Juzgado de Letras y Gar.de Freirina

SANTA CRUZ SPA/

Rol

V-10-2022

Fecha

20 de abril de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareció MARTÍN STONE ROOSEVELT, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N° 11.847.126-1.-, en representación de SANTA CRUZ SPA, empresa de nacionalidad chilena, del giro inversiones, RUT N° 76.225.869-2, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Suecia N° 15, oficina 33, Providencia, Santiago, quien solicita la constitución de una concesión de exploración, denominada “PARMA B 4”, con una superficie de 200 hectáreas, cuyo punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Freirina, provincia de Huasco, Región de Atacama. SEGUNDO: Que, el pedimento fue presentado el día 6 de enero de 2022, a las 11:31 horas, asignándosele el Rol V-10-2022, ordenándose inscribir y publicar con fecha 7 de enero de 2022. TERCERO: Que, a folio 5, se acompañó documento que da cuenta que se inscribió el pedimento, con fecha 14 de enero de 2022, a fojas 21 N° 10 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Freirina del año 2022. Con igual fecha se acompañó copia de la publicación, que da cuenta de que se realizó el día lunes 31 de enero de 2022, en el Boletín Oficial de Minería N° 43.166. CUARTO: Que, con fecha 28 de febrero de 2022, igualmente a folio 5, se acompañó el comprobante del pago de la tasa a beneficio fiscal por la suma de $54.878, pagada con fecha 18 de febrero de 2022, y el comprobante del pago de la primera patente por la suma de $6.619, pagada el 18 de febrero de 2022. QUINTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.824.200,00 291.300,00 V1 6.824.700,00 290.300,00 V2 6.824.700,00 292.300,00 V3 6.823.700,00 292.300,00 V4 6.823.700,00 290.300,00 SEXTO: Que, a folio 7, rola Ord. N° 1694, por el que se remite informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de Atacama, de fecha 29 de marzo de 2022, mediante el cual se informa que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y que, en efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno pedido. SÉPTIMO: Que, a folio 8, con fecha 1 de abril de 2022, se trajeron los autos para fallo. OCTAVO: Que, en mérito de lo anterior, se observa que se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1º inciso 2º, 22, 26, 28, 34, 43, 46, 52, 53 inciso 1º, 55, 57, 87, 90 y 232 del Código de Minería; el artículo 42 inciso 1º del Reglamento del Código de Minería contenido en el Decreto Supremo N° 1, de fecha 3 de enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, el 27 de febrero de 1987; y los artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, QUEDA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “PARMA B 4”, Rol Nacional N° 03302-5108-5, con una superficie total doscientas (200) hectáreas, a favor de SANTA CRUZ SPA, ya individualizada y SE APRUEBA su plano. II.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III.- Inscríbase la presente sentencia, y IV.- Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese en su oportunidad. Dictada por Doña INGRID ALEJANDRA CORTÉS ZEPEDA, Jueza Interina del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. En Freirina, a veinte de Abril de dos mil veintid só , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente./pmgó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-20T12:06:07-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Freirina CAUSA ROL : V-10-2022 CARATULADO : SANTA CRUZ SPA/ Freirina, veinte de Abril de dos mil veintid só VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 compareció MARTÍN STONE ROOSEVELT, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N° 11.847.126-1.-, en representación de SANTA CRUZ SPA, empresa de nacionalidad chilen

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