece DELIL RICHARD, auxiliar, haitiano, domiciliado en Luis Lazzarini N° 7939, Cerro Navia, quien deduce demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de su ex-empleador SOCIEDAD DE SERVICIOS VETERINARIOS Y OTROS (MAPET), del giro de su denominación, representada legalmente por MARCELA ALEJANDRA WERNER WILLER, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos Las Ventiscas S/N, El Turco, Cartagena. Justificándose señala que con fecha 01 de octubre de 2019 comenzó a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada de autos, en informalidad laboral. Con posterioridad, se escrituró el contrato de t

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA COBRO DE PRESTACIONES LABORALES PROCEDIMIENTO MONITORIO (remota) FECHA 15 DE FEBRERO DE 2023 RUC 23-4-0450915-2 RIT M-2-2023 MAGISTRADO JOSÉ LUIS MAYORGA SIMPSON ADMINISTRATIVO DE ACTAS ALEJANDRA ESPINOZA CONTRERAS HORA DE INICIO 11:45 HORAS HORA DE TERMINO 11:48 HORAS PARTE DEMANDANTE DELIL RICHARD RUT 27.167.777-4 DOMICILIO Luis Lazzarini 7939, Cerro Nav

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