C/ ALAN JOSEPHE HODGES FLORES
Rol
O-3624-2025
Fecha
9 de marzo de 2026
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 16 de junio del año 2025, siendo aproximadamente las 11:00 horas, en la vía pública, específicamente en María Elena con Miguel Mujica, en la comuna de La Florida, el imputado es sorprendido por Carabineros de la 36° Subcomisaria Los Quillayes, manteniendo en su poder una pistola marca Bruni BBM, modelo GAP-CALPAC calibre 9 milímetros, con su respectivo cargador sin munición, que se encuentra en el listado de armas de fogueo prohibidas para su comercialización por su fácil adaptabilidad y transformación para el disparo, no manteniendo autorización para aportar dicha especie.” SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA al acusado ALAN JOSEPHE HODGES FLORES, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual y las penas accesorias legales mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de porte ilegal de arma a fogueo adaptable previsto y sancionado en el artículo noveno en relación al artículo segundo de la Ley 17.798, por el hecho ocurrido en la comuna de La Florida con fecha dieciséis de junio del año dos mil veinticinco. II. Que, reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en el artículo cuatro de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda en el lapso de quinientos cuarenta y un días, debiendo además cumplir durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo quinto de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse en el C.R.S. Santiago Sur II dentro del plazo de quince días contados desde que estuviera firme y ejecutoriada la presente sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o en su caso se le reemplazará po
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA al acusado ALAN JOSEPHE HODGES FLORES, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de un tercio de Unidad Tributaria Mensual y las penas accesorias legales mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de porte ilegal de arma a fogueo adaptable previsto y sancionado en el artículo noveno en relación al artículo segundo de la Ley 17.798, por el hecho ocurrido en la comuna de La Florida con fecha dieciséis de junio del año dos mil veinticinco. II. Que, reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en el artículo cuatro de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de remisión condicional debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda en el lapso de quinientos cuarenta y un días, debiendo además cumplir durante el periodo de control con las condiciones legales del artículo quinto de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse en el C.R.S. Santiago Sur II dentro del plazo de quince días contados desde que estuviera firme y ejecutoriada la presente sentencia. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o en su caso se le reemplazará por la pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de la misma. Comuníqu
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TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2500834175-6 RIT : 3624 - 2025 IMPUTADO : ALAN JOSEPHE HODGES FLORES Cédula de Identidad : 22.029.518-4 Fecha de nacimiento : 14-01-2006 Domicilio : Calle Edith Madge De Huneeus 0890, depto. Nº 208-E, La Pintana. PROCEDIMIENTO : Abreviado Fecha de sentencia : Nueve de marzo de dos mil veintiséis. JUEZ :VERONICA ALEJANDRA VALENZUELA ROJAS Hechos
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