COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA
Rol
V-790-2020
Fecha
19 de abril de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de Noviembre de 2020, COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA, persona jurídica, chilena, del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.046.944-0, representada por don Luis Alberto Araya Araya, chileno, Cédula de Identidad N° 8.922.236-2, casado, empresario, ambos domiciliados en la ciudad de Copiapó, Panamericana Sur Km. 4, Cuesta Cardones, solicitaron el pedimento de la concesión de exploración denominada “LUCERO 1”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 24 de Noviembre de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 5.602, bajo el Nº 3.193 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 07 de Diciembre de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que en folio 7, rola Informe N° 2.150 del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido con fecha 29 de Marzo de 2021, mediante el cual informó con observaciones Código: TZWYYZDPRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el plano de solicitud de sentencia constitutiva, siendo subsanada por la solicitante con fecha 07 de Abril de 2021, como consta en folio 9. QUINTO: Que en folio 11, rola Ord. N° 3.329 del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido con fecha 20 de Mayo de 2021, el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. Sin perjuicio, informa que el Servicio ha detectado que la concesión minera materia de autos, se encuentra próxima a los límites fronterizos del país, y por lo mismo es posible que alguno de sus vértices se encuentre fuera del territorio nacional. SEXTO: Que en folio 13, rola informe del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Fronteras y Limites N° 892 de fecha 03 de Junio de 2021, en donde señala que el punto medio y los vértices V1, V3 y V4, se encuentran en territorio nacional. En tanto que el vértice V2, se ubica en Argentina, comprometiendo una superficie aproximada de 0.8 hectáreas, y revisado el polígono, que cubre 200 hectáreas, se determina que un 99,6% de la superficie cubierta por él se encuentra en territorio nacional, y un 0,4% en territorio argentino, según se desprende en croquis adjunto. SEPTIMO: Que en folio 21, rola OF. Pub. N° 2.009, de fecha 08 de Noviembre de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores Dirección de Fronteras y Límites del Estado, en el cual señala que en este caso no es necesario obtener autorización de dicha Dirección Nacional, pues no se trata del Código: TZWYYZDPRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl caso contemplado en el Código de Minería Art. 17 N° 3, el que se refiere a “Zonas Declaradas Fronterizas para efectos Mineros”, distintas a las “Zonas
Fallo
FALLO : 18.04.2022 Antofagasta, diecinueve de Abril de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de Noviembre de 2020, COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA, persona jurídica, chilena, del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.046.944-0, representada por don Luis Alberto Araya Araya, chileno, Cédula de Identidad N° 8.922.236-2, casado, empresario, ambos domiciliados en la ciudad de Copiapó, Panamericana Sur Km. 4, Cuesta Cardones, solicitaron el pedimento de la concesión de exploración denominada “LUCERO 1”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 24 de Noviembre de 2020, el pedimento fue inscrito a fjs. 5.602, bajo el Nº 3.193 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 07 de Diciembre de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que en folio 7, rola Informe N° 2.150 del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido con fecha 29 de Marzo de 2021, mediante el cual informó con observaciones Código: TZWYYZDPRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el plano de solicitud de sentencia constitutiva, siendo subsanada por la solicitante con fecha 07 de Abril de 2021, como consta en folio 9. QUINTO: Que en folio 11, rola Ord. N° 3.329 del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido con
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FOJA: 29.- veintinueve.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-790-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA AUTOS PARA FALLO : 18.04.2022 Antofagasta, diecinueve de Abril de dos mil veintidós.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 16 de Noviembre de 2020, COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA, persona ju
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