2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CÁCERES/HIGH SECURITY CIA LTDA

Rol

O-6235-2022

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 420, 425, 456, 459, 489 y siguientes del Código del Trabajo, ley 16.744, se declara: I. Que se acoge parcialmente la demanda y se declara que entre la demandante doña OLGA SONIA CÁCERES ORTEGA y la demandada HIGH SECURITY CIA LTDA existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 21 junio de 2022 y su término el 06 de octubre de 2022. II. Que el despido decidido por la demandada es indebido, improcedente e injustificado por lo cual deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $665.500 indemnización sustitutiva del aviso previo b. $129.329 feriado proporcional. III. Que se rechaza la demanda por el accidente del Trabajo. IV. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con intereses y reajustes correspondientes. V. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 420, 425, 456, 459, 489 y siguientes del Código del Trabajo, ley 16.744, se declara: I. Que se acoge parcialmente la demanda y se declara que entre la demandante doña OLGA SONIA CÁCERES ORTEGA y la demandada HIGH SECURITY CIA LTDA existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al 21 junio de 2022 y su término el 06 de octubre de 2022. II. Que el despido decidido por la demandada es indebido, improcedente e injustificado por lo cual deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $665.500 indemnización sustitutiva del aviso previo b. $129.329 feriado proporcional. III. Que se rechaza la demanda por el accidente del Trabajo. IV. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con intereses y reajustes correspondientes. V. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de febrero de dos mil veintitrés.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA DIEZ DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA DIECISEIS (ZOOM)/sala 14 RUC 22-4-0432984-0 RIT O-6235-2022 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 11:42 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:15 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2

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