JORQUERA/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA
Rol
C-868-2022
Fecha
19 de abril de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a ñ Gladys Isabel Jorquera Aguilar, pensionada, domiciliada en Nueva Seis Nro. 2511, Mirador Viejo, comuna de Independencia, quien interpone demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal en contra deó ó Ilustre Municipalidad de Independencia, representada por su Alcalde don Gonzalo Dur ná Baronti, ambos con domicilio en Avenida Independencia Nro. 753, comuna de Independencia. Asegura que, en el mes de noviembre de 2021, mediante comprobante Rol Nro. 0180300034, tom conocimiento de la deuda por concepto de derechos municipales de aseoó domiciliario que se encuentra detallada en dicho documento, y que corresponde a la propiedad ubicada en Nueva Seis Nro. 2511, Mirador Viejo, comuna de Independencia. Detalla que el documento se ala que mantendr a una deuda por concepto deñ í derechos de aseo domiciliario ascendente a la suma de $2.084.108, monto dentro del cual se incluyen valores impagos del per odo comprendido entre el 31 de mayo de 2006 y elí 30 de noviembre de 2016. Sobre tal situaci n aclara que, a la fecha de su presentaci n,ó ó las acciones de los derechos de aseo que corresponden al per odo comprendido entre el 31í de mayo de 2006 y el 30 de noviembre de 2016 se encuentran prescritas, correspondientes al monto de $1.640.021, sin que la instituci n edilicia demandada hubiere realizado cobroó judicial alguno por tales conceptos. Rol C-868-2022 2 En efecto, dice, el art culo 2514 del C digo Civil, en su inciso primero, disponeí ó que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones; y en su inciso segundo se ala que se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ñ ó Por su parte, el art culo 2515 se ala que el tiempo de prescripci n es en general de cincoí ñ ó a os para las acciones ordinarias, como ocurre respecto de las acciones que ten a la parteñ í demandada para obtener
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece do a Gladys Isabel Jorquera Aguilar, quien deduceñ demanda de declaraci n de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos deó ó ó aseo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Independencia, representada por su Alcalde don Gonzalo Dur n Baronti, respecto del per odo comprendido entre el 31 de mayo deá í 2006 y el 30 de noviembre de 2016, ambos inclusive, relativo al inmueble de su propiedad ubicado en calle Nueva Seis Nro. 2511, Mirador Viejo, comuna de Independencia; fund ndose para ello en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo, losá que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que legalmente notificada, la demandada Ilustre Municipalidad de Independencia contest la demanda de autos, allan ndose a la pretensi n de declaraci n deó á ó ó prescripci n extintiva alegada por la parte demandante; de conformidad a lo relacionado enó lo expositivo de esta sentencia. Rol C-868-2022 4 TERCERO: Que el demandante, a fin de acreditar su pretensi n, acompa copiaó ñó de documento designado “Estado cuenta corriente Derechos de Aseo Domiciliario” relativo al inmueble ubicado en Nueva Seis Nro. 2511, de fecha 11 de noviembre de 2021, emitido por I. Municipalidad de Independencia, que da cuenta de derechos de aseo domiciliarios adeudados desde el 31 de mayo de 2006 al 30 de noviembre de 2021, ambas fechas inclusive. Apareja adem s copia con vigencia, al 14 de enero de 2022, de la propiedadá inscrita a fojas 23889 n mero 29347 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de Santiago del a o 1984.í ñ CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, de acuerdo a lo preceptuado en los art culos 2492 y siguientes delá í C digo Civil. La prescripci n se inserta en un sistema proteccional jur dico, que tiene comoó ó í objetivo final la certeza, la seguridad y la tutela de los derechos, es decir viene a dar a los sujetos de la relaci n jur dica la protecci n que el ordenamiento jur dico les otorga,ó í ó í facultando al sujeto activo para exigir que aquel le garantice el ejercicio pac fico y laí eficacia de su derecho; y al sujeto pasivo que lo proteja en el real alcance y permanencia del deber que de esa relaci n emana. La prescripci n extintiva o liberatoria, permite laó ó estabilidad de los derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva se constituye en uní castigo para el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. QUINTO: Que por su parte, el art culo 2497 del C digo Civil se ala que las reglasí ó ñ relativas a la prescripci n se aplican igualmente a favor y en contra del Estado, de lasó Iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y corporaciones nacionales, y de los i
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 6, 7, 144,á í 160, 170, 173, 254, 309, 313, 315, 342 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 12,ó í 1698, 1699, 1700, 1701, 2492, 2503, 2509, 2514, 2515, 2516, 2518 y dem s pertinentesá del C digo Civil; y normas respectivas del Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentasó Municipales; SE RESUELVE: Rol C-868-2022 7 I.- Que se acoge la demanda de prescripci n extintivaó de la acci n de cobro deó derechos de aseo impetrada por do a Gladys Isabel Jorquera Aguilar, en contra de Ilustreñ Municipalidad de Independencia, representada por su Alcalde don Gonzalo Dur n Baronti;á declar ndose prescrita la acci n para el cobro de los derechos de aseo domiciliario relativosá ó al inmueble ubicado en calle Nueva Seis Nro. 2511, Mirador Viejo, comuna de Independencia, respecto de la deuda comprendida entre el 31 de mayo de 2006 y el 30 de noviembre de 2016, ambos inclusive. II.- Que cada parte soportar sus costas.á NOTIFIQUESE Y REGISTRESE. ROL C-868-2022 DICTADA POR DON LUIS OSVALDO CORREA ROJAS, JUEZ TITULAR DEL D CIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.É AUTORIZA DO A PAULINA SAAVEDRA QUINTANILLA, SECRETARIA AD-HOCÑ DEL D CIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO.É Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art culoí 162 del C digo de Procedimiento Civil. En Santiago, a 19 d as del mes de abril de dos miló í veintid s.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valid
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Rol C-868-2022 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-868-2022 CARATULADO : JORQUERA/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA En Santiago, a diecinueve d as del mes de abril de dos mil veintid s.í ó VISTOS: Comparece do a ñ Gladys Isabel Jorquera Aguilar, pensionada, domiciliada en Nueva Seis Nro. 2511, Mirador Viejo, comuna de Independencia, quien interpone de
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