12º Juzgado Civil de Santiago

MARÍN/BANCO DE ESTADO DE CHILE

Rol

C-7013-2021

Fecha

18 de abril de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 19 de agosto de 2021 (folio 1), comparece don JORGE MANUEL LENA SALDAGO, abogado, en representaci n de do a DANIELA ABIGAIL MAR Nó ñ Í PE ALOZA, domiciliada para estos efectos en calle Hu rfanos N 863 oficina 718,Ñ é ° comuna de Santiago, quien interpone demanda de prescripci n extintiva en contra deló BANCO ESTADO DE CHILE, sociedad an nima bancaria y financiera, representadaó legalmente por don Juan Cooper lvarez ingeniero comercial, ambos domiciliados enÁ Av. Libertador Bernardo O Higgins 1111, comuna y ciudad de Santiago, fundada en la’ deuda morosa que consta en el pagare N 4570503 Operaci n 14257333, por la suma de° ó $5.483.947, por concepto de capital, que se oblig a pagar en 48 cuotas mensuales,ó iguales y sucesivas a contar del 19 de noviembre de 2014. Se ala que su representada incurri en mora a contar de la cuota que deb a pagar el d añ ó í í 02 de marzo de 2015, siendo demandada por su acreedor en juicio ejecutivo Rol C- 4100-2015, seguido ante el 1 Juzgado Civil de Antofagasta. Que, con fecha 23 de mayo° de 2021, se declara abandonado el procedimiento. En consecuencia atendido el tiempo transcurrido desde que el demandado dedujo demanda por todo el saldo adeudado y, que adem s, fuera declarado el abandono del mencionado procedimiento, afirma que lasá acciones para perseguir el cobro, se encuentran prescritas 2514 y 2515 del C digo Civil.ó En m rito de lo que se viene relatando y normas legales que cita, solicita tener poré interpuesta demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro del pagar , enó ó é contra de BANCO DEL ESTADO, ya individualizado con antelaci n y en definitiva,ó declarar que las acciones cambiarias emanadas del pagar antes singularizado, seé encuentran prescritas, por la suma total de $ 8.033.689, con costas. Que con fecha 11 de marzo de 2022 (folio 15), consta que se practic la notificaci nó ó de la demanda y su prove do, a doní Juan Cooper lvarez, en representaci n deÁ ó BANCO DEL ESTADO DE CHILE. C

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, do a DANIELA ABIGAIL MAR N PE ALOZA demand declaraci nñ Í Ñ ó ó de prescripci n extintiva en contra del BANCO DEL ESTADO DE CHILE,ó representado legalmente por don JUAN COOPER LVAREZ, todos previamenteÁ individualizados, en raz n de los antecedentes de hecho y de derecho se alados en loó ñ expositivo de la presente sentencia y que dicen relaci n con la declaraci n deó ó prescripci n de las acciones cambiarias que afectar an al pagar N 4570503 Operaci nó í é ° ó 14257333, por la suma de $5.483.947, por concepto de capital, cuyo librador es el Banco demandado, por cuanto las acciones de cobro se encuentran alcanzadas por la prescripci n.. ó Segundo: Que, la demandada compareci a folio. 14, allan ndose a la demanda. ó á Tercero: Que, en atenci n a la pretensi n de la demandante, a esta sentenciadora leó ó corresponde verificar si en la especie, se cumplen los presupuestos legales para acoger la acci n sub-lite. Conviene hacer presente que la prescripci n constituye una instituci nó ó ó jur dica tendiente a consolidar derechos y otorgar certeza y seguridad jur dica,í í sancionando al acreedor negligente que no ha ejercido las acciones pertinentes, conforme lo dispone el art culo 2514 del C digo Civil. í ó Cuarto: Que, para que en la especie opere la prescripci n se exige la concurrencia deó los siguientes requisitos legales, copulativos y perentorios: a) Que exista una obligaci nó entre las partes; b) Que la acci n de cobro sea prescriptible; c) Que, la prescripci n seaó ó alegada; d) Que, la prescripci n no se haya interrumpido; y, e) Que, transcurra el tiempoó fijado por la ley no bastando la mera inacci n del acreedor. ó Quinto: Que, a fin de acreditar sus asertos, la parte demandante aparej al proceso, conó la debida ritualidad procesal y sin objeciones de la contraria los siguientes documentos; 1. Copia de demanda ejecutiva ingresada con fecha 14 de agosto de 2015, con el rol 4100-2015, 1er. Juzgado de Letras de Antofagasta y mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de do a DANIELA ABIGAIL MARINó ñ PE ALOZA, por la suma de $8.033.689. Ñ C-7013-2021 Foja: 1 2. Copia de Declaraci n de Abandono de Procedimiento, causa Rol 4100-2015, 1ó º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, de fecha 20 de mayo de 2021 y certificado de ejecutoria. Sexto: Que, dado que la demandada se allan a la pretensi n, como anteriormente seó ó precis , no aparej probanza alguna que ponderar a su respecto.ó ó S ptimo: é Que, de las probanzas particularizada en el motivo QUINTO que antecede, apreciada conforme a las reglas contenidas en los art culos 342 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil y art culos 1700 y siguientes del C digo Civil, permiten dar porí ó acreditado los siguientes hechos: i) Que, la demandante adeuda la suma de $8.033.689, al Banco del Estado. ii) Que, dicha deuda se encuentra presumiblemente amparada en un documento mercantil, un pagar suscrito fecha 19 de noviembre de 2014 y pagadero en 48é cuotas iguales y suc

Fallo

se declara abandonado el procedimiento. En consecuencia atendido el tiempo transcurrido desde que el demandado dedujo demanda por todo el saldo adeudado y, que adem s, fuera declarado el abandono del mencionado procedimiento, afirma que lasá acciones para perseguir el cobro, se encuentran prescritas 2514 y 2515 del C digo Civil.ó En m rito de lo que se viene relatando y normas legales que cita, solicita tener poré interpuesta demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro del pagar , enó ó é contra de BANCO DEL ESTADO, ya individualizado con antelaci n y en definitiva,ó declarar que las acciones cambiarias emanadas del pagar antes singularizado, seé encuentran prescritas, por la suma total de $ 8.033.689, con costas. Que con fecha 11 de marzo de 2022 (folio 15), consta que se practic la notificaci nó ó de la demanda y su prove do, a doní Juan Cooper lvarez, en representaci n deÁ ó BANCO DEL ESTADO DE CHILE. C-7013-2021 Foja: 1 Que, con fecha 21 de marzo de 2022 (folio 16), comparece don Marcelo Davico Ram rez, abogadoí , en representaci n del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, quien seó allana a la demanda. Atendido lo anterior, solicita se le exima del pago de las costas. Que, con fecha 11 de abril de 2022 (folio 19), atendido que la demandada se allan aó la pretensi n de contrario, por lo que en virtud del art culo 313 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se omiti recibir la causa a prueba y se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO

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C-7013-2021 Foja: 1 FOJA: 13. Trece. NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7013-2021 CARATULADO : MAR N/BANCO DE ESTADO DE CHILEÍ Santiago, dieciocho de Abril de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 19 de agosto de 2021 (folio 1), comparece don JORGE MANUEL LENA SALDAGO, abogado, en representaci n de do a DANIELA ABIGAIL MAR Nó ñ Í PE ALOZA, do

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