1º Juzgado Civil de Viña del Mar

CASTILLO/KARMY

Rol

C-1884-2021

Fecha

19 de abril de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 04 de julio de 2021, folio 1, comparece don Cesar Rodolfo Valdivia Fern ndez, abogado, en representaci n de do a á ó ñ Mar a Cristina Olmedoí Lehmann, do a ñ Lorena Castillo Olmedo y do a ñ Andrea Castillo Olmedo, todos domiciliados para estos efectos en calle Viana Nº 837, Oficina 218, Vi a del Mar,ñ quien viene en interponer demanda ordinaria de prescripci n extintiva en contra deó la Sociedad Constructora Karmy Limitada, representada por don Patricio Alberto Karmy Michel, comerciante, ambos domiciliados en calle Villanelo Nº 180 oficina 1009, Vi a del Mar, solicitando disponer la prescripci n extintiva de lasñ ó obligaciones de pago del saldo de precio se alado en el contrato de compraventa yñ garant a hipotecaria de la propiedad correspondiente al Local Comercial Nº 1,í primer piso, del Edificio ubicado en calle Condell Nº 1285, Valpara so, por laí suma total de 126.000 escudos y las acciones para el cobro forzado de las mismas, con costas en caso de oposici n.ó Luego, en el primer otros , solicita que en m rito a la prescripci n y pagoí é ó de la deuda solicitada y referida en lo principal, se disponga el alzamiento de la hipoteca sobre la propiedad ubicada en Valpara so, gravamen inscrito a fs. 1949í vta. Nº 1354, del Registro de Hipotecas y Grav menes del a o 1970, delá ñ Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so, ordenando se notifique al citadoí í Conservador del alzamiento solicitado. Con fecha 20 de agosto de 2021, folio 12, se tiene por contestada la demandada en rebeld a de la parte demandada.í LD Con fecha 24 de agosto de 2021, folio 13, la parte demandante evacu eló tr mite de la r plica; y con fecha 03 de septiembre de 2021, folio 16, se tuvoá é por evacuado el tr mite de la d plica en rebeld a de la parte demandada.á ú í Con fecha 18 de noviembre de 2021, folio 25, se lleva a efecto la audiencia de conciliaci n por la plataforma zoom, la que no se produce atendida la rebeld aó í de la parte demandada. Con fecha 29 de noviembre d

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda. Con fecha 04 de julio de 2021, folio 1, comparece don Cesar Rodolfo Valdivia Fern ndez, abogado, en representaci n de do a á ó ñ Mar aí Cristina Olmedo Lehmann, do a ñ Lorena Castillo Olmedo y do a ñ Andrea Castillo Olmedo, todos domiciliados para estos efectos en calle Viana Nº 837, Oficina 218, Vi a del Mar, quien viene en interponer demanda ordinaria deñ prescripci n extintiva en contra de la ó Sociedad Constructora Karmy Limitada, representada por don Patricio Alberto Karmy Michel, comerciante, ambos domiciliados en calle Villanelo Nº 180 oficina 1009, Vi a del Mar, solicitandoñ disponer la prescripci n extintiva de las obligaciones de pago del saldo de precioó se alado en el contrato de compraventa y garant a hipotecaria de la propiedadñ í correspondiente al Local Comercial Nº 1, primer piso, del Edificio ubicado en calle Condell Nº 1285, Valpara so, por la suma total de 126.000 escudos y lasí acciones para el cobro forzado de las mismas, con costas en caso de oposici n.ó Explica que sus representadas son due as de Local Comercial Nº 1, primerñ piso, del Edificio ubicado en calle Condell Nº 1285, Valpara so, Rol de Aval oí ú Nº 96-87 de esa comuna, el cual adquirieron por adjudicaci n en la liquidaci nó ó de la sociedad Castillo y Compa a Limitada o Sociedad Colectiva Comercial Josñí é Castillo y Compa a, antigua propietaria del inmueble, seg n consta de la actualñí ú inscripci n a nombre de las demandantes de fs. 1263 vta. Nº 1972, del Registroó de Propiedad del a o 2021 del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so; quienñ í í a su vez lo hab a adquirido por compra que hizo a la Sociedad Constructoraí Karmy Limitada, como consta de la anterior inscripci n a nombre de la Sociedadó compradora de fs. 3809 Nº 4323, del Registro de Propiedad del a o 1970 del yañ citado Conservador. Indica que al efectuar la compra la Sociedad Colectiva Comercial José Castillo y Compa a, con fecha 13 de mayo del a o 1970, se pag parte del precioñí ñ ó al contado y quedando un saldo a plazo, el cual se fij en determinadas cuotas poró las cuales se firmaron letras de cambio de 15.750 escudos cada una, cuatro anteriores a la fecha de la escritura de compraventa y ocho posteriores a ella; garantiz ndose adem s el pago con la Hipoteca de la propiedad que se vendi .á á ó Dicho precio fue pagado ntegramente por la sociedad compradora y deudora,í entreg ndoseles en comprobante las respectivas letras de cambio, pero sin embargoá nunca se alz la hipoteca que garantizaba dicho pago del saldo de precio.ó Expresa que de acuerdo a lo se alado, y habiendo transcurrido m s de 50ñ á a os desde que se efectu la compra, se gener la deuda y se pag el saldo deñ ó ó ó precio, viene en deducir demanda con el objeto de que se declare la prescripci nó extintiva de la deuda ya referida correspondiente al saldo de precio de la compraventa del inmueble individualizado anteriormente, ascendente a la suma de 126.000 escudos, as como la prescripci n de las ac

Fallo

Por tanto, encontr ndose prescritaó á la acci n principal que nac a de la compraventa, la hipoteca que se constituy paraó í ó asegurar tal obligaci n se encuentra igualmente prescrita.ó D cimo:é Sobre la prueba no valorada. Que en nada modifican las conclusiones arribadas en la presente sentencia las copias de las de letras de cambio acompa adas por las demandantes, las que al ser examinadas resultaron ilegibles.ñ Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698, 1793, 1808, 1871, 2407,á í 2514 y siguientes del C digo Civil y art culos 144, 170, 254, 341ó í y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó 1.- Que se acoge la demanda deducida con fecha 04 de julio de 2021, folio 1, por el abogado don Cesar Rodolfo Valdivia Fern ndez, ená representaci n de do a Mar a Cristina Olmedo Lehmann, do a Lorena Castilloó ñ í ñ Olmedo y do a Andrea Castillo Olmedo, ñ y en consecuencia de declaran prescritas todas las obligaciones pactadas en el contrato de compraventa suscrito entre la Sociedad Colectiva Comercial Jos Castillo y Compa a y la Sociedadé ñí Constrictora Karmy Limitada mediante escritura de fecha 13 de mayo de 1970, otorgada ante Notario P blico de Valpara so don Luis D az Mieres,ú í í as como las acciones tanto ejecutivas como ordinarias para el cobro de lasí obligaciones contenidas en dicho contrato. 2.- Asimismo se declara prescrita la acci n hipotecariaó que garantizaba dicha deuda y, en consecuencia, se ordena alzar la hipoteca inscrita a fojas 1949 V

Texto Completo (Preview)

FOJA: 37 .- Treinta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1884-2021 CARATULADO : CASTILLO/KARMY Vi a del Marñ , diecinueve de Abril de dos mil veintid só Vistos: Con fecha 04 de julio de 2021, folio 1, comparece don Cesar Rodolfo Valdivia Fern ndez, abogado, en representaci n de do a á ó ñ Mar a Cristina Olmedoí Lehmann, do a ñ Lorena

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